CP

Artículo 367 QUINQUIES. Artículo derogado

Este artículo ha sido derogado y ya no tiene aplicación legal. Su eliminación puede reflejar cambios en la legislación penal.

derogadocambio legislativo

Texto Legal

ART. 367 quinquies. Las conductas de comercialización, distribución, difusión y exhibición, señaladas en el artículo anterior, se entenderán cometidas en Chile cuando se realicen a través de un sistema de telecomunicaciones al que se tenga acceso desde territorio nacional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La derogación puede ser una oportunidad para actualizar las leyes en función de las necesidades actuales de protección infantil.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 367 QUINQUIES del CP?

Este artículo ha sido derogado y ya no tiene aplicación legal. Su eliminación puede reflejar cambios en la legislación penal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 367 QUINQUIES de la CP?

La derogación puede ser una oportunidad para actualizar las leyes en función de las necesidades actuales de protección infantil.

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