Los padrinos de un duelo que se lleve a cabo enfrentarán penas de reclusión menor, aumentando si el duelo fue concertado a muerte. Esto regula la participación de terceros en actos violentos.
ART. 408. Los padrinos de un duelo que se lleve a efecto incurrirán en la pena de reclusión menor en su grado mínimo; pero si ellos lo hubieron concertado a muerte o con ventaja conocida de alguno de los combatientes, la pena será reclusión menor en su grado máximo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Ser padrino en un duelo puede implicar responsabilidad legal, lo que puede afectar tu reputación y tu libertad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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