CP

Artículo 272. Oposicion a trabajos publicos

Oponerse sin justificacion a trabajos publicos ordenados puede resultar en reclusion menor o multas. Este articulo busca proteger la ejecucion de obras publicas.

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Texto Legal

ART. 272. El que por vías de hecho se hubiere opuesto, sin motivo justificado, a la ejecución de trabajos públicos ordenados o permitidos por autoridad competente, será castigado con reclusión menor en su grado mínimo o multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si su empresa realiza obras publicas, este articulo resalta la importancia de cumplir con las ordenes de autoridad para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 272 del CP?

Oponerse sin justificacion a trabajos publicos ordenados puede resultar en reclusion menor o multas. Este articulo busca proteger la ejecucion de obras publicas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 272 de la CP?

Si su empresa realiza obras publicas, este articulo resalta la importancia de cumplir con las ordenes de autoridad para evitar sanciones.

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