CP

Código Penal del Perú

Decreto Legislativo N° 635 — Código Penal Peruano

Artículos (647)

647 artículos totales

Art.
1

Artículo 1. Principio de Territorialidad

La Ley Penal peruana se aplica a los hechos punibles cometidos en el territorio nacional y en ciertas naves o aeronaves. Este principio establece la jurisdicción del Estado sobre delitos ocurridos en su territorio.

territorialidadjurisdicciondelitos
Art.
2

Artículo 2. Principio de Extraterritorialidad

La Ley Penal peruana se aplica a delitos cometidos en el extranjero bajo ciertas condiciones, como cuando el agente es funcionario público o se afecta la seguridad nacional. Este principio extiende la jurisdicción más allá de las fronteras.

extraterritorialidaddelitos en el extranjerofuncionarios publicos
Art.
3

Artículo 3. Principio de Representación

La Ley Penal peruana se aplica cuando no se entrega al agente a la autoridad competente de un Estado extranjero. Este principio permite que Perú actúe en casos de extradición fallida.

representacionextradicionjurisdiccion
Art.
4

Artículo 4. Excepciones al Principio de Extraterritorialidad

Se establecen excepciones a la aplicación de la ley penal en el extranjero, como la extinción de la acción penal o delitos políticos. Esto limita la aplicación de la ley en ciertos casos.

excepcionesextraterritorialidaddelitos politicos
Art.
5

Artículo 5. Principio de Ubicuidad

El lugar de comisión de un delito se define por el acto u omisión del autor y sus efectos. Este principio ayuda a determinar la jurisdicción en casos complejos.

ubicuidadjurisdicciondelitos
Art.
6

Artículo 6. Principio de Combinación

La ley penal aplicable es la vigente en el momento de la comisión del hecho, pero se aplicará la más favorable al reo en caso de conflicto. Esto protege los derechos del acusado.

combinacionleyes penalesderechos del reo
Art.
7

Artículo 7. Retroactividad benigna

Si una nueva ley despenaliza un hecho, la pena impuesta se extingue automáticamente. Esto garantiza que los reos no sean castigados por conductas que ya no son consideradas delitos.

retroactividaddespenalizacionderechos humanos
Art.
8

Artículo 8. Leyes temporales

Las leyes temporales se aplican a hechos cometidos durante su vigencia, aunque ya no estén en vigor. Esto establece un marco claro para la aplicación de leyes de duración limitada.

leyes temporalesvigenciadelitos
Art.
9

Artículo 9. Momento de comisión del delito

El momento de la comisión se define por la acción u omisión del autor, independientemente del resultado. Esto es clave para establecer la responsabilidad penal.

momento de comisionresponsabilidad penaldelitos
Art.
10

Artículo 10. Principio de Igualdad

La Ley Penal se aplica con igualdad, y las prerrogativas deben estar previstas en leyes o tratados. Esto asegura que todos sean tratados de manera equitativa ante la ley.

igualdadjusticiaderechos
Art.
11

Artículo 11. Delitos y faltas

Se definen como delitos y faltas las acciones u omisiones penadas por la ley. Este artículo establece la base para la clasificación de conductas delictivas.

delitosfaltastipificacion
Art.
12

Artículo 12. Delito doloso y delito culposo

Se establecen las diferencias entre delitos dolosos y culposos, indicando que las penas se aplican principalmente a los dolosos. Este artículo es clave para la determinación de la culpabilidad.

delito dolosodelito culposoresponsabilidad
Art.
13

Artículo 13. Omisión impropia

Se sanciona a quien omite impedir un hecho punible si tiene el deber de hacerlo. Este artículo amplía la responsabilidad penal a la omisión en ciertos casos.

omision impropiaresponsabilidad penaldeber juridico
Art.
14

Artículo 14. Error de tipo y error de prohibición

Se establece que el error invencible excluye la responsabilidad penal, mientras que el error vencible puede atenuar la pena. Esto es clave para la defensa en casos de confusión sobre la legalidad.

error de tipoerror de prohibiciondefensa penal
Art.
15

Artículo 15. Error de comprension culturalmente condicionado

Se exime de responsabilidad a quien comete un delito sin comprender su carácter delictuoso debido a su cultura. Esto permite considerar factores culturales en la responsabilidad penal.

error culturalresponsabilidad penaldefensa
Art.
16

Artículo 16. Tentativa de delito

La tentativa se refiere a cuando un agente inicia la ejecución de un delito sin lograr consumarlo. La pena puede ser disminuida, excepto en ciertos delitos específicos donde la reducción es limitada.

tentativadelitopena
Art.
17

Artículo 17. Tentativa impune

La tentativa no es punible si la consumación del delito es imposible debido a la ineficacia del medio o impropiedad del objeto. Esto exime al agente de responsabilidad penal.

tentativaimpunidaddelito
Art.
18

Artículo 18. Desistimiento voluntario

El desistimiento voluntario implica que el agente se detiene en la ejecución del delito, siendo penado solo si los actos realizados constituyen otros delitos. Esto puede influir en la pena aplicada.

desistimientodelitoresponsabilidad penal
Art.
19

Artículo 19. Participación en la tentativa

En caso de que varios agentes participen en la tentativa, aquellos que intenten impedir el resultado no serán penalizados. Esto establece un marco para la responsabilidad compartida.

tentativaparticipaciónresponsabilidad penal
Art.
20

Artículo 20. Inimputabilidad

Establece que ciertos individuos, como menores o aquellos con anomalías psíquicas, están exentos de responsabilidad penal. Define las condiciones bajo las cuales se aplica esta exención.

inimputabilidadresponsabilidad penalmenores
Art.
21

Artículo 21. Responsabilidad restringida

Permite que la pena sea disminuida en ciertos casos de inimputabilidad, lo que puede resultar en una sanción más leve para el infractor.

responsabilidadpenainimputabilidad
Art.
22

Artículo 22. Responsabilidad restringida por edad

Establece que la pena puede ser reducida para jóvenes y ancianos, salvo en delitos graves. Esto refleja un enfoque más humano hacia ciertos infractores.

edadresponsabilidad penalpena
Art.
23

Artículo 23. Autoría y coautoría

Define la responsabilidad de quienes cometen un delito, ya sea directamente o a través de otros. Establece las bases para la penalización de la autoría y coautoría.

autoríacoautoríaresponsabilidad penal
Art.
24

Artículo 24. Instigación

La instigación se refiere a la acción de inducir a otro a cometer un delito, siendo penada como si fuera el autor del mismo. Esto amplía la responsabilidad penal.

instigaciónresponsabilidad penaldelito
Art.
25

Artículo 25. Complicidad en delitos

Establece la responsabilidad de los cómplices en un delito, diferenciando entre complicidad primaria y secundaria. Esto afecta la pena según el grado de participación.

complicidaddelitoresponsabilidad penal
Art.
26

Artículo 26. Incomunicabilidad en participación

Las circunstancias que afectan la responsabilidad de algunos participantes no alteran la de otros en el mismo hecho punible. Esto establece un principio de responsabilidad individual.

incomunicabilidadparticipaciónresponsabilidad penal
Art.
27

Artículo 27. Actuación en nombre de otro

Establece que la responsabilidad penal recae en quien actúa en representación de una persona jurídica, aunque no concurran todos los elementos del delito en él. Esto amplía la responsabilidad.

representaciónresponsabilidad penaldelito
Art.
28

Artículo 28. Clases de pena

Define las diferentes clases de penas que pueden aplicarse según el Código Penal, incluyendo privativas y restrictivas de libertad, así como multas.

clases de penaresponsabilidad penaldelito
Art.
29

Artículo 29. Duración de la pena privativa

Establece la duración mínima y máxima de la pena privativa de libertad, diferenciando entre temporal y cadena perpetua. Esto es fundamental para la imposición de penas.

duración de penaprivativa de libertadresponsabilidad penal
Art.
29

Artículo 29. Duración de la pena privativa

Establece la duración mínima y máxima de la pena privativa de libertad, diferenciando entre temporal y cadena perpetua. Esto es fundamental para la imposición de penas.

duración de penaprivativa de libertadresponsabilidad penal
Art.
30

Artículo 30. Pena restrictiva de libertad

La pena restrictiva de libertad implica la expulsión del país para extranjeros tras cumplir una pena privativa de libertad. Esta medida prohíbe el reingreso al país y mantiene la jurisdicción peruana sobre la condena.

pena restrictivaexpulsiónjurisdicción
Art.
30

Artículo 30. Pena restrictiva de libertad

La pena restrictiva de libertad implica la expulsión del país para extranjeros tras cumplir una pena privativa de libertad. Esta medida prohíbe el reingreso al país y mantiene la jurisdicción peruana sobre la condena.

pena restrictivaexpulsiónjurisdicción
Art.
31

Artículo 31. Penas limitativas de derechos

Las penas limitativas de derechos incluyen la prestación de servicios a la comunidad, limitación de días libres e inhabilitación. Estas penas buscan la rehabilitación del condenado.

penas limitativasrehabilitaciónservicios comunitarios
Art.
32

Artículo 32. Formas de aplicación de penas

Las penas limitativas pueden aplicarse de forma autónoma o como alternativas a la pena privativa de libertad, dependiendo del criterio del juez. Esto permite mayor flexibilidad en las sanciones.

aplicación de penasflexibilidadsanciones
Art.
33

Artículo 33. Duración de penas limitativas

La duración de las penas limitativas se establece según equivalencias con la pena privativa de libertad, lo que permite una comparación clara de las sanciones.

duración de penasequivalenciassanciones
Art.
34

Artículo 34. Prestación de servicios a la comunidad

La pena de prestación de servicios a la comunidad obliga al condenado a realizar trabajos gratuitos en instituciones asistenciales, con un horario flexible que no interfiera con su empleo habitual.

servicios a la comunidadtrabajos gratuitosrehabilitación
Art.
35

Artículo 35. Limitación de días libres

La limitación de días libres obliga al condenado a participar en programas educativos o culturales durante fines de semana y feriados, contribuyendo a su rehabilitación.

limitación de días libresprogramas educativosrehabilitación
Art.
36

Artículo 36. Inhabilitación

La inhabilitación puede privar al condenado de ejercer funciones públicas o profesiones específicas, afectando su capacidad de empleo y derechos políticos.

inhabilitaciónfunciones públicasderechos políticos
Art.
37

Artículo 37. Inhabilitación principal o accesoria

La inhabilitación puede ser impuesta como pena principal o accesoria, dependiendo de la gravedad del delito cometido. Esto afecta la duración y el impacto de la sanción.

inhabilitaciónpenas principalespenas accesorias
Art.
38

Artículo 38. Duración de la inhabilitación principal

La inhabilitación principal puede durar de seis meses a diez años, dependiendo de la naturaleza del delito y otras consideraciones legales.

duración de inhabilitaciónpenasdelitos
Art.
39

Artículo 39. Inhabilitación accesoria en delitos

La inhabilitación se impone como accesoria en casos de abuso de autoridad o delitos relacionados con la función pública, afectando el ejercicio de derechos y profesiones.

inhabilitación accesoriaabuso de autoridaddelitos
Art.
40

Artículo 40. Inhabilitación en delitos culposos

La inhabilitación puede aplicarse como pena accesoria en delitos culposos de tránsito, afectando la capacidad de conducir y ejercer ciertos derechos.

inhabilitacióndelitos culposostránsito
Art.
41

Artículo 41. Concepto de pena de multa

La pena de multa obliga al condenado a pagar una suma de dinero fijada en días-multa, basada en su ingreso promedio diario y situación económica.

pena de multadías-multaingreso
Art.
42

Artículo 42. Extensión de la pena de multa

La pena de multa puede variar entre diez y trescientos sesenta y cinco días-multa, permitiendo una amplia gama de sanciones económicas.

extensión de multasanciones económicasdías-multa
Art.
43

Artículo 43. Importe del día-multa

El importe del día-multa se determina en función del ingreso diario del condenado, asegurando que la sanción sea proporcional a su capacidad económica.

importe de multasancionescapacidad económica
Art.
44

Artículo 44. Plazo del pago de multa

El condenado debe pagar la multa dentro de diez días tras la sentencia, pudiendo solicitar el pago en cuotas. El descuento de la multa puede hacerse de su remuneración, asegurando que no afecte su sustento.

multasentenciapago
Art.
45

Artículo 45. Presupuestos para determinar la pena

El juez considera diversas circunstancias sociales y personales del agente al fundamentar la pena. Esto incluye carencias, cultura y la situación de vulnerabilidad de la víctima.

penajuezcircunstancias
Art.
45

Artículo 45. Presupuestos para determinar la pena

El juez considera diversas circunstancias sociales y personales del agente al fundamentar la pena. Esto incluye carencias, cultura y la situación de vulnerabilidad de la víctima.

penajuezcircunstancias
Art.
46

Artículo 46. Circunstancias de atenuación y agravación

Se establecen diversas circunstancias que pueden atenuar o agravar la pena, dependiendo de la conducta del agente y el contexto del delito. Esto incluye antecedentes penales y motivos de la conducta.

atenuacionagravacionpena
Art.
46

Artículo 46. Circunstancias de atenuación y agravación

Se establecen diversas circunstancias que pueden atenuar o agravar la pena, dependiendo de la conducta del agente y el contexto del delito. Esto incluye antecedentes penales y motivos de la conducta.

atenuacionagravacionpena
Art.
46

Artículo 46. Circunstancias de atenuación y agravación

Se establecen diversas circunstancias que pueden atenuar o agravar la pena, dependiendo de la conducta del agente y el contexto del delito. Esto incluye antecedentes penales y motivos de la conducta.

atenuacionagravacionpena
Art.
46

Artículo 46. Circunstancias de atenuación y agravación

Se establecen diversas circunstancias que pueden atenuar o agravar la pena, dependiendo de la conducta del agente y el contexto del delito. Esto incluye antecedentes penales y motivos de la conducta.

atenuacionagravacionpena
Art.
46

Artículo 46. Circunstancias de atenuación y agravación

Se establecen diversas circunstancias que pueden atenuar o agravar la pena, dependiendo de la conducta del agente y el contexto del delito. Esto incluye antecedentes penales y motivos de la conducta.

atenuacionagravacionpena
Art.
46

Artículo 46. Circunstancias de atenuación y agravación

Se establecen diversas circunstancias que pueden atenuar o agravar la pena, dependiendo de la conducta del agente y el contexto del delito. Esto incluye antecedentes penales y motivos de la conducta.

atenuacionagravacionpena
Art.
47

Artículo 47. Cómputo de la detención sufrida

El tiempo de detención se computa como parte de la pena impuesta, lo que puede reducir el tiempo total de condena. Esto varía según el tipo de pena impuesta.

detencionpenacómputo
Art.
48

Artículo 48. Concurso ideal de delitos

Cuando se aplican varias disposiciones al mismo hecho, se sanciona con la pena más grave, pudiendo incrementarse hasta un cuarto. Sin embargo, hay un límite de 35 años.

concursodelitospena
Art.
49

Artículo 49. Delito continuado

Varias violaciones de la misma ley se consideran un solo delito continuado, sancionándose con la pena del más grave. Si afecta a varias personas, la pena puede aumentar.

delitocontinuadopena
Art.
50

Artículo 50. Concurso real de delitos

Se suman las penas de varios delitos independientes, hasta un máximo del doble de la pena del más grave, sin exceder 35 años. Si hay cadena perpetua, se aplica solo esta.

concursodelitospena
Art.
50

Artículo 50. Concurso real de delitos

Se suman las penas de varios delitos independientes, hasta un máximo del doble de la pena del más grave, sin exceder 35 años. Si hay cadena perpetua, se aplica solo esta.

concursodelitospena
Art.
51

Artículo 51. Concurso real retrospectivo

Si se descubre un nuevo hecho punible después de una condena, se sumará la nueva pena a la anterior, hasta un máximo del doble de la pena del más grave. Si hay cadena perpetua, se aplica solo esta.

concursoretroactivopena
Art.
52

Artículo 52. Conversion de la pena privativa de libertad

Este articulo establece las condiciones bajo las cuales un juez puede convertir penas privativas de libertad en multas o servicios a la comunidad. La conversión es posible solo si se cumplen ciertos requisitos y no se aplica a delitos específicos.

pena privativa de libertadmultasservicios a la comunidad
Art.
52

Artículo 52. Conversion de la pena privativa de libertad

Este articulo establece las condiciones bajo las cuales un juez puede convertir penas privativas de libertad en multas o servicios a la comunidad. La conversión es posible solo si se cumplen ciertos requisitos y no se aplica a delitos específicos.

pena privativa de libertadmultasservicios a la comunidad
Art.
52

Artículo 52. Conversion de la pena privativa de libertad

Este articulo establece las condiciones bajo las cuales un juez puede convertir penas privativas de libertad en multas o servicios a la comunidad. La conversión es posible solo si se cumplen ciertos requisitos y no se aplica a delitos específicos.

pena privativa de libertadmultasservicios a la comunidad
Art.
53

Artículo 53. Revocacion de la conversion

Si el condenado no cumple con las condiciones de la conversión, esta puede ser revocada, lo que implica el cumplimiento de la pena privativa de libertad original. Se establecen equivalencias para el descuento de la pena.

revocacioncumplimiento de pena
Art.
54

Artículo 54. Revocacion por delito doloso

La conversión de la pena se revoca automáticamente si el condenado comete un nuevo delito doloso durante el periodo de ejecución de la pena convertida. Se aplican descuentos a la pena original.

delito dolosorevocacion
Art.
55

Artículo 55. Conversion de penas limitativas

Si el condenado no cumple con las penas limitativas de derechos, estas se convertirán en penas privativas de libertad, estableciendo equivalencias para el cumplimiento.

penas limitativasconversion
Art.
56

Artículo 56. Conversion de la pena de multa

Este articulo establece que si el condenado no paga la multa, esta puede convertirse en pena privativa de libertad, con equivalencias para el cumplimiento.

multaconversion
Art.
57

Artículo 57. Requisitos para la suspension de la pena

El juez puede suspender la ejecución de la pena bajo ciertas condiciones, incluyendo la duración de la condena y la conducta del condenado. Se establecen plazos específicos para la suspensión.

suspension de penarequisitos
Art.
58

Artículo 58. Reglas de conducta

Al suspender la ejecución de la pena, el juez impone reglas de conducta que deben ser cumplidas por el condenado, con el fin de facilitar su rehabilitación.

reglas de conductarehabilitacion
Art.
59

Artículo 59. Efectos del incumplimiento

Si el condenado no cumple con las reglas de conducta, el juez puede amonestar, prorrogar la suspensión o revocar la pena. Se establecen consecuencias claras para el incumplimiento.

incumplimientoconsecuencias
Art.
60

Artículo 60. Revocacion de la suspension

La suspensión de la pena se revoca si el condenado comete un nuevo delito doloso con pena superior a tres años, lo que implica la ejecución de la pena suspendida.

