CP

Artículo 96. Lesiones leves en riñas

Se establece la pena de prisión para quienes causen lesiones leves en riñas. La duración de la pena varía entre cuatro y ciento veinte días.

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Texto Legal

- Si las lesiones fueren las previstas en el artíuclo 89, la pena aplicable será de cuatro a ciento veinte días de prisión. CAPITULO IV Duelo

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental evitar involucrarse en riñas, ya que incluso lesiones leves pueden resultar en penas de prisión, afectando la vida personal y profesional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 96 del CP?

Se establece la pena de prisión para quienes causen lesiones leves en riñas. La duración de la pena varía entre cuatro y ciento veinte días.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 96 de la CP?

Es fundamental evitar involucrarse en riñas, ya que incluso lesiones leves pueden resultar en penas de prisión, afectando la vida personal y profesional.

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