CP

Artículo 202. Certificaciones médicas falsas

El articulo 202 penaliza a los facultativos que emitan certificaciones médicas falsas, así como a quienes falsifiquen licencias médicas. Las penas incluyen reclusión y multas altas.

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Texto Legal

ART. 202. El facultativo que librare certificación falsa de enfermedad o lesión con el fin de eximir a una persona de algún servicio público, será castigado con reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales. El que incurra en las falsedades del artículo 193 en el otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas o declaraciones de invalidez será sancionado con las penas de reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa de veinticinco a doscientas cincuenta unidades tributarias mensuales. Si el que cometiere la conducta señalada en el inciso anterior fuere un facultativo se castigará con presidio menor en su grado medio a máximo y una multa de trescientas a mil unidades tributarias mensuales. Asimismo, el tribunal deberá aplicar la pena de inhabilitación especial temporal para ejercer la profesión de médico cirujano, matrona o cirujano dentista durante el tiempo de la condena. En caso de reincidencia, la pena privativa de libertad se aumentará en un grado y se aplicará multa de setenta y cinco a setecientas cincuenta unidades tributarias mensuales. Al que maliciosamente use los documentos falsos, cualquiera sea la forma en que los haya obtenido, se impondrá la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a medio y multa de veinticinco a doscientas cincuenta unidades tributarias mensuales. En caso de reincidencia, la sanción aumentará en un grado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si su empresa requiere certificados médicos, asegúrese de que sean emitidos por profesionales acreditados para evitar sanciones legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 202 del CP?

El articulo 202 penaliza a los facultativos que emitan certificaciones médicas falsas, así como a quienes falsifiquen licencias médicas. Las penas incluyen reclusión y multas altas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 202 de la CP?

Si su empresa requiere certificados médicos, asegúrese de que sean emitidos por profesionales acreditados para evitar sanciones legales.

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