revocacionnuevo delito
Art.
61

Artículo 61. Condena no pronunciada

La condena se considera no pronunciada si el condenado no comete nuevos delitos ni infringe las reglas de conducta durante el periodo de prueba.

condena no pronunciadaperiodo de prueba
Art.
62

Artículo 62. Reserva del fallo condenatorio

El juez puede reservar el fallo condenatorio bajo ciertas circunstancias, permitiendo una evaluación de la conducta del condenado antes de dictar sentencia.

reserva del falloevaluacion
Art.
63

Artículo 63. Efectos de la reserva

La reserva del fallo condenatorio implica que no se dictará la parte resolutiva de la sentencia, pero se inscribirá en un registro especial para seguimiento.

efectos de la reservaregistro especial
Art.
64

Artículo 64. Reglas de conducta en reserva

Al disponer la reserva del fallo, el juez impone reglas de conducta que deben ser cumplidas por el condenado, similares a las impuestas en la suspensión de pena.

reglas de conductareserva del fallo
Art.
65

Artículo 65. Efectos del incumplimiento

El incumplimiento de las reglas de conducta puede llevar a severas advertencias o prórrogas del régimen de prueba. En casos extremos, el juez puede revocar el régimen de prueba, lo que implica consecuencias legales significativas.

incumplimientorégimen de pruebaconsecuencias legales
Art.
66

Artículo 66. Revocación del régimen de prueba

La revocación del régimen de prueba es obligatoria si se comete un nuevo delito doloso con pena superior a tres años. Esto implica que la persona deberá cumplir la pena correspondiente al nuevo delito.

revocacióndelito dolosopena privativa
Art.
67

Artículo 67. Extinción del régimen de prueba

El régimen de prueba se extingue automáticamente si no es revocado al cumplirse el plazo fijado. Esto se considera como si no hubiera habido juzgamiento.

extinciónrégimen de pruebaplazo fijado
Art.
68

Artículo 68. Exención de pena

El juez puede eximir de sanción a quienes cometan delitos con pena no mayor a dos años, si su responsabilidad es mínima. Esto ofrece una oportunidad para evitar sanciones severas.

exenciónsancióndelitos menores
Art.
69

Artículo 69. Rehabilitación automática

La rehabilitación automática se otorga a quienes cumplen su pena y reparan el daño, restaurando sus derechos. Sin embargo, hay excepciones para ciertos delitos graves.

rehabilitaciónderechosantecedentes penales
Art.
70

Artículo 70. Prohibición de comunicación de antecedentes

Una vez rehabilitado, los antecedentes penales solo pueden ser comunicados a solicitud del Ministerio Público o del juez. Esto protege la privacidad del rehabilitado.

antecedentesrehabilitaciónprivacidad
Art.
71

Artículo 71. Medidas de seguridad: Clases

Las medidas de seguridad incluyen internación y tratamiento ambulatorio, aplicadas a quienes representan un riesgo para la sociedad. Estas medidas buscan rehabilitar al infractor.

medidas de seguridadinternacióntratamiento ambulatorio
Art.
72

Artículo 72. Requisitos para la aplicación

Las medidas de seguridad se aplican si hay un hecho delictivo y se prevé un comportamiento delictivo futuro. Esto asegura que solo se trate a quienes realmente lo necesitan.

requisitosmedidas de seguridadcomportamiento delictivo
Art.
73

Artículo 73. Principio de Proporcionalidad

Las medidas de seguridad deben ser proporcionales a la peligrosidad del agente y la gravedad del delito. Esto garantiza un tratamiento justo y adecuado.

proporcionalidadmedidas de seguridadjusticia
Art.
74

Artículo 74. Internación

La internación implica el ingreso a un centro especializado para tratamiento, aplicable solo en casos de riesgo de cometer delitos graves. Es una medida de protección y rehabilitación.

internacióntratamientodelitos graves
Art.
75

Artículo 75. Duración de la internación

La internación no puede exceder el tiempo de la pena privativa de libertad correspondiente, y se revisará periódicamente para evaluar la necesidad de continuar.

duracióninternaciónrevisión
Art.
76

Artículo 76. Tratamiento ambulatorio

El tratamiento ambulatorio se aplica junto con la pena a quienes lo requieran, buscando su rehabilitación sin necesidad de internación. Es una alternativa menos restrictiva.

tratamiento ambulatoriorehabilitaciónalternativa
Art.
77

Artículo 77. Aplicación de internación antes de la pena

La internación puede aplicarse antes de cumplir la pena, computándose como parte de esta. Esto permite un tratamiento previo a la condena.

internaciónpenatratamiento previo
Art.
78

Artículo 78. Causales de extinción

La acción penal se extingue por diversas razones como muerte del imputado, prescripción o amnistía. Esto establece límites claros a la persecución penal.

extinciónacción penalcausales
Art.
79

Artículo 79. Extinción de la acción penal por sentencia civil

La acción penal se extingue si una sentencia civil determina que el hecho imputado es lícito. Esto puede cerrar un caso penal si se demuestra la legalidad del acto.

extinciónsentencia civilhecho lícito
Art.
80

Artículo 80. Plazos de prescripcion de la accion penal

La accion penal prescribe en un tiempo igual al maximo de la pena fijada por la ley para el delito. Existen variaciones en los plazos dependiendo del tipo de delito y la calidad del infractor.

prescripcionaccion penaldelitos
Art.
81

Artículo 81. Reduccion de los plazos de prescripcion

Los plazos de prescripcion se reducen a la mitad si el agente es menor de 21 años o mayor de 65 al momento del delito. Esto afecta la capacidad de perseguir penalmente a ciertos individuos.

reduccionprescripciondelitos
Art.
82

Artículo 82. Inicio de los plazos de prescripcion

Los plazos de prescripcion comienzan en diferentes momentos dependiendo del tipo de delito. Esto incluye la tentativa, delitos instantaneos, continuados y permanentes.

inicioprescripciontipos de delitos
Art.
83

Artículo 83. Interrupcion de la prescripcion

La prescripcion se interrumpe por acciones del Ministerio Publico o la comision de un nuevo delito doloso. Esto reinicia el conteo del plazo de prescripcion.

interrupcionprescripcionministerio publico
Art.
84

Artículo 84. Suspension de la prescripcion

La prescripcion se suspende si el proceso penal depende de otro procedimiento. Esta suspension no puede durar mas de un año.

suspensionprescripcionproceso penal
Art.
85

Artículo 85. Extincion de la ejecucion de la pena

La ejecucion de la pena se extingue por varias razones, incluyendo muerte del condenado, amnistia, indulto y prescripcion.

extincionpenaamnistia
Art.
86

Artículo 86. Plazo de prescripcion de la pena

El plazo de prescripcion de la pena es el mismo que el de la accion penal, contandose desde que la sentencia condenatoria queda firme.

plazoprescripcionpena
Art.
87

Artículo 87. Interrupcion del plazo de prescripcion de la pena

El plazo de prescripcion de la pena se interrumpe por el inicio de su ejecucion o por la comision de un nuevo delito doloso.

interrupcionplazoprescripcion
Art.
88

Artículo 88. Individualizacion de la prescripcion

La prescripcion corre separadamente para cada partícipe del hecho punible, permitiendo que cada uno tenga su propio tratamiento legal.

individualizacionprescripcionparticipes
Art.
88

Artículo 88. Individualizacion de la prescripcion

La prescripcion corre separadamente para cada partícipe del hecho punible, permitiendo que cada uno tenga su propio tratamiento legal.

individualizacionprescripcionparticipes
Art.
89

Artículo 89. Amnistia e indulto

La amnistia elimina el hecho punible, mientras que el indulto suprime la pena impuesta. Ambos tienen efectos significativos en el proceso penal.

amnistiaindultoefectos
Art.
90

Artículo 90. Cosa juzgada

Nadie puede ser perseguido dos veces por el mismo hecho punible que ya fue juzgado. Este principio protege los derechos del imputado.

cosa juzgadapersecucionhecho punible
Art.
91

Artículo 91. Renuncia a la prescripcion de la accion penal

El imputado puede renunciar a la prescripcion de la accion penal, lo que puede ser una estrategia en ciertos casos.

renunciaprescripcionaccion penal
Art.
92

Artículo 92. La reparacion civil

La reparacion civil se determina junto con la pena y es un derecho de la victima que debe cumplirse durante la condena.

reparacion civilpenavictima
Art.
93

Artículo 93. Contenido de la reparacion civil

La reparacion civil incluye la restitucion del bien o el pago de su valor, y la indemnizacion por daños y perjuicios.

contenidoreparacion civilindemnizacion
Art.
94

Artículo 94. Restitucion del bien

La restitucion del bien se realiza con el mismo bien aunque este en poder de terceros. Esto permite a los agraviados recuperar sus bienes, pero los terceros pueden reclamar su valor.

restitucionbienterceros
Art.
95

Artículo 95. Responsabilidad solidaria

La reparacion civil es solidaria entre los responsables del hecho punible y los terceros obligados. Esto implica que todos los responsables deben responder por el total del daño causado.

responsabilidadreparacionsolidaria
Art.
96

Artículo 96. Transmision de la reparacion civil

La obligacion de reparacion civil se transmite a los herederos del responsable. Esto asegura que las deudas por reparacion se mantengan incluso tras el fallecimiento del responsable.

reparacionherederosobligacion
Art.
97

Artículo 97. Proteccion de la reparacion civil

Los actos que disminuyan el patrimonio del condenado son nulos en cuanto afecten la reparacion civil. Esto protege los derechos de los agraviados.

proteccionreparacionpatrimonio
Art.
98

Artículo 98. Condenado insolvente

Si el condenado no tiene bienes realizables, el juez puede señalar un tercio de su remuneracion para el pago de la reparacion civil. Esto garantiza un minimo de cumplimiento.

condenadoinsolvenciareparacion
Art.
99

Artículo 99. Reparacion civil de terceros

Procede la accion civil contra terceros cuando la sentencia penal no los alcanza. Esto permite a los agraviados buscar justicia adicional.

reparaciontercerosaccion
Art.
100

Artículo 100. Inextinguibilidad de la accion civil

La accion civil derivada del hecho punible no se extingue mientras subsista la accion penal. Esto asegura que los derechos de los agraviados se mantengan vigentes.

accioncivilpenal
Art.
101

Artículo 101. Aplicacion del Codigo Civil

La reparacion civil se rige por disposiciones del Codigo Civil. Esto establece un marco adicional para la reparacion de daños.

codigo civilreparaciondisposiciones
Art.
102

Artículo 102. Decomiso de bienes

El juez puede ordenar el decomiso de bienes utilizados en el delito, incluso si pertenecen a terceros. Esto busca desincentivar la criminalidad.

decomisobienesdelito
Art.
103

Artículo 103. Proporcionalidad en el decomiso

El juez puede no decretar el decomiso si el valor de los bienes no guarda proporcion con la infraccion penal. Esto permite un enfoque equilibrado.

proporcionalidaddecomisoinfraccion
Art.
104

Artículo 104. Privacion de beneficios

El juez puede privar a las personas juridicas de beneficios obtenidos por infracciones penales. Esto busca responsabilizar a las organizaciones.

beneficiospersonas juridicasinfraccion
Art.
105

Artículo 105. Medidas a personas juridicas

El juez puede aplicar medidas como clausura o disolucion a personas juridicas involucradas en delitos. Esto busca prevenir la reincidencia.

medidaspersonas juridicasdelitos
Art.
105

Artículo 105. Medidas a personas juridicas

El juez puede aplicar medidas como clausura o disolucion a personas juridicas involucradas en delitos. Esto busca prevenir la reincidencia.

medidaspersonas juridicasdelitos
Art.
106

Artículo 106. Homicidio Simple

El homicidio simple se castiga con pena privativa de libertad de seis a veinte años. Esto establece un marco penal claro para este delito.

homicidiopenadelito
Art.
107

Artículo 107. Parricidio

El parricidio se castiga con penas de quince a veinticinco años, dependiendo de las circunstancias. Esto refleja la gravedad de este delito.

parricidiopenadelito
Art.
108

Artículo 108. Homicidio calificado

El homicidio calificado se sanciona con pena privativa de libertad no menor de quince años bajo ciertas circunstancias como ferocidad o para ocultar otro delito. Este artículo establece penas severas para conductas que ponen en riesgo la vida de otros.

homicidiopena privativadelito
Art.
108

Artículo 108. Homicidio calificado

El homicidio calificado se sanciona con pena privativa de libertad no menor de quince años bajo ciertas circunstancias como ferocidad o para ocultar otro delito. Este artículo establece penas severas para conductas que ponen en riesgo la vida de otros.

homicidiopena privativadelito
Art.
108

Artículo 108. Homicidio calificado

El homicidio calificado se sanciona con pena privativa de libertad no menor de quince años bajo ciertas circunstancias como ferocidad o para ocultar otro delito. Este artículo establece penas severas para conductas que ponen en riesgo la vida de otros.

homicidiopena privativadelito
Art.
108

Artículo 108. Homicidio calificado

El homicidio calificado se sanciona con pena privativa de libertad no menor de quince años bajo ciertas circunstancias como ferocidad o para ocultar otro delito. Este artículo establece penas severas para conductas que ponen en riesgo la vida de otros.

homicidiopena privativadelito
Art.
109

Artículo 109. Homicidio por emoción violenta

El homicidio por emoción violenta se sanciona con penas de tres a diez años, dependiendo de las circunstancias. Este artículo contempla situaciones donde la reacción emocional puede ser considerada excusable.

homicidioemoción violentapena
Art.
110

Artículo 110. Infanticidio

El infanticidio se castiga con penas de uno a cuatro años para madres que matan a sus hijos durante el parto. Este artículo reconoce el estado emocional de la madre en circunstancias críticas.

infanticidiomadrepena
Art.
111

Artículo 111. Homicidio culposo

El homicidio culposo se sanciona con penas de hasta cuatro años, dependiendo de la culpa y las circunstancias. Este artículo aborda la responsabilidad penal por negligencia.

homicidioculpapena
Art.
112

Artículo 112. Homicidio piadoso

El homicidio piadoso se castiga con penas de hasta tres años si se realiza por piedad a un enfermo incurable. Este artículo aborda el dilema ético del sufrimiento extremo.

homicidiopiadosopena
Art.
113

Artículo 113. Instigación al suicidio

La instigación o ayuda al suicidio se castiga con penas de hasta cinco años, dependiendo de las circunstancias. Este artículo aborda la responsabilidad penal en casos de suicidio asistido.

suicidioinstigacionpena
Art.
114

Artículo 114. Autoaborto

El autoaborto se sanciona con penas de hasta dos años. Este artículo penaliza a la mujer que causa su propio aborto o consiente que otro lo realice.

autoabortopenamujer
Art.
115

Artículo 115. Aborto consentido

El aborto consentido se castiga con penas de uno a cuatro años, aumentando si hay muerte de la mujer. Este artículo aborda la responsabilidad penal en abortos realizados con consentimiento.

abortoconsentidopena
Art.
116

Artículo 116. Aborto sin consentimiento

El aborto sin consentimiento se sanciona con penas de hasta cinco años, aumentando si hay muerte de la mujer. Este artículo protege los derechos de la mujer y penaliza la coerción.

abortosin consentimientopena
Art.
117

Artículo 117. Agravación de pena por calidad del sujeto

Los profesionales de la salud que causan abortos abusando de su conocimiento enfrentan penas agravadas. Este artículo busca proteger a las mujeres de abusos en situaciones vulnerables.

abortoprofesionalespena
Art.
118

Artículo 118. Aborto preterintencional

El aborto preterintencional se castiga con penas de hasta dos años si se causa sin intención. Este artículo aborda la responsabilidad penal en casos de violencia.

abortopreterintencionalpena
Art.
119

Artículo 119. Aborto terapéutico

El aborto terapéutico no es punible si se realiza para salvar la vida de la gestante. Este artículo establece excepciones en situaciones críticas de salud.

abortoterapeuticosalud
Art.
120

Artículo 120. Aborto sentimental y eugenésico

El aborto se sanciona con pena privativa de libertad de hasta tres meses en casos específicos como violación o graves taras en el ser en formación. Es fundamental que los hechos sean denunciados para aplicar esta norma.

abortoviolacionsalud
Art.
121

Artículo 121. Lesiones graves

Causar daño grave a otro puede llevar a penas de entre cuatro y ocho años, con agravantes que aumentan la pena. Se consideran lesiones graves aquellas que ponen en peligro la vida o causan mutilaciones.

lesionessaludpenal
Art.
121

Artículo 121. Lesiones graves

Causar daño grave a otro puede llevar a penas de entre cuatro y ocho años, con agravantes que aumentan la pena. Se consideran lesiones graves aquellas que ponen en peligro la vida o causan mutilaciones.

lesionessaludpenal
Art.
121

Artículo 121. Lesiones graves

Causar daño grave a otro puede llevar a penas de entre cuatro y ocho años, con agravantes que aumentan la pena. Se consideran lesiones graves aquellas que ponen en peligro la vida o causan mutilaciones.

lesionessaludpenal
Art.
122

Artículo 122. Lesiones leves

Causar lesiones que requieran entre diez y veinte días de asistencia puede resultar en penas de dos a cinco años. La gravedad de la lesión y el contexto influyen en la sanción.

lesionessaludpenal
Art.
122

Artículo 122. Lesiones leves

Causar lesiones que requieran entre diez y veinte días de asistencia puede resultar en penas de dos a cinco años. La gravedad de la lesión y el contexto influyen en la sanción.

lesionessaludpenal
Art.
122

Artículo 122. Lesiones leves

Causar lesiones que requieran entre diez y veinte días de asistencia puede resultar en penas de dos a cinco años. La gravedad de la lesión y el contexto influyen en la sanción.

lesionessaludpenal
Art.
123

Artículo 123. Lesiones preterintencionales

Cuando un agente causa un resultado grave sin intención, la pena puede ser disminuida. Esto refleja la consideración de la intención en la responsabilidad penal.

lesionesresponsabilidadpenal
Art.
124

Artículo 124. Lesiones culposas

Causar daño por culpa puede llevar a penas de hasta seis años, especialmente si se involucran múltiples víctimas o se infringen reglas de seguridad. La negligencia es un factor clave.

lesionesculparesponsabilidad
Art.
124

Artículo 124. Lesiones culposas

Causar daño por culpa puede llevar a penas de hasta seis años, especialmente si se involucran múltiples víctimas o se infringen reglas de seguridad. La negligencia es un factor clave.

lesionesculparesponsabilidad
Art.
124

Artículo 124. Lesiones culposas

Causar daño por culpa puede llevar a penas de hasta seis años, especialmente si se involucran múltiples víctimas o se infringen reglas de seguridad. La negligencia es un factor clave.

lesionesculparesponsabilidad
Art.
125

Artículo 125. Exposición o abandono peligrosos

Exponer a un menor o persona incapaz a peligro puede resultar en penas de uno a cuatro años. Esta norma protege a los más vulnerables en situaciones de riesgo.

abandonospeligromenores
Art.
125

Artículo 125. Exposición o abandono peligrosos

Exponer a un menor o persona incapaz a peligro puede resultar en penas de uno a cuatro años. Esta norma protege a los más vulnerables en situaciones de riesgo.

abandonospeligromenores
Art.
126

Artículo 126. Omisión de socorro

No prestar ayuda a una persona herida puede resultar en penas de hasta tres años. Esta norma enfatiza la responsabilidad moral y legal de ayudar a quienes están en peligro.

socorroresponsabilidadpenal
Art.
127

Artículo 127. Omisión de aviso a la autoridad

No avisar a la autoridad sobre un herido en peligro puede resultar en penas de hasta un año. Esta norma busca asegurar que se tomen las medidas adecuadas en situaciones críticas.

omisionautoridadresponsabilidad
Art.
128

Artículo 128. Exposicion a peligro de persona dependiente

Este articulo establece las penas para quienes expongan a peligro la vida o salud de personas bajo su autoridad. Las penas varian segun la gravedad del daño causado, incluyendo lesiones graves o muerte.

peligrosaluddependencia
Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

lesionesmuertepenas agravadas
Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

lesionesmuertepenas agravadas
Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

lesionesmuertepenas agravadas
Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

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Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

lesionesmuertepenas agravadas
Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

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Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

lesionesmuertepenas agravadas
Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

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Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

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Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

lesionesmuertepenas agravadas
Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

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Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

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Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

lesionesmuertepenas agravadas
Art.
129

Artículo 129. Formas agravadas

Se describen las penas agravadas en casos de lesiones graves o muerte en los delitos relacionados con la exposición a peligro. Las penas aumentan si se pudo prever el daño.

