Este articulo indica que las disposiciones generales sobre penas no aplican en casos donde el delito frustrado, la tentativa, la complicidad o el encubrimiento están especialmente penados por la ley.
ART. 55. Las disposiciones generales contenidas en los cuatro artículos precedentes no tienen lugar en los casos en que el delito frustrado, la tentativa, la complicidad o el encubrimiento se hallan especialmente penados por la ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante conocer las excepciones a las reglas generales de penas, ya que pueden cambiar significativamente la gravedad de la sanción que enfrentas.
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