CP

Artículo 58. Penas compuestas

Este articulo señala que en los casos donde la ley establece una pena compuesta de dos o más distintas, cada una forma un grado de penalidad, desde el mínimo hasta el máximo.

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Texto Legal

ART. 58. En los casos en que la ley señala una pena compuesta de dos o más distintas, cada una de éstas forma un grado de penalidad, la más leve de ellas el mínimo y la más grave el máximo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender cómo se componen las penas puede ayudarte a evaluar mejor las posibles consecuencias de tus acciones y a planificar tu defensa legal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58 del CP?

Este articulo señala que en los casos donde la ley establece una pena compuesta de dos o más distintas, cada una forma un grado de penalidad, desde el mínimo hasta el máximo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 58 de la CP?

Entender cómo se componen las penas puede ayudarte a evaluar mejor las posibles consecuencias de tus acciones y a planificar tu defensa legal.

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