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Art.
129

Artículo 129. Publicacion de delitos sexuales

Este articulo establece penas para quienes difundan pornografia infantil o promuevan la trata de menores. La sancion incluye privacion de libertad y inhabilitacion para quienes autoricen estas publicaciones.

pornografia infantiltrata de personasdelitos sexuales
Art.
129

Artículo 129. Publicacion de delitos sexuales

Este articulo establece penas para quienes difundan pornografia infantil o promuevan la trata de menores. La sancion incluye privacion de libertad y inhabilitacion para quienes autoricen estas publicaciones.

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Art.
129

Artículo 129. Publicacion de delitos sexuales

Este articulo establece penas para quienes difundan pornografia infantil o promuevan la trata de menores. La sancion incluye privacion de libertad y inhabilitacion para quienes autoricen estas publicaciones.

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Art.
129

Artículo 129. Publicacion de delitos sexuales

Este articulo establece penas para quienes difundan pornografia infantil o promuevan la trata de menores. La sancion incluye privacion de libertad y inhabilitacion para quienes autoricen estas publicaciones.

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Art.
129

Artículo 129. Publicacion de delitos sexuales

Este articulo establece penas para quienes difundan pornografia infantil o promuevan la trata de menores. La sancion incluye privacion de libertad y inhabilitacion para quienes autoricen estas publicaciones.

pornografia infantiltrata de personasdelitos sexuales
Art.
130

Artículo 130. Injuria

La injuria se castiga con servicio comunitario o multas. Este articulo regula las ofensas verbales y busca proteger el honor de las personas.

injuriahonordelitos menores
Art.
131

Artículo 131. Calumnia

La calumnia, o atribuir falsamente un delito a alguien, se castiga con multas. Este articulo protege la reputacion de las personas de acusaciones infundadas.

calumniahonordelitos menores
Art.
132

Artículo 132. Difamacion

La difamacion se penaliza con hasta 3 años de carcel y multas, especialmente si se hace a traves de medios de comunicacion. Este articulo protege la reputacion de las personas.

difamacionhonormedios de comunicacion
Art.
133

Artículo 133. Conductas atipicas

No se considera injuria ni difamacion en ciertas circunstancias, como criticas literarias o comentarios de funcionarios. Este articulo establece excepciones a la penalizacion.

conductas atipicasexcepcioneshonor
Art.
134

Artículo 134. Prueba de la verdad

El autor de difamacion puede probar la veracidad de sus imputaciones en ciertos casos. Este articulo establece condiciones para la defensa en juicios por difamacion.

pruebadifamaciondefensa legal
Art.
135

Artículo 135. Inadmisibilidad de la prueba

No se admite prueba sobre hechos absolvidos o sobre intimidad personal. Este articulo protege la privacidad y la seguridad de las personas en juicios.

inadmisibilidadpruebaprivacidad
Art.
136

Artículo 136. Difamacion encubierta

El acusado de difamacion que no explique su conducta sera considerado culpable. Este articulo establece la carga de la prueba en casos de difamacion.

difamacioncarga de pruebahonor
Art.
137

Artículo 137. Injurias reciprocas

Las injurias reciprocas en un altercado pueden ser exentas de pena. Este articulo permite al juez evaluar las circunstancias del caso.

injurias reciprocasexencionhonor
Art.
138

Artículo 138. Accion penal privada

Los delitos de injuria, difamacion y calumnia solo proceden por accion privada. Este articulo establece quienes pueden promover acciones en caso de ofensas a personas fallecidas.

accion penalprivacidadhonor
Art.
139

Artículo 139. Bigamia

La bigamia se castiga con penas de 1 a 5 años. Este articulo regula el estado civil y busca proteger la integridad de los matrimonios.

bigamiamatrimonioestado civil
Art.
140

Artículo 140. Matrimonio con persona casada

El no casado que contrae matrimonio con una persona casada será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años. Esta disposición busca proteger la institución del matrimonio y evitar situaciones de fraude matrimonial.

matrimoniopena privativadelitos
Art.
141

Artículo 141. Autorización ilegal de matrimonio

Los funcionarios públicos que celebren matrimonios ilegales enfrentan penas de dos a cinco años de prisión. Este artículo busca sancionar a quienes abusan de su autoridad para realizar matrimonios no válidos.

funcionariomatrimonio ilegalpena privativa
Art.
142

Artículo 142. Inobservancia de formalidades legales

Los funcionarios que celebren matrimonios sin observar las formalidades legales pueden ser sancionados con hasta tres años de prisión. Este artículo refuerza la importancia de seguir los procedimientos establecidos para la celebración de matrimonios.

formalidadesmatrimoniofuncionario
Art.
143

Artículo 143. Alteración o supresión del estado civil

Alterar o suprimir el estado civil de otra persona puede llevar a penas de hasta dos años de prisión. Este artículo protege el estado civil de las personas y sanciona las acciones que lo alteren.

estado civilalteraciónpena privativa
Art.
144

Artículo 144. Fingimiento de embarazo o parto

Fingir un embarazo o parto para otorgar derechos a un supuesto hijo puede resultar en penas de uno a cinco años de prisión. Este delito busca proteger la integridad de los derechos familiares.

fingimientoembarazopena privativa
Art.
145

Artículo 145. Alteración o supresión de la filiación de menor

Alterar o suprimir la filiación de un menor puede llevar a penas de uno a cinco años de prisión. Este artículo protege los derechos de los menores y la integridad familiar.

filiaciónmenorpena privativa
Art.
146

Artículo 146. Móvil de honor

Cometer delitos por un móvil de honor puede llevar a penas de servicio comunitario. Este artículo busca considerar las circunstancias atenuantes en ciertos delitos.

móvil de honorservicio comunitariodelitos
Art.
147

Artículo 147. Sustracción de menor

Sustraer a un menor de edad puede resultar en penas de hasta dos años de prisión. Este artículo protege los derechos de los menores y la patria potestad.

sustracciónmenorpatria potestad
Art.
148

Artículo 148. Inducción a la fuga de menor

Inducir a un menor a huir puede resultar en penas de hasta dos años de prisión. Este artículo busca proteger a los menores de situaciones de riesgo.

inducciónmenorfuga
Art.
148

Artículo 148. Inducción a la fuga de menor

Inducir a un menor a huir puede resultar en penas de hasta dos años de prisión. Este artículo busca proteger a los menores de situaciones de riesgo.

inducciónmenorfuga
Art.
149

Artículo 149. Omisión de prestación de alimentos

Omitir la obligación de prestar alimentos puede resultar en penas de hasta tres años de prisión. Este artículo protege los derechos de quienes dependen de la manutención.

alimentosomisiónpena privativa
Art.
150

Artículo 150. Abandono de mujer gestante

Abandonar a una mujer en gestación en situación crítica puede resultar en penas de seis meses a cuatro años de prisión. Este artículo busca proteger a las mujeres en situaciones vulnerables.

abandonomujer gestantepena privativa
Art.
151

Artículo 151. Coacción

Obligar a alguien a actuar en contra de su voluntad mediante amenazas puede resultar en penas de hasta dos años de prisión. Este artículo protege la libertad personal.

coacciónlibertad personalpena privativa
Art.
151

Artículo 151. Coacción

Obligar a alguien a actuar en contra de su voluntad mediante amenazas puede resultar en penas de hasta dos años de prisión. Este artículo protege la libertad personal.

coacciónlibertad personalpena privativa
Art.
152

Artículo 152. Secuestro

Privar a alguien de su libertad puede resultar en penas de hasta treinta años de prisión. Este artículo establece severas sanciones para proteger la libertad personal.

secuestrolibertad personalpena privativa
Art.
153

Artículo 153. Trata de personas

Este articulo aborda el delito de trata de personas, que implica la explotación de individuos mediante coerción o engaño. La reubicación de este artículo a la sección 129-A resalta su importancia en la lucha contra la trata.

trata de personasexplotaciondelitos
Art.
153

Artículo 153. Trata de personas

Este articulo aborda el delito de trata de personas, que implica la explotación de individuos mediante coerción o engaño. La reubicación de este artículo a la sección 129-A resalta su importancia en la lucha contra la trata.

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Art.
153

Artículo 153. Trata de personas

Este articulo aborda el delito de trata de personas, que implica la explotación de individuos mediante coerción o engaño. La reubicación de este artículo a la sección 129-A resalta su importancia en la lucha contra la trata.

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Art.
153

Artículo 153. Trata de personas

Este articulo aborda el delito de trata de personas, que implica la explotación de individuos mediante coerción o engaño. La reubicación de este artículo a la sección 129-A resalta su importancia en la lucha contra la trata.

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Art.
153

Artículo 153. Trata de personas

Este articulo aborda el delito de trata de personas, que implica la explotación de individuos mediante coerción o engaño. La reubicación de este artículo a la sección 129-A resalta su importancia en la lucha contra la trata.

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Art.
153

Artículo 153. Trata de personas

Este articulo aborda el delito de trata de personas, que implica la explotación de individuos mediante coerción o engaño. La reubicación de este artículo a la sección 129-A resalta su importancia en la lucha contra la trata.

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Art.
153

Artículo 153. Trata de personas

Este articulo aborda el delito de trata de personas, que implica la explotación de individuos mediante coerción o engaño. La reubicación de este artículo a la sección 129-A resalta su importancia en la lucha contra la trata.

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Art.
153

Artículo 153. Trata de personas

Este articulo aborda el delito de trata de personas, que implica la explotación de individuos mediante coerción o engaño. La reubicación de este artículo a la sección 129-A resalta su importancia en la lucha contra la trata.

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Art.
153

Artículo 153. Trata de personas

Este articulo aborda el delito de trata de personas, que implica la explotación de individuos mediante coerción o engaño. La reubicación de este artículo a la sección 129-A resalta su importancia en la lucha contra la trata.

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Art.
153

Artículo 153. Trata de personas

Este articulo aborda el delito de trata de personas, que implica la explotación de individuos mediante coerción o engaño. La reubicación de este artículo a la sección 129-A resalta su importancia en la lucha contra la trata.

trata de personasexplotaciondelitos
Art.
153

Artículo 153. Trata de personas

Este articulo aborda el delito de trata de personas, que implica la explotación de individuos mediante coerción o engaño. La reubicación de este artículo a la sección 129-A resalta su importancia en la lucha contra la trata.

trata de personasexplotaciondelitos
Art.
154

Artículo 154. Violación de la intimidad

Este articulo penaliza la violación de la intimidad personal o familiar, estableciendo penas específicas. Es fundamental para la protección de la privacidad.

intimidadprivacidaddelitos
Art.
154

Artículo 154. Violación de la intimidad

Este articulo penaliza la violación de la intimidad personal o familiar, estableciendo penas específicas. Es fundamental para la protección de la privacidad.

intimidadprivacidaddelitos
Art.
154

Artículo 154. Violación de la intimidad

Este articulo penaliza la violación de la intimidad personal o familiar, estableciendo penas específicas. Es fundamental para la protección de la privacidad.

intimidadprivacidaddelitos
Art.
155

Artículo 155. Agravante por razón de función

Este articulo establece penas más severas para funcionarios públicos que cometen delitos relacionados con la intimidad. Es clave para la rendición de cuentas.

funcionarios publicosdelitosagravantes
Art.
156

Artículo 156. Revelacion de la intimidad

Este articulo sanciona la revelacion de aspectos de la intimidad personal o familiar de una persona, cuando se obtiene a traves de una relacion laboral. La pena puede llegar hasta un año de privacion de libertad.

intimidadprivacidadsanciones
Art.
157

Artículo 157. Uso indebido de archivos

Se penaliza el uso indebido de archivos que contengan datos personales, especialmente sobre convicciones politicas o religiosas. Las penas varian entre uno y seis años de privacion de libertad.

datos personalesarchivossanciones
Art.
158

Artículo 158. Ejercicio de la accion penal

Los delitos de este capitulo son perseguibles por accion privada, salvo excepciones. Esto implica que la victima debe iniciar el proceso penal.

accion penaldelitospersecucion
Art.
159

Artículo 159. Violacion de domicilio

Este articulo sanciona la entrada no autorizada a una propiedad ajena, con penas de hasta dos años de privacion de libertad. Se protege la inviolabilidad del hogar.

domicilioinviolabilidadsanciones
Art.
160

Artículo 160. Allanamiento ilegal

Los funcionarios que allanan domicilios sin seguir los procedimientos legales enfrentan penas de uno a tres años de privacion de libertad. Se busca proteger los derechos de los ciudadanos.

allanamientofuncionariossanciones
Art.
161

Artículo 161. Violacion de correspondencia

Abrir o apoderarse indebidamente de correspondencia ajena se sanciona con penas de hasta dos años de privacion de libertad. Se protege la confidencialidad de las comunicaciones.

correspondenciaconfidencialidadsanciones
Art.
162

Artículo 162. Interferencia telefonica

Interferir o escuchar conversaciones telefonicas sin autorizacion conlleva penas de cinco a diez años, especialmente si involucra informacion confidencial o de seguridad nacional.

interferenciatelefoniasanciones
Art.
162

Artículo 162. Interferencia telefonica

Interferir o escuchar conversaciones telefonicas sin autorizacion conlleva penas de cinco a diez años, especialmente si involucra informacion confidencial o de seguridad nacional.

interferenciatelefoniasanciones
Art.
162

Artículo 162. Interferencia telefonica

Interferir o escuchar conversaciones telefonicas sin autorizacion conlleva penas de cinco a diez años, especialmente si involucra informacion confidencial o de seguridad nacional.

interferenciatelefoniasanciones
Art.
163

Artículo 163. Supresion de correspondencia

Suprimir o extraviar correspondencia ajena se sanciona con servicio comunitario. Se protege el derecho a la comunicacion.

supresioncorrespondenciasanciones
Art.
164

Artículo 164. Publicacion indebida de correspondencia

Publicar correspondencia no destinada a la publicidad, causando perjuicio, puede resultar en limitacion de dias libres. Se protege la privacidad de la comunicacion.

publicacioncorrespondenciasanciones
Art.
165

Artículo 165. Violacion del secreto profesional

Revelar secretos profesionales sin consentimiento puede resultar en penas de hasta dos años de privacion de libertad. Se protege la confidencialidad en el ejercicio profesional.

secreto profesionalconfidencialidadsanciones
Art.
166

Artículo 166. Perturbacion de reunion publica

Impedir o perturbar una reunion publica licita con violencia o amenaza se sanciona con penas de hasta un año de privacion de libertad. Se protege el derecho a la libre reunion.

reunionpublicasanciones
Art.
167

Artículo 167. Prohibicion de reunion publica

Los funcionarios que impiden reuniones publicas licitas enfrentan penas de dos a cuatro años de privacion de libertad. Se busca garantizar el derecho a la libre reunion.

prohibicionreunionsanciones
Art.
168

Artículo 168. Atentado contra la libertad de trabajo

Obligar o impedir a alguien a integrar un sindicato mediante violencia se sanciona con penas de dos a cinco años de privacion de libertad. Se protege la libertad de asociacion.

libertad de trabajosindicatossanciones
Art.
168

Artículo 168. Atentado contra la seguridad laboral

Este artículo establece sanciones para quienes infrinjan deliberadamente las normas de seguridad y salud en el trabajo, poniendo en peligro la vida o integridad de los trabajadores. Las penas varían según la gravedad del resultado, incluyendo la muerte o lesiones graves.

seguridad laboralsalud en el trabajopenalidades
Art.
168

Artículo 168. Atentado contra la seguridad laboral

Este artículo establece sanciones para quienes infrinjan deliberadamente las normas de seguridad y salud en el trabajo, poniendo en peligro la vida o integridad de los trabajadores. Las penas varían según la gravedad del resultado, incluyendo la muerte o lesiones graves.

seguridad laboralsalud en el trabajopenalidades
Art.
169

Artículo 169. Violación de la libertad de expresión

Este artículo penaliza a los funcionarios públicos que suspenden o clausuran medios de comunicación, afectando la libertad de expresión. Las penas incluyen privación de libertad y posibles inhabilitaciones.

libertad de expresionfuncionarios publicossanciones
Art.
170

Artículo 170. Violación sexual

Este artículo tipifica la violación sexual y establece penas severas para quienes obliguen a una persona a tener acceso carnal sin su consentimiento. Las penas aumentan en casos de violencia o abuso de poder.

violaciondelitos sexualespenalidades
Art.
171

Artículo 171. Violación en estado de inconsciencia

Se sanciona a quienes tengan acceso carnal con personas en estado de inconsciencia o incapacidad de resistir. Las penas son severas, reflejando la gravedad del delito.

violacioninconscienciadelitos sexuales
Art.
172

Artículo 172. Violación sin libre consentimiento

Se penaliza a quienes accedan carnalmente a personas que no pueden dar su consentimiento debido a anomalías psíquicas o incapacidad. Las penas son severas y reflejan la gravedad del delito.

