El articulo 246 BIS castiga a funcionarios que revelen hechos de procedimientos judiciales o administrativos. Las penas son más severas si se revela la identidad del denunciante.
ART. 246 BIS. El funcionario público que revelare o consintiere que otro tomare conocimiento de uno o más hechos ventilados en un procedimiento judicial o administrativo sancionatorio o disciplinario en el cual le hubiere correspondido intervenir bajo un deber de reserva será sancionado con la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de diez a treinta unidades tributarias mensuales. Si la información a que se refiere el inciso anterior fuere la de la identidad del denunciante, la pena será de reclusión menor en sus grados medio a máximo y multa de veinte a treinta unidades tributarias mensuales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Revelar información de procedimientos puede resultar en penas severas, especialmente si se compromete la identidad de un denunciante. Mantener la confidencialidad es esencial para evitar sanciones.
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