La prescripción se interrumpe si el delincuente comete un nuevo delito, y se suspende si se inicia un procedimiento en su contra.
ART. 96. Esta prescripción se interrumpe, perdiéndose el tiempo trascurrido, siempre que el delincuente comete nuevamente crimen o simple delito, y se suspende desde que el procedimiento se dirige contra él; pero si se paraliza su prosecución por tres años o se termina sin condenarle, continúa la prescripción como si no se hubiere interrumpido.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Entender cómo se interrumpe la prescripción es clave para la estrategia de defensa. Esto puede ofrecer oportunidades para prolongar el proceso y evitar condenas.
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