violacionconsentimientodelitos sexuales
Art.
173

Artículo 173. Violación de menor de edad

Este artículo establece que la violación de un menor de catorce años es un delito grave, castigado con cadena perpetua. La ley busca proteger a los más vulnerables de abusos.

violacionmenorescadena perpetua
Art.
173

Artículo 173. Violación de menor de edad

Este artículo establece que la violación de un menor de catorce años es un delito grave, castigado con cadena perpetua. La ley busca proteger a los más vulnerables de abusos.

violacionmenorescadena perpetua
Art.
174

Artículo 174. Violación bajo autoridad

Se sanciona a quienes, aprovechando su autoridad, cometan violación sexual a personas en hospitales o bajo custodia. Las penas son severas, reflejando la traición de confianza.

violacionautoridaddelitos sexuales
Art.
175

Artículo 175. Violación mediante engaño

Se penaliza a quienes, mediante engaño, accedan carnalmente a personas jóvenes. Las penas son significativas, reflejando la gravedad del abuso de confianza.

violacionengañodelitos sexuales
Art.
176

Artículo 176. Tocamientos sin consentimiento

Este artículo tipifica los tocamientos y actos libidinosos sin consentimiento, estableciendo penas que varían según la gravedad de la conducta. Se busca proteger la integridad de las personas.

tocamientosdelitos sexualesconsentimiento
Art.
176

Artículo 176. Tocamientos sin consentimiento

Este artículo tipifica los tocamientos y actos libidinosos sin consentimiento, estableciendo penas que varían según la gravedad de la conducta. Se busca proteger la integridad de las personas.

tocamientosdelitos sexualesconsentimiento
Art.
176

Artículo 176. Tocamientos sin consentimiento

Este artículo tipifica los tocamientos y actos libidinosos sin consentimiento, estableciendo penas que varían según la gravedad de la conducta. Se busca proteger la integridad de las personas.

tocamientosdelitos sexualesconsentimiento
Art.
176

Artículo 176. Tocamientos sin consentimiento

Este artículo tipifica los tocamientos y actos libidinosos sin consentimiento, estableciendo penas que varían según la gravedad de la conducta. Se busca proteger la integridad de las personas.

tocamientosdelitos sexualesconsentimiento
Art.
176

Artículo 176. Tocamientos sin consentimiento

Este artículo tipifica los tocamientos y actos libidinosos sin consentimiento, estableciendo penas que varían según la gravedad de la conducta. Se busca proteger la integridad de las personas.

tocamientosdelitos sexualesconsentimiento
Art.
177

Artículo 177. Formas agravadas de delitos

Este articulo establece las penas agravadas para delitos específicos cuando se cometen con crueldad o causan lesiones graves. Las penas pueden incrementarse significativamente si se registran o transmiten los actos delictivos.

delitospenasagravantes
Art.
178

Artículo 178. Responsabilidad alimentaria

El juez penal tiene la obligación de decidir sobre la responsabilidad alimentaria de los progenitores en casos de delitos, asegurando el sustento y bienestar de los menores. Esto incluye la asignación de alimentos incluso durante la investigación fiscal.

responsabilidadalimentosmenores
Art.
178

Artículo 178. Responsabilidad alimentaria

El juez penal tiene la obligación de decidir sobre la responsabilidad alimentaria de los progenitores en casos de delitos, asegurando el sustento y bienestar de los menores. Esto incluye la asignación de alimentos incluso durante la investigación fiscal.

responsabilidadalimentosmenores
Art.
179

Artículo 179. Favorecimiento a la prostitución

Este articulo penaliza a quienes promueven o favorecen la prostitución de otra persona, con penas que varían según las circunstancias del delito. Las penas son más severas en situaciones de vulnerabilidad de la víctima.

prostitucionfavorecimientopenas
Art.
179

Artículo 179. Favorecimiento a la prostitución

Este articulo penaliza a quienes promueven o favorecen la prostitución de otra persona, con penas que varían según las circunstancias del delito. Las penas son más severas en situaciones de vulnerabilidad de la víctima.

prostitucionfavorecimientopenas
Art.
180

Artículo 180. Rufianismo

Se establece pena para quienes gestionan el beneficio económico de la prostitución de otra persona, con penas más severas en casos de vulnerabilidad de la víctima o si se comete en el ámbito del turismo.

rufianismoprostitucionpenas
Art.
181

Artículo 181. Proxenetismo

El articulo penaliza a quienes dirigen o gestionan la prostitución de otra persona, con penas que aumentan en situaciones específicas de vulnerabilidad de la víctima.

proxenetismoprostitucionpenas
Art.
181

Artículo 181. Proxenetismo

El articulo penaliza a quienes dirigen o gestionan la prostitución de otra persona, con penas que aumentan en situaciones específicas de vulnerabilidad de la víctima.

proxenetismoprostitucionpenas
Art.
181

Artículo 181. Proxenetismo

El articulo penaliza a quienes dirigen o gestionan la prostitución de otra persona, con penas que aumentan en situaciones específicas de vulnerabilidad de la víctima.

proxenetismoprostitucionpenas
Art.
182

Artículo 182. Artículo derogado

Este articulo fue derogado y ya no tiene validez legal. Su contenido fue reemplazado por otras disposiciones legales.

derogadoleyvalidez
Art.
182

Artículo 182. Artículo derogado

Este articulo fue derogado y ya no tiene validez legal. Su contenido fue reemplazado por otras disposiciones legales.

derogadoleyvalidez
Art.
183

Artículo 183. Exhibiciones y publicaciones obscenas

Se penaliza la realización de exhibiciones obscenas en lugares públicos y la distribución de material inapropiado a menores, estableciendo penas específicas según la gravedad de la conducta.

obscenidadpenasmenores
Art.
183

Artículo 183. Exhibiciones y publicaciones obscenas

Se penaliza la realización de exhibiciones obscenas en lugares públicos y la distribución de material inapropiado a menores, estableciendo penas específicas según la gravedad de la conducta.

obscenidadpenasmenores
Art.
183

Artículo 183. Exhibiciones y publicaciones obscenas

Se penaliza la realización de exhibiciones obscenas en lugares públicos y la distribución de material inapropiado a menores, estableciendo penas específicas según la gravedad de la conducta.

obscenidadpenasmenores
Art.
184

Artículo 184. Castigo a cómplices

Se establece que cómplices de delitos sexuales contra menores serán castigados con las mismas penas que los autores, reforzando la responsabilidad de quienes colaboran en estos actos.

complicesdelitospenas
Art.
184

Artículo 184. Inhabilitacion en delitos patrimoniales

El juez puede imponer la inhabilitacion como pena principal en delitos patrimoniales. Esto incluye la suspension y extincion de la patria potestad en ciertos casos, afectando directamente la responsabilidad parental.

inhabilitacionpatria potestaddelitos patrimoniales
Art.
185

Artículo 185. Hurto simple

El hurto simple se castiga con pena privativa de libertad de uno a tres años. Se considera la sustraccion de bienes muebles ajenos, incluyendo recursos como energia y agua.

hurto simplepena privativabienes muebles
Art.
186

Artículo 186. Hurto agravado

El hurto agravado se castiga con penas de tres a seis años, aumentando según la gravedad del delito. Incluye circunstancias como el uso de violencia o la comision en grupo.

hurto agravadopena mayorviolencia
Art.
186

Artículo 186. Hurto agravado

El hurto agravado se castiga con penas de tres a seis años, aumentando según la gravedad del delito. Incluye circunstancias como el uso de violencia o la comision en grupo.

hurto agravadopena mayorviolencia
Art.
187

Artículo 187. Hurto de uso

El hurto de uso se sanciona con pena de hasta un año si se devuelve el bien sustraido. Este delito implica la sustraccion temporal de un bien ajeno.

hurto de usosanciondevolucion
Art.
188

Artículo 188. Robo

El robo se castiga con penas de tres a ocho años, especialmente si se emplea violencia. Este delito implica la sustraccion de bienes ajenos con amenaza o fuerza.

robopena privativaviolencia
Art.
189

Artículo 189. Robo agravado

El robo agravado puede conllevar penas de hasta treinta años, dependiendo de las circunstancias. Incluye factores como el uso de armas o la violencia extrema.

robo agravadopenas severasviolencia
Art.
189

Artículo 189. Robo agravado

El robo agravado puede conllevar penas de hasta treinta años, dependiendo de las circunstancias. Incluye factores como el uso de armas o la violencia extrema.

robo agravadopenas severasviolencia
Art.
189

Artículo 189. Robo agravado

El robo agravado puede conllevar penas de hasta treinta años, dependiendo de las circunstancias. Incluye factores como el uso de armas o la violencia extrema.

robo agravadopenas severasviolencia
Art.
189

Artículo 189. Robo agravado

El robo agravado puede conllevar penas de hasta treinta años, dependiendo de las circunstancias. Incluye factores como el uso de armas o la violencia extrema.

robo agravadopenas severasviolencia
Art.
190

Artículo 190. Apropiacion ilicita

La apropiacion ilicita se castiga con penas de dos a cuatro años, especialmente si se trata de bienes en deposito. Este delito implica el uso indebido de bienes ajenos.

apropriacion ilicitabien ajenopena privativa
Art.
191

Artículo 191. Sustraccion de bien propio

La sustraccion de un bien propio en perjuicio de otro se castiga con pena de hasta cuatro años. Este delito implica la recuperacion de bienes de manera ilegal.

sustraccionbien propiopena
Art.
192

Artículo 192. Apropiacion irregular

La apropiacion irregular se sanciona con penas de hasta dos años. Incluye la sustraccion de bienes encontrados o ajenos por error.

apropriacion irregularbien perdidosancion
Art.
193

Artículo 193. Apropiacion de prenda

La apropiacion de prenda se castiga con penas de uno a cuatro años. Este delito implica la venta o disposicion indebida de bienes en prenda.

apropriacion de prendaventa indebidapena
Art.
194

Artículo 194. Receptacion

La receptacion se sanciona con penas de dos a cuatro años por adquirir bienes de procedencia delictuosa. Este delito implica el conocimiento de la ilicitud del bien.

receptacionbien delictuosopena
Art.
194

Artículo 194. Distribucion de senales de satelite

La distribucion no autorizada de senales de satelite codificadas puede acarrear penas de entre dos y seis años de prision. Este articulo protege los derechos de los distribuidores legales y combate la pirateria de contenido.

senales de satelitepirateriaderechos de autor
Art.
195

Artículo 195. Formas agravadas de delito

Este articulo establece penas agravadas para delitos que involucran bienes valiosos o de uso publico, aumentando la severidad de las sanciones. Se enfoca en proteger bienes de infraestructura y del Estado.

delitos agravadosbienes publicossanciones
Art.
196

Artículo 196. Estafa

La estafa se castiga con penas de uno a seis años de prision, enfocandose en el engaño para obtener beneficios. Este articulo busca proteger a las victimas de fraudes.

estafafraudedelitos
Art.
196

Artículo 196. Estafa

La estafa se castiga con penas de uno a seis años de prision, enfocandose en el engaño para obtener beneficios. Este articulo busca proteger a las victimas de fraudes.

estafafraudedelitos
Art.
197

Artículo 197. Casos de defraudacion

La defraudacion puede acarrear penas de uno a cuatro años, especialmente en casos de fraude procesal o abuso de confianza. Este articulo busca sancionar conductas deshonestas.

defraudacionfraude procesalsanciones
Art.
198

Artículo 198. Administracion fraudulenta

Este articulo castiga a quienes, en funciones de administracion, cometen fraudes que afectan a la persona juridica. Las penas varian de dos a cinco años.

administracion fraudulentapersonas juridicassanciones
Art.
198

Artículo 198. Administracion fraudulenta

Este articulo castiga a quienes, en funciones de administracion, cometen fraudes que afectan a la persona juridica. Las penas varian de dos a cinco años.

administracion fraudulentapersonas juridicassanciones
Art.
199

Artículo 199. Contabilidad paralela

Mantener contabilidad paralela para obtener ventajas indebidas es un delito que puede llevar a penas de dos a cinco años. Este articulo busca asegurar la transparencia financiera.

contabilidad paralelatransparenciasanciones
Art.
200

Artículo 200. Extorsion

La extorsion se castiga con penas de hasta quince años, dependiendo de la gravedad del acto. Este articulo protege a las victimas de amenazas y violencia.

extorsionviolenciasanciones
Art.
200

Artículo 200. Extorsion

La extorsion se castiga con penas de hasta quince años, dependiendo de la gravedad del acto. Este articulo protege a las victimas de amenazas y violencia.

extorsionviolenciasanciones
Art.
201

Artículo 201. Chantaje

El chantaje, al amenazar con revelar información perjudicial, se castiga con penas de tres a seis años. Este articulo protege a las personas de abusos.

chantajeamenazassanciones
Art.
202

Artículo 202. Usurpacion

La usurpacion de inmuebles se castiga con penas de dos a cinco años. Este articulo busca proteger la propiedad y los derechos de posesion.

usurpacionpropiedadsanciones
Art.
203

Artículo 203. Desvio ilegal de aguas

Desviar el curso de aguas para obtener beneficios es un delito que puede acarrear penas de uno a tres años. Este articulo protege los recursos hídricos.

desvio de aguasrecursos hidricossanciones
Art.
204

Artículo 204. Formas agravadas de usurpacion

Las penas por usurpacion aumentan significativamente si se utilizan armas o se afecta a bienes del Estado. Este articulo busca disuadir conductas violentas.

usurpacion agravadasancionesviolencia
Art.
205

Artículo 205. Dano simple

Causar daño a bienes ajenos se castiga con penas de hasta tres años. Este articulo busca proteger la propiedad privada.

danopropiedadsanciones
Art.
206

Artículo 206. Formas agravadas del delito

Este articulo establece penas agravadas para delitos que afectan bienes de valor cultural, infraestructura pública y que involucran violencia. Las penas van de uno a seis años de privación de libertad, dependiendo de la gravedad del acto.

delitospenainfraestructura
Art.
206

Artículo 206. Formas agravadas del delito

Este articulo establece penas agravadas para delitos que afectan bienes de valor cultural, infraestructura pública y que involucran violencia. Las penas van de uno a seis años de privación de libertad, dependiendo de la gravedad del acto.

delitospenainfraestructura
Art.
207

Artículo 207. Alimentos en mal estado para animales

Este articulo penaliza la producción y venta de alimentos dañados para animales, con penas de hasta un año de prisión. Se busca proteger la salud de los animales mediante la regulación de la calidad de los productos.

alimentosanimalessalud
Art.
207

Artículo 207. Alimentos en mal estado para animales

Este articulo penaliza la producción y venta de alimentos dañados para animales, con penas de hasta un año de prisión. Se busca proteger la salud de los animales mediante la regulación de la calidad de los productos.

alimentosanimalessalud
Art.
207

Artículo 207. Alimentos en mal estado para animales

Este articulo penaliza la producción y venta de alimentos dañados para animales, con penas de hasta un año de prisión. Se busca proteger la salud de los animales mediante la regulación de la calidad de los productos.

alimentosanimalessalud
Art.
207

Artículo 207. Alimentos en mal estado para animales

Este articulo penaliza la producción y venta de alimentos dañados para animales, con penas de hasta un año de prisión. Se busca proteger la salud de los animales mediante la regulación de la calidad de los productos.

alimentosanimalessalud
Art.
207

Artículo 207. Alimentos en mal estado para animales

Este articulo penaliza la producción y venta de alimentos dañados para animales, con penas de hasta un año de prisión. Se busca proteger la salud de los animales mediante la regulación de la calidad de los productos.

alimentosanimalessalud
Art.
208

Artículo 208. Excusa absolutoria en delitos

Este articulo establece que ciertos hurtos y daños entre familiares no son reprimibles, salvo en contextos de violencia. Se busca evitar la criminalización de conflictos familiares.

hurtosfamiliaviolencia
Art.
208

Artículo 208. Excusa absolutoria en delitos

Este articulo establece que ciertos hurtos y daños entre familiares no son reprimibles, salvo en contextos de violencia. Se busca evitar la criminalización de conflictos familiares.

hurtosfamiliaviolencia
Art.
209

Artículo 209. Actos ilícitos en insolvencia

Este articulo sanciona a deudores que oculten bienes o simulen deudas en procesos de insolvencia, con penas de hasta seis años. Se busca proteger los derechos de los acreedores.

insolvenciadeudoresactos ilícitos
Art.
210

Artículo 210. Delito por culpa del agente

Este articulo establece que si un agente comete actos ilícitos por culpa, las penas se reducen a la mitad. Se busca considerar la intención detrás de la acción.

culpapenadelitos
Art.
211

Artículo 211. Suspensión ilícita de obligaciones

Este articulo sanciona a quienes logran suspender obligaciones de deudores mediante información falsa en procesos de insolvencia, con penas de hasta seis años. Se busca mantener la transparencia en estos procesos.

suspensiónobligacionesinsolvencia
Art.
212

Artículo 212. Beneficios por colaboración

Este articulo permite reducir penas a quienes colaboren con la justicia en investigaciones sobre delitos, incentivando la cooperación. Se busca esclarecer delitos y recuperar bienes.

colaboraciónbeneficiospena
Art.
213

Artículo 213. Acción penal e intervención del INDECOPI

Este articulo establece que ciertos delitos solo se procesan por acción privada y permite la intervención del INDECOPI en ausencia de denuncia. Se busca proteger la competencia y propiedad intelectual.

acción penalindecopicompetencia
Art.
213

Artículo 213. Acción penal e intervención del INDECOPI

Este articulo establece que ciertos delitos solo se procesan por acción privada y permite la intervención del INDECOPI en ausencia de denuncia. Se busca proteger la competencia y propiedad intelectual.

acción penalindecopicompetencia
Art.
214

Artículo 214. Usura en creditos

El articulo 214 establece sanciones para quienes cobren intereses superiores a los permitidos por la ley en la concesion de creditos. Las penas varian dependiendo de la capacidad del agraviado, aumentando si este es incapaz o se encuentra en estado de necesidad.

usurainteresescreditos
Art.
215

Artículo 215. Libramientos indebidos

El articulo 215 tipifica como delito el girar o cobrar cheques sin fondos suficientes o con autorización falsa. Las penas pueden llegar hasta cinco años de privacion de libertad, dependiendo de la gravedad del caso.

chequeslibramientospenal
Art.
216

Artículo 216. Copia no autorizada

El articulo 216 sanciona la reproducción de obras sin la autorización del autor, con penas de hasta cuatro años de prisión. Se considera una violación grave a los derechos de autor.

derechos de autorcopiareproduccion
Art.
217

Artículo 217. Difusion sin autorizacion

El articulo 217 penaliza la difusión de obras sin el consentimiento del autor, con penas que pueden llegar hasta seis años de prisión. Esto incluye la modificación y distribución de obras sin autorización.

