CP

Artículo 62. Prescripcion de la accion penal

Este articulo establece los plazos de prescripcion de la accion penal dependiendo del tipo de delito. Los plazos varian desde seis meses hasta quince años, lo que afecta la posibilidad de enjuiciar ciertos delitos.

prescripcionaccion penaldelitosplazos

Texto Legal

- La acción penal se prescribirá durante el tiempo fijado a continuación: 1.º A los quince años, cuando se tratare de delitos cuya pena fuere la de reclusión o prisión perpetua; 2.º Después de transcurrido el máximum de duración de la pena señalada para el delito, si se tratare de hechos reprimidos con reclusión o prisión, no pudiendo, en ningún caso, el término de la prescripción exceder de doce años ni bajar de dos años; 3.º A los cinco años, cuando se tratare de un hecho reprimido únicamente con inhabilitación perpetua; 4.º Al año, cuando se tratare de un hecho reprimido únicamente con inhabilitación temporal; 5.º A los dos años, cuando se tratare de hechos reprimidos con multa mayor de dos mil pesos: 6.° Al año, cuando se tratare de hechos reprimidos con multa de quinientos a dos mil pesos: 7.° A los seis meses, cuando se tratare de hechos reprimidos con multa que no excediere de quinientos pesos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer los plazos de prescripcion es vital para evaluar si un delito puede ser perseguido penalmente. Ignorar estos plazos puede resultar en la imposibilidad de presentar cargos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 62 del CP?

Este articulo establece los plazos de prescripcion de la accion penal dependiendo del tipo de delito. Los plazos varian desde seis meses hasta quince años, lo que afecta la posibilidad de enjuiciar ciertos delitos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 62 de la CP?

Conocer los plazos de prescripcion es vital para evaluar si un delito puede ser perseguido penalmente. Ignorar estos plazos puede resultar en la imposibilidad de presentar cargos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 62 del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 62 CP desde tu celular