CP

Artículo 92. Circunstancias en lesiones

Se establecen penas incrementadas para lesiones en caso de concurrir agravantes. Este articulo complementa los anteriores sobre lesiones y su gravedad.

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Texto Legal

- Si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 80, la pena será: en el caso del artículo 89, de seis meses a dos años; en el caso del artículo 90, de tres a diez años; y en el caso del artículo 91, de tres a quince años.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las circunstancias que agravan las lesiones pueden complicar la defensa y aumentar las penas, por lo que es esencial evaluar cada caso con detalle para preparar una estrategia adecuada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 92 del CP?

Se establecen penas incrementadas para lesiones en caso de concurrir agravantes. Este articulo complementa los anteriores sobre lesiones y su gravedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 92 de la CP?

Las circunstancias que agravan las lesiones pueden complicar la defensa y aumentar las penas, por lo que es esencial evaluar cada caso con detalle para preparar una estrategia adecuada.

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