difusionderechos de autorpenal
Art.
218

Artículo 218. Formas agravadas de violacion

El articulo 218 establece penas más severas para la reproducción y distribución de obras sin autorización en ciertas circunstancias, como la comercialización con fines económicos. Las penas pueden llegar hasta ocho años de prisión.

agravantesderechos de autorpenal
Art.
219

Artículo 219. Plagio

El articulo 219 tipifica el plagio como un delito, imponiendo penas de hasta seis años de prisión por difundir obras ajenas como propias. Esto incluye cualquier forma de copia o reproducción no autorizada.

plagioderechos de autorpenal
Art.
220

Artículo 220. Formas agravadas de plagio

El articulo 220 establece penas más severas para quienes se atribuyan falsamente derechos de autor o realicen actividades sin autorización. Las penas pueden llegar hasta ocho años de prisión.

plagioagravantesderechos de autor
Art.
220

Artículo 220. Formas agravadas de plagio

El articulo 220 establece penas más severas para quienes se atribuyan falsamente derechos de autor o realicen actividades sin autorización. Las penas pueden llegar hasta ocho años de prisión.

plagioagravantesderechos de autor
Art.
220

Artículo 220. Formas agravadas de plagio

El articulo 220 establece penas más severas para quienes se atribuyan falsamente derechos de autor o realicen actividades sin autorización. Las penas pueden llegar hasta ocho años de prisión.

plagioagravantesderechos de autor
Art.
220

Artículo 220. Formas agravadas de plagio

El articulo 220 establece penas más severas para quienes se atribuyan falsamente derechos de autor o realicen actividades sin autorización. Las penas pueden llegar hasta ocho años de prisión.

plagioagravantesderechos de autor
Art.
220

Artículo 220. Formas agravadas de plagio

El articulo 220 establece penas más severas para quienes se atribuyan falsamente derechos de autor o realicen actividades sin autorización. Las penas pueden llegar hasta ocho años de prisión.

plagioagravantesderechos de autor
Art.
220

Artículo 220. Formas agravadas de plagio

El articulo 220 establece penas más severas para quienes se atribuyan falsamente derechos de autor o realicen actividades sin autorización. Las penas pueden llegar hasta ocho años de prisión.

plagioagravantesderechos de autor
Art.
220

Artículo 220. Formas agravadas de plagio

El articulo 220 establece penas más severas para quienes se atribuyan falsamente derechos de autor o realicen actividades sin autorización. Las penas pueden llegar hasta ocho años de prisión.

plagioagravantesderechos de autor
Art.
221

Artículo 221. Incautacion y comiso

El articulo 221 establece procedimientos para la incautación preventiva de materiales y evidencias en delitos de propiedad intelectual. Esto incluye la autorización judicial para el allanamiento de locales.

incautacioncomisoevidencias
Art.
222

Artículo 222. Fabricacion no autorizada de patente

El articulo 222 sanciona la fabricación o uso no autorizado de productos patentados, con penas de hasta cinco años de prisión. Esto incluye la violación de derechos de propiedad industrial.

patentesfabricacionuso no autorizado
Art.
222

Artículo 222. Clonacion de terminales

Este articulo establece penas para quienes clonen o adulteren terminales de telecomunicaciones, incluyendo multas y privacion de libertad. La ley busca proteger la integridad de las comunicaciones.

clonaciontelecomunicacionesdelitos informaticos
Art.
222

Artículo 222. Clonacion de terminales

Este articulo establece penas para quienes clonen o adulteren terminales de telecomunicaciones, incluyendo multas y privacion de libertad. La ley busca proteger la integridad de las comunicaciones.

clonaciontelecomunicacionesdelitos informaticos
Art.
222

Artículo 222. Clonacion de terminales

Este articulo establece penas para quienes clonen o adulteren terminales de telecomunicaciones, incluyendo multas y privacion de libertad. La ley busca proteger la integridad de las comunicaciones.

clonaciontelecomunicacionesdelitos informaticos
Art.
222

Artículo 222. Clonacion de terminales

Este articulo establece penas para quienes clonen o adulteren terminales de telecomunicaciones, incluyendo multas y privacion de libertad. La ley busca proteger la integridad de las comunicaciones.

clonaciontelecomunicacionesdelitos informaticos
Art.
223

Artículo 223. Uso no autorizado de diseño industrial

Este articulo penaliza el uso o venta no autorizada de diseños industriales, con penas de dos a cinco años. La ley protege los derechos de propiedad industrial y busca prevenir el uso indebido de marcas.

diseño industrialpropiedad intelectualdelito
Art.
224

Artículo 224. Incautacion preventiva y comiso

Este articulo establece procedimientos para la incautacion preventiva de materiales relacionados con delitos, asegurando que se sigan los debidos procesos legales. La ley permite al Fiscal solicitar autorizaciones para incautaciones.

incautacioncomisoprocedimientos
Art.
225

Artículo 225. Condicion de participacion del agente

Este articulo establece penas para agentes que cometen delitos en el marco de organizaciones criminales o siendo funcionarios públicos. Se busca sancionar la complicidad en delitos relacionados.

participacionorganizacion criminalfuncionarios
Art.
226

Artículo 226. Atentados contra monumentos arqueologicos

Este articulo sanciona a quienes depreden o alteran monumentos arqueologicos, con penas de tres a seis años. La ley protege el patrimonio cultural del pais.

patrimonioarqueologiadelito
Art.
227

Artículo 227. Induccion a atentados arqueologicos

Este articulo penaliza la induccion a la comision de delitos contra sitios arqueologicos, con penas de tres a ocho años. Se busca sancionar a quienes promueven estos actos delictivos.

inducionarqueologiadelito
Art.
228

Artículo 228. Extraccion ilegal de bienes culturales

Este articulo sanciona la extraccion ilegal de bienes culturales, con penas de tres a ocho años. La ley protege el patrimonio cultural prehispanico y paleontologico del Peru.

extraccionbienes culturalesdelito
Art.
229

Artículo 229. Omisión de deberes de funcionarios

Este articulo sanciona a funcionarios que omiten sus deberes y facilitan delitos, con penas de tres a seis años. Se busca responsabilizar a quienes no actúan ante delitos conocidos.

funcionariosomisiondeberes
Art.
230

Artículo 230. Destruccion de patrimonio cultural

Este articulo sanciona la destruccion o extraccion de bienes culturales sin autorizacion, con penas de dos a cinco años. La ley protege el patrimonio cultural de la nacion.

destruccionpatrimoniocultural
Art.
231

Artículo 231. Decomiso de bienes culturales

Este articulo establece que las penas por delitos contra el patrimonio cultural se imponen sin perjuicio del decomiso de materiales y bienes culturales obtenidos indebidamente. Se busca proteger el patrimonio cultural del Estado.

decomisopatrimoniocultural
Art.
232

Artículo 232. Abuso del poder economico

Este articulo sanciona la participacion en acuerdos anticompetitivos, con penas de dos a seis años. La ley busca proteger la libre competencia en el mercado.

poder economicoanticompetitividaddelito
Art.
233

Artículo 233. Acaparamiento de bienes

Este articulo sanciona el acaparamiento de bienes esenciales, con penas de cuatro a seis años. La ley busca prevenir la alteracion de precios y proteger a los consumidores.

acaparamientobienesdelito
Art.
234

Artículo 234. Especulacion y alteracion de precios

Este articulo sanciona la especulacion y alteracion de pesos y medidas en bienes esenciales, imponiendo penas severas en situaciones de emergencia. Las multas y penas de privacion de libertad son significativas, especialmente en contextos de crisis.

especulacionpreciosemergencia
Art.
235

Artículo 235. Adulteracion de productos

Se penaliza la adulteracion de bienes en perjuicio del consumidor, con penas más severas en situaciones de emergencia. Este artículo protege la calidad y cantidad de los productos ofrecidos al público.

adulteracionconsumidorpenal
Art.
236

Artículo 236. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y ya no tiene validez legal. Su eliminación puede afectar la regulación de ciertos delitos económicos.

derogadopenaleconomia
Art.
237

Artículo 237. Venta ilegal de mercaderias

Este articulo castiga la venta de bienes destinados a distribucion gratuita y la comercializacion sin autorizacion. Las penas son severas, especialmente en situaciones de emergencia.

venta ilegalmercaderiaspenal
Art.
238

Artículo 238. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado, lo que significa que ya no es aplicable. Su derogacion puede influir en la regulacion de ciertos delitos.

derogadopenal
Art.
239

Artículo 239. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado y ya no tiene validez legal. Su eliminación puede tener implicaciones en la regulación de delitos económicos.

derogadopenal
Art.
240

Artículo 240. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado, lo que significa que ya no es aplicable. Su derogacion puede influir en la regulacion de ciertos delitos.

derogadopenal
Art.
241

Artículo 241. Fraude en remates y licitaciones

Este articulo sanciona el fraude en remates, licitaciones y concursos publicos, estableciendo penas para quienes acepten dádivas o amenacen a postores. La corrupción en estos procesos es severamente castigada.

fraudelicitacionesremates
Art.
241

Artículo 241. Fraude en remates y licitaciones

Este articulo sanciona el fraude en remates, licitaciones y concursos publicos, estableciendo penas para quienes acepten dádivas o amenacen a postores. La corrupción en estos procesos es severamente castigada.

fraudelicitacionesremates
Art.
241

Artículo 241. Fraude en remates y licitaciones

Este articulo sanciona el fraude en remates, licitaciones y concursos publicos, estableciendo penas para quienes acepten dádivas o amenacen a postores. La corrupción en estos procesos es severamente castigada.

fraudelicitacionesremates
Art.
242

Artículo 242. Rehusamiento a prestar informacion

Este articulo castiga a quienes se nieguen a proporcionar informacion economica o comercial a la autoridad. La falta de transparencia puede acarrear sanciones significativas.

informacioneconomicapenal
Art.
243

Artículo 243. Subvaluacion de mercaderias

Este articulo sanciona la subvaluacion de mercaderias adquiridas con tipo de cambio preferencial, imponiendo penas severas por la venta a precios superiores. La regulación es estricta en este aspecto.

subvaluacionmercaderiaspenal
Art.
243

Artículo 243. Subvaluacion de mercaderias

Este articulo sanciona la subvaluacion de mercaderias adquiridas con tipo de cambio preferencial, imponiendo penas severas por la venta a precios superiores. La regulación es estricta en este aspecto.

subvaluacionmercaderiaspenal
Art.
243

Artículo 243. Subvaluacion de mercaderias

Este articulo sanciona la subvaluacion de mercaderias adquiridas con tipo de cambio preferencial, imponiendo penas severas por la venta a precios superiores. La regulación es estricta en este aspecto.

subvaluacionmercaderiaspenal
Art.
243

Artículo 243. Subvaluacion de mercaderias

Este articulo sanciona la subvaluacion de mercaderias adquiridas con tipo de cambio preferencial, imponiendo penas severas por la venta a precios superiores. La regulación es estricta en este aspecto.

subvaluacionmercaderiaspenal
Art.
243

Artículo 243. Funcionamiento ilegal de juegos

Este articulo sanciona a quienes organizan o explotan juegos de casino y apuestas sin cumplir con los requisitos legales. La pena puede llegar hasta cuatro años de prisión y multas significativas.

juegos de azarcasinoapuestas
Art.
244

Artículo 244. Concentración crediticia

Este articulo penaliza a los funcionarios de instituciones financieras que aprueban créditos por encima de los límites legales. Las penas varían según la gravedad de la infracción.

créditosbancadelitos financieros
Art.
245

Artículo 245. Ocultamiento de información

Este articulo castiga a quienes ocultan información sobre la situación financiera de una institución. La pena puede ser de hasta ocho años de prisión.

información financierabancadelitos financieros
Art.
245

Artículo 245. Ocultamiento de información

Este articulo castiga a quienes ocultan información sobre la situación financiera de una institución. La pena puede ser de hasta ocho años de prisión.

información financierabancadelitos financieros
Art.
246

Artículo 246. Instituciones financieras ilegales

Este articulo penaliza la captación de recursos del público sin autorización. Las penas pueden llegar hasta seis años de prisión.

finanzasbancadelitos financieros
Art.
247

Artículo 247. Financiamiento fraudulento

Este articulo castiga a quienes obtienen créditos mediante información falsa. Las penas aumentan si la institución es intervenida.

financiamientobancadelitos financieros
Art.
248

Artículo 248. Condicionamiento de créditos

Este articulo sanciona a quienes condicionan créditos a contraprestaciones indebidas. Las penas pueden ser de hasta tres años de prisión.

créditosbancadelitos financieros
Art.
249

Artículo 249. Pánico financiero

Este articulo castiga la difusión de noticias falsas que generan alarma en el sistema financiero. Las penas son más severas para funcionarios del sector.

pánico financieronoticias falsasdelitos financieros
Art.
250

Artículo 250. Omisión de provisiones

Este articulo penaliza a quienes omiten provisiones específicas en instituciones financieras. Las penas pueden ser de hasta tres años de prisión.

provisionesbancadelitos financieros
Art.
251

Artículo 251. Desvío de crédito promocional

Este articulo sanciona el uso indebido de créditos promocionales. La pena puede ser de hasta dos años de prisión.

créditosbancadelitos financieros
Art.
251

Artículo 251. Desvío de crédito promocional

Este articulo sanciona el uso indebido de créditos promocionales. La pena puede ser de hasta dos años de prisión.

créditosbancadelitos financieros
Art.
251

Artículo 251. Desvío de crédito promocional

Este articulo sanciona el uso indebido de créditos promocionales. La pena puede ser de hasta dos años de prisión.

créditosbancadelitos financieros
Art.
252

Artículo 252. Falsificación de moneda

Este articulo castiga la falsificación de moneda de curso legal. Las penas pueden llegar hasta doce años de prisión.

falsificaciónmonedadelitos financieros
Art.
253

Artículo 253. Alteración de moneda

Este articulo sanciona la alteración de moneda con el fin de atribuirles un valor superior. Las penas pueden ser de hasta diez años de prisión.

alteraciónmonedadelitos financieros
Art.
254

Artículo 254. Tráfico de moneda falsa

Este articulo penaliza la introducción y comercialización de moneda falsa. Las penas varían según el valor nominal de la moneda.

tráficomoneda falsadelitos financieros
Art.
255

Artículo 255. Fabricacion de instrumentos falsificadores

Este articulo penaliza la fabricacion e introduccion de instrumentos destinados a la falsificacion de billetes o monedas. La pena puede ser de cinco a doce años de privacion de libertad y multas significativas.

falsificacionbilletesmonedas
Art.
256

Artículo 256. Alteracion de billetes y monedas

Este articulo establece sanciones para quienes alteren, dañen o reproduzcan billetes y monedas, con multas que oscilan entre treinta y ciento veinte días-multa. La intencion de causar confusion es un factor clave.

alteracionbilletesmonedas
Art.
257

Artículo 257. Aplicacion extensiva de disposiciones

Las disposiciones de este capitulo se aplican no solo a billetes y monedas peruanos, sino tambien a valores de otros paises. Esto amplifica el alcance de las leyes contra la falsificacion.

aplicacionbilletesmonedas
Art.
257

Artículo 257. Aplicacion extensiva de disposiciones

Las disposiciones de este capitulo se aplican no solo a billetes y monedas peruanos, sino tambien a valores de otros paises. Esto amplifica el alcance de las leyes contra la falsificacion.

aplicacionbilletesmonedas
Art.
258

Artículo 258. Emision ilegal de billetes

Los funcionarios del Banco Central que emitan numerario en exceso de lo autorizado enfrentan penas de dos a seis años de privacion de libertad. Este articulo regula la correcta emision de dinero.

emisionbilletesbanco central
Art.
259

Artículo 259. Uso ilegal de divisas

Este articulo sanciona el uso indebido de divisas asignadas por el Banco Central, con penas de dos a diez años de privacion de libertad. Se penaliza tanto al que usa las divisas de manera incorrecta como a quienes facilitan el delito.

divisasbanco centralpena
Art.
260

Artículo 260. Retencion indebida de divisas

Este articulo castiga la retencion indebida de divisas generadas por exportaciones, con penas de dos a cuatro años de privacion de libertad. La entrega oportuna es crucial.

retenciondivisasexportaciones
Art.
261

Artículo 261. Valores equiparados a moneda

Este articulo establece que ciertos instrumentos financieros, como bonos y acciones, son equiparados a billetes y monedas en el contexto de la ley. Esto amplía la aplicacion de las sanciones.

valoresmonedabilletes
Art.
262

Artículo 262. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado por la Ley 26461, por lo que ya no tiene validez legal. Su contenido ya no es aplicable.

derogadoleyvalidez
Art.
263

Artículo 263. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado por la Ley 26461, por lo que ya no tiene validez legal. Su contenido ya no es aplicable.

derogadoleyvalidez
Art.
264

Artículo 264. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado por la Ley 26461, por lo que ya no tiene validez legal. Su contenido ya no es aplicable.

derogadoleyvalidez
Art.
265

Artículo 265. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado por la Ley 26461, por lo que ya no tiene validez legal. Su contenido ya no es aplicable.

derogadoleyvalidez
Art.
266

Artículo 266. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado por la Ley 26461, por lo que ya no tiene validez legal. Su contenido ya no es aplicable.

derogadoleyvalidez
Art.
267

Artículo 267. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado por la Ley 26461, por lo que ya no tiene validez legal. Su contenido ya no es aplicable.

derogadoleyvalidez
Art.
268

Artículo 268. Articulo derogado

Este articulo ha sido sustituido y luego derogado, por lo que ya no tiene validez legal. Su contenido ya no es aplicable.

derogadoleyvalidez
Art.
269

Artículo 269. Artículo derogado

Este artículo fue derogado y no tiene validez legal. Se refiere a disposiciones que ya no son aplicables en el Código Penal del Perú.

derogadocodigo penalperu
Art.
270

Artículo 270. Artículo derogado

Este artículo también ha sido derogado, lo que significa que las disposiciones que contenía ya no son aplicables. Se relaciona con la elaboración y comercio clandestino de productos.

derogadocodigo penalperu
Art.
271

Artículo 271. Elaboración clandestina de productos

Este artículo establece penas para quienes elaboren mercaderías prohibidas sin autorización. Las sanciones varían de uno a cuatro años de prisión.

elaboracion clandestinamercaderiassanciones
Art.
271

Artículo 271. Elaboración clandestina de productos

Este artículo establece penas para quienes elaboren mercaderías prohibidas sin autorización. Las sanciones varían de uno a cuatro años de prisión.

elaboracion clandestinamercaderiassanciones
Art.
272

Artículo 272. Comercio clandestino

Este artículo sanciona el comercio sin autorización, con penas de uno a tres años y multas. Las conductas agravantes pueden aumentar la pena a hasta ocho años.

