Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.
E.- Cliente de la explotación sexual El que, mediante una prestación económica o ventaja de cualquier naturaleza, tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de esas vías con una víctima de explotación sexual será reprimido con pena privativa de libertad no menor de nueve ni mayor de doce años. Reubicado desde el artículo 153-E mediante la Ley 31146, publicada el 30 de marzo de 2021 (link: bit.ly/3KzJV1e ). Este artículo originalmente fue incorporado por la Ley 30963 , publicada el 18 de junio de 2019 (link: bit.ly/44T7x9c ).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La previsibilidad del daño puede aumentar las penas, lo que significa que los responsables deben ser proactivos en evitar situaciones de riesgo para no enfrentar sanciones más severas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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