CP

Artículo 28. Inhabilitacion durante condena

Las penas mayores de presidio, reclusión y otros conllevan inhabilitación absoluta para cargos públicos y derechos políticos mientras dure la condena. Esto limita la participación del condenado en la administración pública.

inhabilitacioncondenacargos

Texto Legal

ART. 28. Las penas de presidio, reclusión, confinamiento, extrañamiento y relegación mayores, llevan consigo la de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental considerar esta inhabilitación al evaluar las consecuencias de una condena en la carrera profesional del imputado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 28 del CP?

Las penas mayores de presidio, reclusión y otros conllevan inhabilitación absoluta para cargos públicos y derechos políticos mientras dure la condena. Esto limita la participación del condenado en la administración pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 28 de la CP?

Es fundamental considerar esta inhabilitación al evaluar las consecuencias de una condena en la carrera profesional del imputado.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 28 del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 28 CP desde tu celular