comercio clandestinosancionestributos
Art.
272

Artículo 272. Comercio clandestino

Este artículo sanciona el comercio sin autorización, con penas de uno a tres años y multas. Las conductas agravantes pueden aumentar la pena a hasta ocho años.

comercio clandestinosancionestributos
Art.
272

Artículo 272. Comercio clandestino

Este artículo sanciona el comercio sin autorización, con penas de uno a tres años y multas. Las conductas agravantes pueden aumentar la pena a hasta ocho años.

comercio clandestinosancionestributos
Art.
273

Artículo 273. Peligro por incendio o explosión

Se sanciona la creación de peligro común mediante incendio o explosión con penas de tres a diez años de prisión.

incendioexplosionsanciones
Art.
273

Artículo 273. Peligro por incendio o explosión

Se sanciona la creación de peligro común mediante incendio o explosión con penas de tres a diez años de prisión.

incendioexplosionsanciones
Art.
274

Artículo 274. Conducción en estado de ebriedad

Se penaliza la conducción bajo efectos de alcohol o drogas con penas de seis meses a dos años, aumentando en casos de transporte público.

ebriedadtransportesanciones
Art.
274

Artículo 274. Conducción en estado de ebriedad

Se penaliza la conducción bajo efectos de alcohol o drogas con penas de seis meses a dos años, aumentando en casos de transporte público.

ebriedadtransportesanciones
Art.
275

Artículo 275. Formas agravadas de delitos

Se establecen penas de seis a quince años para delitos que causan peligro de muerte o daños significativos durante la comisión de un delito.

delitossancionespeligro
Art.
276

Artículo 276. Estragos especiales

Se sanciona la causación de estragos mediante inundaciones o derrumbes, con penas conforme a los artículos relacionados.

estragosinundacionessanciones
Art.
277

Artículo 277. Daños a obras de defensa común

Se sanciona el daño a diques u obras de defensa común con penas de tres a ocho años de prisión.

defensa comundañossanciones
Art.
278

Artículo 278. Formas culposas de desastre

Se sanciona a quienes causan desastres por culpa con penas de uno a tres años de prisión.

culpadesastresanciones
Art.
279

Artículo 279. Fabricación y tenencia de materiales peligrosos

Este artículo sanciona la fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos sin autorización. Las penas varían de seis a quince años de prisión, dependiendo de la gravedad del delito y el riesgo que representa para la salud y el medio ambiente.

materiales peligrosossuministropena privativa de libertad
Art.
279

Artículo 279. Fabricación y tenencia de materiales peligrosos

Este artículo sanciona la fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos sin autorización. Las penas varían de seis a quince años de prisión, dependiendo de la gravedad del delito y el riesgo que representa para la salud y el medio ambiente.

materiales peligrosossuministropena privativa de libertad
Art.
279

Artículo 279. Fabricación y tenencia de materiales peligrosos

Este artículo sanciona la fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos sin autorización. Las penas varían de seis a quince años de prisión, dependiendo de la gravedad del delito y el riesgo que representa para la salud y el medio ambiente.

materiales peligrosossuministropena privativa de libertad
Art.
279

Artículo 279. Fabricación y tenencia de materiales peligrosos

Este artículo sanciona la fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos sin autorización. Las penas varían de seis a quince años de prisión, dependiendo de la gravedad del delito y el riesgo que representa para la salud y el medio ambiente.

materiales peligrosossuministropena privativa de libertad
Art.
279

Artículo 279. Fabricación y tenencia de materiales peligrosos

Este artículo sanciona la fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos sin autorización. Las penas varían de seis a quince años de prisión, dependiendo de la gravedad del delito y el riesgo que representa para la salud y el medio ambiente.

materiales peligrosossuministropena privativa de libertad
Art.
279

Artículo 279. Fabricación y tenencia de materiales peligrosos

Este artículo sanciona la fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos sin autorización. Las penas varían de seis a quince años de prisión, dependiendo de la gravedad del delito y el riesgo que representa para la salud y el medio ambiente.

materiales peligrosossuministropena privativa de libertad
Art.
279

Artículo 279. Fabricación y tenencia de materiales peligrosos

Este artículo sanciona la fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos sin autorización. Las penas varían de seis a quince años de prisión, dependiendo de la gravedad del delito y el riesgo que representa para la salud y el medio ambiente.

materiales peligrosossuministropena privativa de libertad
Art.
279

Artículo 279. Fabricación y tenencia de materiales peligrosos

Este artículo sanciona la fabricación, suministro o tenencia de materiales peligrosos sin autorización. Las penas varían de seis a quince años de prisión, dependiendo de la gravedad del delito y el riesgo que representa para la salud y el medio ambiente.

materiales peligrosossuministropena privativa de libertad
Art.
280

Artículo 280. Atentado contra medios de transporte

Sanciona actos que pongan en peligro la seguridad de medios de transporte, con penas de tres a seis años. Si hay consecuencias graves, la pena aumenta significativamente.

atentadomedios de transportepena privativa de libertad
Art.
280

Artículo 280. Atentado contra medios de transporte

Sanciona actos que pongan en peligro la seguridad de medios de transporte, con penas de tres a seis años. Si hay consecuencias graves, la pena aumenta significativamente.

atentadomedios de transportepena privativa de libertad
Art.
281

Artículo 281. Atentado contra la seguridad común

Sanciona actos que pongan en peligro la seguridad común, con penas de seis a diez años. Se incluyen atentados contra infraestructura crítica.

atentadoseguridad comúnpena privativa de libertad
Art.
282

Artículo 282. Forma culposa

Sanciona los hechos de peligro ocasionados por culpa, con penas de hasta dos años. Se busca responsabilizar a quienes actúan de manera negligente.

culpapeligropena privativa de libertad
Art.
283

Artículo 283. Entorpecimiento de servicios públicos

Sanciona el entorpecimiento del funcionamiento de servicios públicos, con penas de cuatro a seis años. Agravantes pueden aumentar la pena significativamente.

entorpecimientoservicios públicospena privativa de libertad
Art.
283

Artículo 283. Entorpecimiento de servicios públicos

Sanciona el entorpecimiento del funcionamiento de servicios públicos, con penas de cuatro a seis años. Agravantes pueden aumentar la pena significativamente.

entorpecimientoservicios públicospena privativa de libertad
Art.
284

Artículo 284. Abandono de servicio de transporte

Sanciona el abandono del servicio de transporte antes de finalizar el viaje, con penas de uno a cuatro años. Se busca garantizar la responsabilidad de los operadores.

abandonoservicio de transportepena privativa de libertad
Art.
285

Artículo 285. Sustitución de funciones en transporte

Este articulo penaliza a quien, mediante violencia o fraude, impida el cumplimiento de funciones del capitán o piloto de un medio de transporte. La pena puede variar de uno a cinco años de prisión.

transporteviolenciafunciones
Art.
286

Artículo 286. Contaminación de insumos humanos

Este articulo establece penas para quienes contaminen o adulteren bienes destinados al consumo humano, así como para quienes alteren su fecha de vencimiento. La pena oscila entre tres y seis años de prisión.

contaminacionbienesconsumo
Art.
287

Artículo 287. Contaminación de alimentos y bebidas

Se sanciona la contaminación o adulteración de alimentos y bebidas, así como la alteración de su fecha de vencimiento, con penas de cuatro a diez años de prisión. Este artículo busca proteger la salud pública.

alimentosbebidascontaminacion
Art.
288

Artículo 288. Tráfico ilícito de alimentos

Este articulo penaliza la producción y comercialización de alimentos contaminados o adulterados, con penas de cuatro a ocho años de prisión. La responsabilidad se extiende a quienes actúan con culpa.

traficoalimentospena
Art.
288

Artículo 288. Tráfico ilícito de alimentos

Este articulo penaliza la producción y comercialización de alimentos contaminados o adulterados, con penas de cuatro a ocho años de prisión. La responsabilidad se extiende a quienes actúan con culpa.

traficoalimentospena
Art.
288

Artículo 288. Tráfico ilícito de alimentos

Este articulo penaliza la producción y comercialización de alimentos contaminados o adulterados, con penas de cuatro a ocho años de prisión. La responsabilidad se extiende a quienes actúan con culpa.

traficoalimentospena
Art.
288

Artículo 288. Tráfico ilícito de alimentos

Este articulo penaliza la producción y comercialización de alimentos contaminados o adulterados, con penas de cuatro a ocho años de prisión. La responsabilidad se extiende a quienes actúan con culpa.

traficoalimentospena
Art.
289

Artículo 289. Propagación de enfermedades peligrosas

Este articulo sanciona a quien propague enfermedades peligrosas o contagiosas, con penas de tres a diez años de prisión, y penas más severas si hay lesiones graves o muerte.

enfermedadescontagiosaspena
Art.
290

Artículo 290. Ejercicio ilegal de la medicina

Se sanciona a quienes ejerzan la medicina sin título profesional, con penas de uno a cuatro años de prisión, aumentando si hay lesiones o muerte.

medicinailegalpena
Art.
291

Artículo 291. Ejercicio malicioso de la medicina

Este articulo sanciona a quienes, siendo médicos, prometen curaciones infalibles, con penas de hasta dos años o servicio comunitario.

medicinamaliciosopena
Art.
292

Artículo 292. Violación de medidas sanitarias

Se sanciona la violación de medidas sanitarias impuestas por la ley, con penas de seis meses a tres años de prisión y multas.

medidassanitariaspena
Art.
293

Artículo 293. Venta de animales peligrosos

Este articulo penaliza la venta de animales alimentados con desechos sólidos, con penas de uno a cuatro años de prisión y multas.

animalespeligrososventa
Art.
294

Artículo 294. Suministro infiel de productos farmacéuticos

Se sanciona a quienes entreguen productos farmacéuticos en condiciones diferentes a las prescritas, con penas de dos a cuatro años de prisión.

farmaceuticossuministropena
Art.
294

Artículo 294. Suministro infiel de productos farmacéuticos

Se sanciona a quienes entreguen productos farmacéuticos en condiciones diferentes a las prescritas, con penas de dos a cuatro años de prisión.

farmaceuticossuministropena
Art.
294

Artículo 294. Suministro infiel de productos farmacéuticos

Se sanciona a quienes entreguen productos farmacéuticos en condiciones diferentes a las prescritas, con penas de dos a cuatro años de prisión.

farmaceuticossuministropena
Art.
294

Artículo 294. Agravantes por lesiones graves

Este articulo establece penas más severas para delitos que causan lesiones graves o muerte. La pena puede llegar hasta 15 años si el autor pudo prever las consecuencias de su acción.

delitoslesionespena
Art.
295

Artículo 295. Delitos culposos

Este articulo define las penas para delitos cometidos por culpa, limitando la pena a un máximo de dos años o servicio comunitario. Se aplica a delitos menos graves.

culpadelitospena
Art.
296

Artículo 296. Consumo ilegal de drogas

Se penaliza la promoción y facilitación del consumo ilegal de drogas con penas de hasta 15 años. También se sanciona la posesión de drogas para usos ilegales.

drogasconsumopena
Art.
296

Artículo 296. Consumo ilegal de drogas

Se penaliza la promoción y facilitación del consumo ilegal de drogas con penas de hasta 15 años. También se sanciona la posesión de drogas para usos ilegales.

drogasconsumopena
Art.
296

Artículo 296. Consumo ilegal de drogas

Se penaliza la promoción y facilitación del consumo ilegal de drogas con penas de hasta 15 años. También se sanciona la posesión de drogas para usos ilegales.

drogasconsumopena
Art.
296

Artículo 296. Consumo ilegal de drogas

Se penaliza la promoción y facilitación del consumo ilegal de drogas con penas de hasta 15 años. También se sanciona la posesión de drogas para usos ilegales.

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Art.
296

Artículo 296. Consumo ilegal de drogas

Se penaliza la promoción y facilitación del consumo ilegal de drogas con penas de hasta 15 años. También se sanciona la posesión de drogas para usos ilegales.

drogasconsumopena
Art.
297

Artículo 297. Formas agravadas de delitos

Este articulo establece penas severas para delitos relacionados con drogas, especialmente si se cometen en ciertas circunstancias, como en instituciones educativas.

delitosagravadospena
Art.
298

Artículo 298. Elaboración y posesión atenuadas

Se definen penas atenuadas para la elaboración y posesión de pequeñas cantidades de drogas, con un rango de 3 a 7 años de prisión.

elaboraciónposesióndrogas
Art.
299

Artículo 299. Posesión no punible

La posesión de pequeñas cantidades de drogas para consumo personal no es punible, siempre que no se trate de múltiples tipos de drogas.

posesiónno punibledrogas
Art.
300

Artículo 300. Suministro indebido de droga

Se sanciona a los profesionales de la salud que suministren indebidamente drogas, con penas de hasta 5 años de prisión.

suministroindebidodrogas
Art.
301

Artículo 301. Coacción al consumo de droga

Este articulo penaliza la coacción para el consumo de drogas, con penas que pueden llegar hasta 15 años si hay afectación grave a la salud de la víctima.

coacciónconsumodrogas
Art.
302

Artículo 302. Inducción al consumo de droga

Se establece pena para quienes induzcan a otros al consumo indebido de drogas, con sanciones que varían según la intención y la vulnerabilidad de la víctima.

inducciónconsumodrogas
Art.
302

Artículo 302. Inducción al consumo de droga

Se establece pena para quienes induzcan a otros al consumo indebido de drogas, con sanciones que varían según la intención y la vulnerabilidad de la víctima.

inducciónconsumodrogas
Art.
303

Artículo 303. Expulsión de extranjeros

Los extranjeros que cumplan pena de prisión serán expulsados del país, prohibiéndose su reingreso. Esto afecta a aquellos con antecedentes penales.

expulsiónextranjerospena
Art.
303

Artículo 303. Traffico de migrantes

Este articulo tipifica el trafico ilicito de migrantes, estableciendo penas para quienes faciliten el ingreso o reingreso ilegal de personas al pais. Se busca combatir esta actividad delictiva que pone en riesgo vidas.

trafico de migrantesdelitos migratoriosderechos humanos
Art.
303

Artículo 303. Traffico de migrantes

Este articulo tipifica el trafico ilicito de migrantes, estableciendo penas para quienes faciliten el ingreso o reingreso ilegal de personas al pais. Se busca combatir esta actividad delictiva que pone en riesgo vidas.

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Art.
303

Artículo 303. Traffico de migrantes

Este articulo tipifica el trafico ilicito de migrantes, estableciendo penas para quienes faciliten el ingreso o reingreso ilegal de personas al pais. Se busca combatir esta actividad delictiva que pone en riesgo vidas.

trafico de migrantesdelitos migratoriosderechos humanos
Art.
304

Artículo 304. Contaminación del ambiente

Se sanciona a quienes causan daño ambiental mediante descargas o emisiones contaminantes, con penas de 4 a 6 años. Este artículo busca proteger la salud ambiental.

contaminacionambientesanciones
Art.
305

Artículo 305. Formas agravadas de contaminación

Las penas aumentan significativamente si se falsea información sobre contaminación o se obstaculiza la fiscalización. Esto puede llevar a penas de hasta 10 años.

contaminaciondelitos agravadossanciones
Art.
306

Artículo 306. Incumplimiento en manejo de residuos

Se sanciona el establecimiento de vertederos sin autorización, con penas de hasta 4 años. Esto afecta la salud pública y el ambiente.

residuossancionesambiente
Art.
307

Artículo 307. Tráfico ilegal de residuos peligrosos

Este artículo penaliza el manejo ilegal de residuos tóxicos, con penas de 4 a 6 años. Busca proteger el ambiente de desechos peligrosos.

residuos peligrososdelitossanciones
Art.
307

Artículo 307. Tráfico ilegal de residuos peligrosos

Este artículo penaliza el manejo ilegal de residuos tóxicos, con penas de 4 a 6 años. Busca proteger el ambiente de desechos peligrosos.

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Art.
307

Artículo 307. Tráfico ilegal de residuos peligrosos

Este artículo penaliza el manejo ilegal de residuos tóxicos, con penas de 4 a 6 años. Busca proteger el ambiente de desechos peligrosos.

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Art.
307

Artículo 307. Tráfico ilegal de residuos peligrosos

Este artículo penaliza el manejo ilegal de residuos tóxicos, con penas de 4 a 6 años. Busca proteger el ambiente de desechos peligrosos.

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Art.
307

Artículo 307. Tráfico ilegal de residuos peligrosos

Este artículo penaliza el manejo ilegal de residuos tóxicos, con penas de 4 a 6 años. Busca proteger el ambiente de desechos peligrosos.

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Art.
307

Artículo 307. Tráfico ilegal de residuos peligrosos

Este artículo penaliza el manejo ilegal de residuos tóxicos, con penas de 4 a 6 años. Busca proteger el ambiente de desechos peligrosos.

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Art.
307

Artículo 307. Tráfico ilegal de residuos peligrosos

Este artículo penaliza el manejo ilegal de residuos tóxicos, con penas de 4 a 6 años. Busca proteger el ambiente de desechos peligrosos.

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Art.
307

Artículo 307. Tráfico ilegal de residuos peligrosos

Este artículo penaliza el manejo ilegal de residuos tóxicos, con penas de 4 a 6 años. Busca proteger el ambiente de desechos peligrosos.

residuos peligrososdelitossanciones
Art.
308

Artículo 308. Tráfico ilegal de especies

Este artículo sanciona el tráfico de flora y fauna silvestre sin permisos, con penas de 3 a 5 años. Busca proteger la biodiversidad del país.

trafico de especiesflorafauna
Art.
308

Artículo 308. Traffico ilegal de especies acuaticas

Este articulo penaliza el trafico ilegal de especies acuaticas, estableciendo penas y multas para quienes adquieran o comercialicen sin permisos. Se busca proteger la biodiversidad marina.

especies acuaticasbiodiversidaddelitos ambientales
Art.
308

Artículo 308. Traffico ilegal de especies acuaticas

Este articulo penaliza el trafico ilegal de especies acuaticas, estableciendo penas y multas para quienes adquieran o comercialicen sin permisos. Se busca proteger la biodiversidad marina.

especies acuaticasbiodiversidaddelitos ambientales
Art.
308

Artículo 308. Traffico ilegal de especies acuaticas

Este articulo penaliza el trafico ilegal de especies acuaticas, estableciendo penas y multas para quienes adquieran o comercialicen sin permisos. Se busca proteger la biodiversidad marina.

especies acuaticasbiodiversidaddelitos ambientales
Art.
308

Artículo 308. Tráfico ilegal de recursos genéticos

Este artículo establece penas para quienes manejen recursos genéticos de flora y fauna silvestre sin autorización. Las sanciones incluyen prisión de tres a cinco años y multas significativas.

trafico de recursosflora y faunasanciones
Art.
308

Artículo 308. Tráfico ilegal de recursos genéticos

Este artículo establece penas para quienes manejen recursos genéticos de flora y fauna silvestre sin autorización. Las sanciones incluyen prisión de tres a cinco años y multas significativas.

trafico de recursosflora y faunasanciones
Art.
309

Artículo 309. Formas agravadas de delitos ambientales

Se establecen penas más severas para delitos ambientales en circunstancias agravantes, como el uso de armas o la afectación de áreas protegidas. Las penas pueden llegar hasta 20 años.

delitos ambientalespenas agravadasespecies protegidas
Art.
310

Artículo 310. Delitos contra los bosques

Se penaliza la destrucción o daño a bosques sin autorización, con penas de cuatro a seis años de prisión. Esto incluye la tala y quema de áreas boscosas.

bosquesdestruccionautorizacion
Art.
310

Artículo 310. Delitos contra los bosques

Se penaliza la destrucción o daño a bosques sin autorización, con penas de cuatro a seis años de prisión. Esto incluye la tala y quema de áreas boscosas.

bosquesdestruccionautorizacion
Art.
310

Artículo 310. Delitos contra los bosques

Se penaliza la destrucción o daño a bosques sin autorización, con penas de cuatro a seis años de prisión. Esto incluye la tala y quema de áreas boscosas.

bosquesdestruccionautorizacion
Art.
310

Artículo 310. Delitos contra los bosques

Se penaliza la destrucción o daño a bosques sin autorización, con penas de cuatro a seis años de prisión. Esto incluye la tala y quema de áreas boscosas.

bosquesdestruccionautorizacion
Art.
311

Artículo 311. Utilización indebida de tierras agrícolas

Se penaliza la utilización de tierras agrícolas para fines no autorizados, con penas de dos a cuatro años de prisión. Esto incluye la venta de tierras agrícolas para fines urbanos.

tierras agrícolasuso indebidomultas
Art.
312

Artículo 312. Autorización de actividades no conformes

Los funcionarios que autorizan proyectos no conformes con la ley enfrentarán penas de dos a cuatro años de prisión. Esto incluye inhabilitación para ejercer funciones públicas.

autorizacionfuncionariosproyectos
Art.
313

Artículo 313. Alteración del ambiente

Se sanciona la alteración del ambiente o paisaje natural sin autorización, con penas de hasta cuatro años de prisión. Esto incluye la tala de árboles y construcción de obras.

alteracionambientepaisaje
Art.
314

Artículo 314. Responsabilidad de funcionarios públicos

Los funcionarios que otorgan autorizaciones ilegales enfrentarán penas de cuatro a siete años de prisión. Esto incluye inhabilitación para ejercer funciones públicas.

responsabilidadfuncionariosautorizaciones
Art.
314

Artículo 314. Responsabilidad de funcionarios públicos

Los funcionarios que otorgan autorizaciones ilegales enfrentarán penas de cuatro a siete años de prisión. Esto incluye inhabilitación para ejercer funciones públicas.

responsabilidadfuncionariosautorizaciones
Art.
314

Artículo 314. Responsabilidad por información falsa

Se establece la penalización por presentar información falsa en documentos de gestión forestal. Las penas van de cuatro a seis años de prisión y posibles inhabilitaciones.

informacion falsadocumentos legalessanciones
Art.
314

Artículo 314. Responsabilidad por información falsa

Se establece la penalización por presentar información falsa en documentos de gestión forestal. Las penas van de cuatro a seis años de prisión y posibles inhabilitaciones.

informacion falsadocumentos legalessanciones
Art.
314

Artículo 314. Responsabilidad por información falsa

Se establece la penalización por presentar información falsa en documentos de gestión forestal. Las penas van de cuatro a seis años de prisión y posibles inhabilitaciones.

informacion falsadocumentos legalessanciones
Art.
315

Artículo 315. Disturbios

Se sanciona con penas severas a quienes causen disturbios en reuniones tumultuarias, especialmente si hay violencia o daños a la propiedad. La ley busca mantener el orden público.

disturbiosorden publicosanciones
Art.
315

Artículo 315. Disturbios

Se sanciona con penas severas a quienes causen disturbios en reuniones tumultuarias, especialmente si hay violencia o daños a la propiedad. La ley busca mantener el orden público.

disturbiosorden publicosanciones
Art.
315

Artículo 315. Disturbios

Se sanciona con penas severas a quienes causen disturbios en reuniones tumultuarias, especialmente si hay violencia o daños a la propiedad. La ley busca mantener el orden público.

disturbiosorden publicosanciones
Art.
316

Artículo 316. Apologia

Se penaliza la exaltacion de delitos o de personas condenadas, con penas que varian segun la gravedad del delito. Este articulo busca prevenir la glorificacion de conductas delictivas.

apologiadelitossanciones
Art.
316

Artículo 316. Apologia

Se penaliza la exaltacion de delitos o de personas condenadas, con penas que varian segun la gravedad del delito. Este articulo busca prevenir la glorificacion de conductas delictivas.

apologiadelitossanciones
Art.
317

Artículo 317. Organizacion criminal

Se penaliza la organizacion y participacion en grupos criminales con penas que pueden alcanzar hasta 20 años. Este articulo busca desmantelar estructuras delictivas complejas.

organizacion criminalsancionesdelitos
Art.
317

Artículo 317. Organizacion criminal

Se penaliza la organizacion y participacion en grupos criminales con penas que pueden alcanzar hasta 20 años. Este articulo busca desmantelar estructuras delictivas complejas.

organizacion criminalsancionesdelitos
Art.
317

Artículo 317. Organizacion criminal

Se penaliza la organizacion y participacion en grupos criminales con penas que pueden alcanzar hasta 20 años. Este articulo busca desmantelar estructuras delictivas complejas.

organizacion criminalsancionesdelitos
Art.
318

Artículo 318. Ofensas a la memoria de los muertos

Se sancionan las ofensas a la memoria de los muertos con penas que pueden llegar a dos años. Este articulo protege el respeto hacia los fallecidos y sus familias.

ofensasmemoriasanciones
Art.
318

Artículo 318. Ofensas a la memoria de los muertos

Se sancionan las ofensas a la memoria de los muertos con penas que pueden llegar a dos años. Este articulo protege el respeto hacia los fallecidos y sus familias.

ofensasmemoriasanciones
Art.
318

Artículo 318. Ofensas a la memoria de los muertos

Se sancionan las ofensas a la memoria de los muertos con penas que pueden llegar a dos años. Este articulo protege el respeto hacia los fallecidos y sus familias.

ofensasmemoriasanciones
Art.
319

Artículo 319. Genocidio-Modalidades

Se penaliza el genocidio con penas no menores de 20 años, enfocándose en la proteccion de grupos etnicos y sociales. Este articulo busca prevenir crímenes de odio.

genocidiosancionesgrupos etnicos
Art.
320

Artículo 320. Desaparicion forzada de personas

Este articulo establece las penas para quienes privan de libertad a una persona y no reconocen dicha privacion. Las penas son severas, especialmente si la victima es vulnerable por su edad o condicion.

desaparicion forzadaderechos humanospena privativa de libertad
Art.
321

Artículo 321. Tortura

Se tipifica la tortura como un delito grave, con penas que varian dependiendo de la gravedad del daño causado a la victima. La ley protege especialmente a grupos vulnerables.

torturaderechos humanospena privativa de libertad
Art.
322

Artículo 322. Cooperacion de profesional

Los profesionales de la salud que colaboren en actos de tortura enfrentan las mismas penas que los autores del delito. Esto refuerza la responsabilidad ética y legal de los profesionales.

cooperacionprofesionales de saludtortura
Art.
323

Artículo 323. Discriminacion e incitacion

Este articulo penaliza actos de discriminacion que afecten derechos fundamentales, con penas que varian segun la gravedad del acto y el contexto en que se realice.

discriminacionderechos humanospena privativa de libertad
Art.
324

Artículo 324. Manipulacion genetica

Se tipifica la clonacion de seres humanos como un delito, con penas que oscilan entre 6 y 8 años de carcel. Esto refleja la preocupacion por la etica en la biotecnologia.

manipulacion geneticaclonacionpena privativa de libertad
Art.
325

Artículo 325. Atentado contra integridad nacional

Este articulo castiga los actos que busquen someter al pais a dominacion extranjera, con penas de hasta 15 años de carcel. La defensa de la soberania es prioritaria.

integridad nacionaldelitos contra el estadopena privativa de libertad
Art.
326

Artículo 326. Participacion en grupo armado

Se penaliza la pertenencia a grupos armados dirigidos por extranjeros, con penas que van de 6 a 10 años. Esto busca desincentivar la influencia extranjera en conflictos internos.

grupo armadodelitos contra el estadopena privativa de libertad
Art.
327

Artículo 327. Destruccion de hitos fronterizos

Este articulo penaliza la alteracion de señales que marcan los limites del territorio nacional, con penas de 5 a 10 años. La integridad territorial es fundamental.

hitos fronterizosdelitos contra el estadopena privativa de libertad
Art.
328

Artículo 328. Formas agravadas

Se establecen penas de hasta 5 años para quienes colaboren con un invasor o celebren acuerdos que comprometan la soberania del pais. La lealtad nacional es esencial.

invasordelitos contra el estadopena privativa de libertad
Art.
329

Artículo 329. Inteligencia desleal

Este articulo castiga la colaboracion con agentes de estados extranjeros para provocar guerra, con penas de hasta 20 años. La seguridad nacional es prioritaria.

inteligencia deslealdelitos contra el estadopena privativa de libertad
Art.
330

Artículo 330. Revelacion de secretos nacionales

Se penaliza la divulgacion de secretos que comprometan la seguridad nacional, con penas que varian segun la intencion del agente. La confidencialidad es clave.

secretos nacionalesdelitos contra el estadopena privativa de libertad
Art.
331

Artículo 331. Espionaje

El espionaje para comunicar secretos de defensa nacional es severamente castigado, con penas de hasta 15 años. La proteccion de la informacion es vital.

espionajedelitos contra el estadopena privativa de libertad
Art.
331

Artículo 331. Espionaje

El espionaje para comunicar secretos de defensa nacional es severamente castigado, con penas de hasta 15 años. La proteccion de la informacion es vital.

espionajedelitos contra el estadopena privativa de libertad
Art.
332

Artículo 332. Favorecimiento belico

Se castiga el favorecimiento a estados extranjeros con bienes de defensa nacional, con penas de hasta 20 años si hay lucro involucrado. La lealtad es esencial.

favorecimiento belicodelitos contra el estadopena privativa de libertad
Art.
333

Artículo 333. Provocacion a desobediencia militar

Se penaliza la provocacion a la desobediencia militar con penas de hasta 4 años. Esto busca mantener la disciplina en las fuerzas armadas.

desobediencia militardelitos contra el estadopena privativa de libertad
Art.
334

Artículo 334. Artículo derogado

Este artículo ha sido derogado por la Ley 29460, lo que implica que ya no tiene validez legal. Su eliminación puede afectar la interpretación de otros artículos relacionados con delitos que comprometen las relaciones exteriores del Estado.

derogadorelaciones exterioresley 29460
Art.
335

Artículo 335. Violación de inmunidad diplomática

Este artículo establece penas para quienes violen las inmunidades de un Jefe de Estado o agente diplomático. La protección de estas figuras es crucial para mantener relaciones internacionales estables.

inmunidaddiplomaciadelitos internacionales
Art.
336

Artículo 336. Atentado contra protección internacional

Se sanciona el atentado contra la vida o libertad de personas con protección internacional. Este artículo protege a individuos en situaciones vulnerables y fomenta el respeto por los derechos humanos.

protección internacionalatentadoderechos humanos
Art.
337

Artículo 337. Violación de soberanía extranjera

Este artículo penaliza la violación de la soberanía de otros Estados mediante actos indebidos. Es fundamental para el respeto mutuo entre naciones y la convivencia pacífica.

soberaníaderecho internacionaldelitos
Art.
338

Artículo 338. Conjuración contra un Estado extranjero

Se sanciona la práctica de actos violentos destinados a alterar la organización política de un Estado extranjero. Este artículo busca prevenir la injerencia en asuntos de otros países.

conjuraciónviolenciaderecho internacional
Art.
339

Artículo 339. Actos hostiles contra Estado extranjero

Este artículo penaliza los actos hostiles sin aprobación gubernamental que puedan poner en riesgo la paz. Es vital para mantener la seguridad nacional y las relaciones internacionales.

actos hostilespazrelaciones internacionales
Art.
340

Artículo 340. Violación de tratados de paz

Se sanciona la violación de tratados o convenciones de paz vigentes. Este artículo refuerza el compromiso del país con la diplomacia y la resolución pacífica de conflictos.

tratadospazdiplomacia
Art.
341

Artículo 341. Espionaje militar

Se penaliza el espionaje militar en perjuicio de un Estado extranjero. Este artículo protege la seguridad nacional y la integridad de la información sensible.

espionajeseguridad nacionaldelitos
Art.
342

Artículo 342. Actos de autoridad extranjera

Este artículo sanciona la ejecución de actos de autoridad de un país extranjero sin la intervención de la autoridad competente. Es crucial para mantener la soberanía nacional.

autoridad extranjerasoberaníadelitos
Art.
343

Artículo 343. Actos de hostilidad en guerra

Se sancionan los actos de hostilidad en territorio neutral durante una guerra. Este artículo busca proteger la neutralidad y la paz en el país.

hostilidadguerraneutralidad
Art.
344

Artículo 344. Ofensa a símbolos patrios

Se sanciona la ofensa o menosprecio a los símbolos de la Patria. Este artículo protege la identidad nacional y el respeto por los héroes y próceres.

símbolos patriosofensaidentidad nacional
Art.
345

Artículo 345. Actos de menosprecio a símbolos

Este artículo penaliza el uso de símbolos patrios de manera despectiva. Es fundamental para preservar la dignidad de la nación y sus valores.

menospreciosímbolos patriosdignidad
Art.
346

Artículo 346. Rebelión

Se sanciona la rebelión contra el gobierno legalmente constituido. Este artículo busca proteger el orden constitucional y la estabilidad del Estado.

rebeliónorden constitucionaldelitos
Art.
347

Artículo 347. Sedición

Este artículo penaliza la sedición, que busca impedir el ejercicio de funciones del gobierno. Es esencial para mantener el orden y la legalidad en el país.

sediciónorden públicodelitos
Art.
348

Artículo 348. Motín

Se sanciona el motín, que implica el uso de violencia para exigir acciones de la autoridad. Este artículo busca prevenir el desorden y la violencia en la sociedad.

motínviolenciaorden público
Art.
349

Artículo 349. Conspiracion para rebelion

Este articulo sanciona a quienes participan en una conspiracion para cometer delitos de rebelion, sedicion o motin. La pena puede ser de hasta la mitad del maximo establecido para el delito que se pretendia cometer.

conspiracionrebelionsedicion
Art.
350

Artículo 350. Seducion y usurpacion de mando

Sanciona a quien seduce o usurpa el mando de tropas, buques o puestos de guardia con el fin de cometer rebelion. La pena puede alcanzar hasta dos tercios del maximo previsto para el delito.

seduccionusurpacionmando
Art.
351

Artículo 351. Exencion de pena para rebeldes

Los rebeldes que se someten a la autoridad antes de ser intimados pueden quedar exentos de pena, salvo los promotores. Esto busca incentivar la rendicion pacifica.

exencionrebeldesautoridad
Art.
352

Artículo 352. Omisión de resistencia

Sanciona a funcionarios que no resisten una rebelion, sedicion o motin. La pena puede ser de hasta cuatro años de privacion de libertad.

omisionresistenciafuncionarios
Art.
353

Artículo 353. Inhabilitacion por delitos

Los funcionarios culpables de delitos en este Titulo enfrentan inhabilitacion de uno a cuatro años. Esto afecta su capacidad para ejercer cargos publicos.

inhabilitacionfuncionariosdelitos
Art.
354

Artículo 354. Perturbacion de proceso electoral

Sanciona con pena de tres a diez años a quienes perturben o impidan un proceso electoral mediante violencia o amenaza. Esto protege la integridad electoral.

perturbacionproceso electoralviolencia
Art.
355

Artículo 355. Impedimento del sufragio

Este articulo sanciona a quienes impiden a un elector ejercer su derecho de sufragio mediante violencia o amenaza, con penas de uno a cuatro años.

sufragioimpedimentoviolencia
Art.
356

Artículo 356. Induccion a no votar

Sanciona a quienes inducen a un elector a no votar o a votar de una manera determinada mediante dádivas o promesas, con penas de uno a cuatro años.

induccionsufragiodádivas
Art.
357

Artículo 357. Suplantacion de votante

Sanciona la suplantacion de votantes o votar más de una vez en la misma elección, con penas de uno a cuatro años. Esto asegura la integridad del proceso electoral.

suplantacionvotanteeleccion
Art.
358

Artículo 358. Publicidad ilegal del voto

Sanciona a quienes publican el sentido de su voto en el acto electoral, con penas de hasta un año o servicio comunitario. Esto protege la privacidad del voto.

publicidadvotoprivacidad
Art.
359

Artículo 359. Atentados contra el sufragio

Sanciona con penas de dos a ocho años a quienes alteran o impiden el resultado de un proceso electoral mediante diversas acciones ilegales.

atentadossufragioelecciones
Art.
359

Artículo 359. Atentados contra el sufragio

Sanciona con penas de dos a ocho años a quienes alteran o impiden el resultado de un proceso electoral mediante diversas acciones ilegales.

atentadossufragioelecciones
Art.
359

Artículo 359. Atentados contra el sufragio

Sanciona con penas de dos a ocho años a quienes alteran o impiden el resultado de un proceso electoral mediante diversas acciones ilegales.

atentadossufragioelecciones
Art.
359

Artículo 359. Atentados contra el sufragio

Sanciona con penas de dos a ocho años a quienes alteran o impiden el resultado de un proceso electoral mediante diversas acciones ilegales.

atentadossufragioelecciones
Art.
360

Artículo 360. Inhabilitacion por delitos

Los funcionarios que cometen delitos en este Titulo enfrentan inhabilitacion de uno a tres años, afectando su capacidad para ejercer cargos publicos.

inhabilitacionfuncionariosdelitos
Art.
361

Artículo 361. Usurpacion de funcion publica

Este articulo sanciona a quienes usurpan funciones publicas sin el correspondiente nombramiento. Las penas varian dependiendo de la resistencia ofrecida al momento de cometer el delito.

usurpacionfuncion publicadelito
Art.
362

Artículo 362. Ostentacion de distintivos

Se penaliza a quienes ostentan insignias o títulos que no les corresponden, con penas que pueden incluir servicio comunitario. Esto busca proteger la integridad de las funciones publicas.

distintivostítulosdelito
Art.
363

Artículo 363. Ejercicio ilegal de profesion

Este articulo castiga a quienes ejercen una profesion sin cumplir con los requisitos legales, con penas que aumentan si se trata de la funcion publica. La legalidad en el ejercicio profesional es fundamental.

ejercicio ilegalprofesionpena privativa
Art.
364

Artículo 364. Participacion en ejercicio ilegal

Sanciona a los profesionales que firman trabajos de personas no tituladas, con penas de privacion de libertad. Este articulo busca asegurar la calidad y legalidad en el ejercicio profesional.

participacionejercicio ilegalprofesion
Art.
365

Artículo 365. Violencia contra la autoridad

Este articulo castiga la violencia o amenaza contra autoridades para obstaculizar sus funciones, con penas de hasta dos años. La ley protege la integridad de los funcionarios publicos.

violenciaautoridadfuncionario
Art.
366

Artículo 366. Violencia para impedir funciones

Se sanciona con penas de hasta cuatro años a quienes impiden el ejercicio de funciones publicas mediante violencia. Este articulo refuerza la proteccion a los funcionarios en el cumplimiento de su deber.

violenciafuncionespena privativa
Art.
367

Artículo 367. Formas agravadas de violencia

Este articulo establece penas mayores para casos de violencia contra autoridades en ciertas circunstancias, como el uso de armas o lesiones graves. Busca disuadir actos violentos contra funcionarios.

violenciaagravantespena privativa
Art.
368

Artículo 368. Resistencia a la autoridad

Sanciona la desobediencia a ordenes de funcionarios publicos, con penas que varian segun la gravedad del acto. Este articulo busca mantener el orden y respeto a la autoridad.

resistenciaautoridadpena privativa
Art.
368

Artículo 368. Resistencia a la autoridad

Sanciona la desobediencia a ordenes de funcionarios publicos, con penas que varian segun la gravedad del acto. Este articulo busca mantener el orden y respeto a la autoridad.

resistenciaautoridadpena privativa
Art.
368

Artículo 368. Resistencia a la autoridad

Sanciona la desobediencia a ordenes de funcionarios publicos, con penas que varian segun la gravedad del acto. Este articulo busca mantener el orden y respeto a la autoridad.

resistenciaautoridadpena privativa
Art.
368

Artículo 368. Resistencia a la autoridad

Sanciona la desobediencia a ordenes de funcionarios publicos, con penas que varian segun la gravedad del acto. Este articulo busca mantener el orden y respeto a la autoridad.

resistenciaautoridadpena privativa
Art.
368

Artículo 368. Resistencia a la autoridad

Sanciona la desobediencia a ordenes de funcionarios publicos, con penas que varian segun la gravedad del acto. Este articulo busca mantener el orden y respeto a la autoridad.

resistenciaautoridadpena privativa
Art.
368

Artículo 368. Resistencia a la autoridad

Sanciona la desobediencia a ordenes de funcionarios publicos, con penas que varian segun la gravedad del acto. Este articulo busca mantener el orden y respeto a la autoridad.

resistenciaautoridadpena privativa
Art.
368

Artículo 368. Resistencia a la autoridad

Sanciona la desobediencia a ordenes de funcionarios publicos, con penas que varian segun la gravedad del acto. Este articulo busca mantener el orden y respeto a la autoridad.

resistenciaautoridadpena privativa
Art.
369

Artículo 369. Violencia contra autoridades elegidas

Este articulo penaliza la violencia o amenaza contra autoridades elegidas, con penas que pueden llegar a cuatro años. Busca proteger la integridad de los funcionarios electos.

violenciaautoridades elegidaspena privativa
Art.
370

Artículo 370. Atentado contra la conservacion de objeto

Este articulo sanciona la destruccion o arranque de envolturas, sellos o marcas que identifican un objeto. La pena puede ser privativa de libertad o servicio comunitario.

conservacionidentidadobjeto
Art.
371

Artículo 371. Negativa a colaborar con justicia

Se sanciona a testigos y peritos que no comparecen cuando son requeridos por la autoridad. La pena incluye privacion de libertad y posible inhabilitacion.

colaboracionjusticiatestigos
Art.
372

Artículo 372. Atentado contra documentos de prueba

Este articulo penaliza la sustraccion o destruccion de documentos que sirven como prueba en un proceso. La pena varía según la gravedad del acto.

documentospruebasustraccion
Art.
373

Artículo 373. Sustraccion de objetos requisados

Se sanciona a quien sustrae objetos que han sido requisados por la autoridad. La pena es privativa de libertad de dos a cuatro años.

sustraccionobjetosautoridad
Art.
374

Artículo 374. Articulo derogado

Este articulo fue derogado por la Ley 27975, por lo que ya no tiene validez legal. Es importante estar al tanto de las leyes vigentes.

derogadoleyactualizacion
Art.
375

Artículo 375. Perturbacion del orden en autoridades

Se sanciona a quienes causan desorden en lugares donde las autoridades ejercen funciones. La pena puede ser privativa de libertad o servicio comunitario.

perturbacionordenautoridades
Art.
376

Artículo 376. Abuso de autoridad

Este articulo sanciona a funcionarios que abusan de sus atribuciones causando perjuicio. La pena puede ser privativa de libertad de hasta cuatro años.

abusoautoridadfuncionarios
Art.
376

Artículo 376. Abuso de autoridad

Este articulo sanciona a funcionarios que abusan de sus atribuciones causando perjuicio. La pena puede ser privativa de libertad de hasta cuatro años.

abusoautoridadfuncionarios
Art.
376

Artículo 376. Abuso de autoridad

Este articulo sanciona a funcionarios que abusan de sus atribuciones causando perjuicio. La pena puede ser privativa de libertad de hasta cuatro años.

abusoautoridadfuncionarios
Art.
377

Artículo 377. Omisión de actos funcionales

Se sanciona a funcionarios que omiten o retrasan actos de su cargo. La pena puede ser privativa de libertad o multa.

omisionfuncionariossanciones
Art.
378

Artículo 378. Denegación de apoyo policial

Este articulo sanciona a policías que no prestan auxilio requerido por la autoridad. Las penas varían según la situación.

apoyopolicialdenegacion
Art.
379

Artículo 379. Requerimiento indebido de fuerza pública

Se sanciona a funcionarios que requieren fuerza pública para oponerse a disposiciones legales. La pena es privativa de libertad de hasta tres años.

fuerzapublicarequerimiento
Art.
380

Artículo 380. Abandono de cargo

Este articulo sanciona a funcionarios que abandonan su cargo sin cesar legalmente. La pena puede ser privativa de libertad de hasta dos años.

abandonocargofuncionarios
Art.
381

Artículo 381. Nombramiento ilegal de cargo

Se sanciona a funcionarios que nombran a personas sin los requisitos legales. La pena es privativa de libertad de dos a cuatro años.

nombramientocargosanciones
Art.
382

Artículo 382. Concusión

Este articulo sanciona a funcionarios que obligan a dar beneficios indebidos. La pena puede ser privativa de libertad de hasta ocho años.

concusionbeneficiossanciones
Art.
383

Artículo 383. Cobro indebido

El funcionario que exige pagos no debidos será sancionado con pena privativa de libertad de uno a cuatro años. Esta norma busca proteger a los ciudadanos de abusos por parte de servidores públicos.

cobro indebidofuncionariosanciones
Art.
384

Artículo 384. Colusión simple y agravada

Se sanciona a funcionarios que coluden para defraudar al Estado en contrataciones públicas con penas de hasta 20 años. Este artículo busca prevenir la corrupción en la gestión pública.

colusióncorrupcióncontrataciones
Art.
385

Artículo 385. Patrocinio ilegal

El funcionario que patrocina intereses particulares ante la administración pública enfrenta penas de hasta dos años. Este artículo busca evitar conflictos de interés en la función pública.

patrocinio ilegalintereses particularesfuncionario
Art.
386

Artículo 386. Responsabilidad de peritos y contadores

Las disposiciones sobre colusión y patrocinio ilegal también aplican a peritos y contadores en la administración de bienes. Este artículo amplía la responsabilidad en la gestión pública.

responsabilidadperitoscontadores
Art.
387

Artículo 387. Peculado doloso y culposo

El funcionario que se apropia de caudales públicos enfrenta penas de hasta 15 años. Este artículo busca proteger los recursos del Estado de la corrupción interna.

peculadocaudales públicoscorrupción
Art.
388

Artículo 388. Peculado de uso

Se sanciona el uso indebido de bienes públicos con penas de hasta cuatro años. Este artículo busca asegurar que los recursos del Estado se utilicen adecuadamente.

peculado de usobienes públicossanciones
Art.
389

Artículo 389. Malversación

El funcionario que aplica recursos de manera incorrecta enfrenta penas de hasta ocho años. Este artículo busca asegurar la correcta administración de los recursos públicos.

malversaciónrecursos públicosfuncionarios
Art.
390

Artículo 390. Retardo injustificado de pago

El funcionario que demora injustificadamente un pago puede ser sancionado con hasta dos años de prisión. Este artículo busca garantizar la eficiencia en la administración pública.

retardo de pagofuncionariossanciones
Art.
391

Artículo 391. Rehusamiento a entrega de bienes

El funcionario que se niega a entregar bienes bajo su custodia enfrenta penas de hasta dos años. Este artículo busca asegurar la transparencia en la gestión de recursos.

rehusamientoentrega de bienesfuncionarios
Art.
392

Artículo 392. Extensión del tipo

Se amplían las responsabilidades a quienes administran dinero de entidades de beneficencia. Este artículo busca proteger los recursos destinados a fines asistenciales.

extensión del tiporesponsabilidadesentidades de beneficencia
Art.
393

Artículo 393. Cohecho pasivo propio

El funcionario que acepta beneficios indebidos para violar sus obligaciones enfrenta penas de hasta diez años. Este artículo busca prevenir la corrupción en la función pública.

cohechocorrupciónfuncionarios
Art.
393

Artículo 393. Cohecho pasivo propio

El funcionario que acepta beneficios indebidos para violar sus obligaciones enfrenta penas de hasta diez años. Este artículo busca prevenir la corrupción en la función pública.

cohechocorrupciónfuncionarios
Art.
394

Artículo 394. Cohecho pasivo impropio

Se sanciona a funcionarios que aceptan beneficios indebidos sin violar sus obligaciones con penas de hasta ocho años. Este artículo busca regular la ética en la función pública.

cohecho impropiofuncionariossanciones
Art.
394

Artículo 394. Cohecho pasivo impropio

Se sanciona a funcionarios que aceptan beneficios indebidos sin violar sus obligaciones con penas de hasta ocho años. Este artículo busca regular la ética en la función pública.

cohecho impropiofuncionariossanciones
Art.
395

Artículo 395. Cohecho pasivo específico

Los magistrados y árbitros que aceptan beneficios para influir en decisiones enfrentan penas de hasta quince años. Este artículo busca proteger la imparcialidad en la administración de justicia.

cohecho específicomagistradossanciones
Art.
395

Artículo 395. Cohecho pasivo propio

Este articulo sanciona a miembros de la Policía Nacional o del Sistema Penitenciario que acepten o soliciten beneficios indebidos para violar sus obligaciones. Las penas varían entre seis y doce años de prisión, dependiendo de la gravedad del acto.

cohechofuncion policialpena privativa
Art.
395

Artículo 395. Cohecho pasivo propio

Este articulo sanciona a miembros de la Policía Nacional o del Sistema Penitenciario que acepten o soliciten beneficios indebidos para violar sus obligaciones. Las penas varían entre seis y doce años de prisión, dependiendo de la gravedad del acto.

cohechofuncion policialpena privativa
Art.
396

Artículo 396. Corrupción pasiva de auxiliares

Este articulo establece penas para secretarios judiciales y auxiliares que acepten beneficios indebidos en el ejercicio de sus funciones. Las sanciones varían entre cinco y ocho años de prisión.

corrupcionauxiliares judicialespena privativa
Art.
397

Artículo 397. Cohecho activo genérico

Este articulo sanciona a quienes ofrezcan beneficios a funcionarios públicos para que realicen actos en violación de sus obligaciones. Las penas van de tres a seis años de prisión.

cohechofuncionarioscorrupcion
Art.
397

Artículo 397. Cohecho activo genérico

Este articulo sanciona a quienes ofrezcan beneficios a funcionarios públicos para que realicen actos en violación de sus obligaciones. Las penas van de tres a seis años de prisión.

cohechofuncionarioscorrupcion
Art.
398

Artículo 398. Cohecho activo específico

Este articulo sanciona a quienes ofrezcan beneficios a magistrados y otros funcionarios para influir en decisiones judiciales. Las penas varían entre cuatro y ocho años de prisión.

cohechomagistradoscorrupcion
Art.
398

Artículo 398. Cohecho activo específico

Este articulo sanciona a quienes ofrezcan beneficios a magistrados y otros funcionarios para influir en decisiones judiciales. Las penas varían entre cuatro y ocho años de prisión.

cohechomagistradoscorrupcion
Art.
398

Artículo 398. Cohecho activo específico

Este articulo sanciona a quienes ofrezcan beneficios a magistrados y otros funcionarios para influir en decisiones judiciales. Las penas varían entre cuatro y ocho años de prisión.

cohechomagistradoscorrupcion
Art.
399

Artículo 399. Negociación incompatible

Este articulo sanciona a funcionarios que se interesen en contratos u operaciones en que intervienen por razón de su cargo. Las penas varían entre cuatro y seis años de prisión.

negociacionfuncionarioscorrupcion
Art.
400

Artículo 400. Tráfico de influencias

Este articulo penaliza a quienes, invocando influencias, ofrezcan beneficios para interceder ante funcionarios públicos. Las penas oscilan entre cuatro y seis años de prisión.

trafico de influenciascorrupcionpena privativa
Art.
401

Artículo 401. Enriquecimiento ilícito

Este articulo sanciona a funcionarios que incrementen ilícitamente su patrimonio. Las penas varían entre cinco y diez años de prisión, con penas más severas para altos funcionarios.

enriquecimientoilícitocorrupcion
Art.
401

Artículo 401. Enriquecimiento ilícito

Este articulo sanciona a funcionarios que incrementen ilícitamente su patrimonio. Las penas varían entre cinco y diez años de prisión, con penas más severas para altos funcionarios.

enriquecimientoilícitocorrupcion
Art.
401

Artículo 401. Enriquecimiento ilícito

Este articulo sanciona a funcionarios que incrementen ilícitamente su patrimonio. Las penas varían entre cinco y diez años de prisión, con penas más severas para altos funcionarios.

enriquecimientoilícitocorrupcion
Art.
401

Artículo 401. Enriquecimiento ilícito

Este articulo sanciona a funcionarios que incrementen ilícitamente su patrimonio. Las penas varían entre cinco y diez años de prisión, con penas más severas para altos funcionarios.

enriquecimientoilícitocorrupcion
Art.
402

Artículo 402. Denuncia calumniosa

Este articulo sanciona a quienes realicen denuncias falsas o adulteren pruebas. Las penas pueden llegar hasta tres años de prisión.

denunciacalumniosapena privativa
Art.
403

Artículo 403. Ocultamiento de menor

Este articulo penaliza a quien oculta a un menor de edad de las investigaciones judiciales, con penas de uno a tres años de prisión. La responsabilidad recae en quien impida que el menor colabore con la justicia.

menoresinvestigacionespena privativa
Art.
404

Artículo 404. Encubrimiento personal

Este articulo establece penas de tres a seis años para quien sustrae a una persona de la justicia. Las penas aumentan si el encubrimiento involucra delitos graves o si el encubridor es un funcionario público.

encubrimientopena privativadelitos graves
Art.
405

Artículo 405. Encubrimiento real

Se sanciona a quien dificulte la acción de la justicia ocultando pruebas o efectos del delito, con penas de dos a cuatro años. Las penas son más severas para delitos graves.

encubrimientopruebaspena privativa
Art.
406

Artículo 406. Excusa absolutoria

Este articulo exonera de pena a quienes encubren a personas cercanas, siempre que la relación sea lo suficientemente estrecha. Se trata de una excepción a las sanciones por encubrimiento.

excusaencubrimientorelaciones personales
Art.
407

Artículo 407. Omisión de denuncia

Se penaliza a quienes omiten informar sobre delitos que deben denunciar por su profesión, con penas de hasta cuatro años. La pena aumenta si el delito no denunciado es grave.

denunciaomisionpena privativa
Art.
408

Artículo 408. Fuga del lugar del accidente

Este articulo castiga a quienes abandonan el lugar de un accidente sin informar a la autoridad, con penas de seis meses a cuatro años. La falta de aviso puede agravar la situación legal.

accidentefugapena privativa
Art.
409

Artículo 409. Falsedad en juicio

Se sanciona a quienes hacen declaraciones falsas en juicio con penas de hasta seis años. La falsedad puede afectar gravemente la administración de justicia.

falsedadjuiciopena privativa
Art.
409

Artículo 409. Falsedad en juicio

Se sanciona a quienes hacen declaraciones falsas en juicio con penas de hasta seis años. La falsedad puede afectar gravemente la administración de justicia.

falsedadjuiciopena privativa
Art.
409

Artículo 409. Falsedad en juicio

Se sanciona a quienes hacen declaraciones falsas en juicio con penas de hasta seis años. La falsedad puede afectar gravemente la administración de justicia.

falsedadjuiciopena privativa
Art.
409

Artículo 409. Falsedad en juicio

Se sanciona a quienes hacen declaraciones falsas en juicio con penas de hasta seis años. La falsedad puede afectar gravemente la administración de justicia.

falsedadjuiciopena privativa
Art.
410

Artículo 410. Avocamiento ilegal de proceso

Se sanciona a la autoridad que se avoque a procesos en trámite con penas de hasta dos años. Este articulo protege la integridad de los procesos judiciales.

avocamientoprocesopena privativa
Art.
411

Artículo 411. Falsa declaración en procedimiento administrativo

Este articulo penaliza a quienes hacen declaraciones falsas en procedimientos administrativos con penas de hasta cuatro años. Se protege la veracidad en la administración pública.

falsa declaracionadministrativopena privativa
Art.
412

Artículo 412. Prueba o informe falso

Se sanciona a quienes expiden pruebas o informes falsos en un proceso judicial con penas de hasta tres años. La falsedad puede afectar la justicia.

pruebainformefalsedad
Art.
413

Artículo 413. Evasión mediante violencia

Este articulo castiga a quienes se evaden de la prisión usando violencia o amenazas con penas de hasta tres años. Se protege la seguridad en los centros de detención.

evasiónviolenciapena privativa
Art.
413

Artículo 413. Evasión mediante violencia

Este articulo castiga a quienes se evaden de la prisión usando violencia o amenazas con penas de hasta tres años. Se protege la seguridad en los centros de detención.

evasiónviolenciapena privativa
Art.
413

Artículo 413. Evasion del regimen semi-abierto

El interno que se evade del regimen semi-abierto enfrenta una pena de dos a cuatro años de privacion de libertad. Este articulo establece las consecuencias legales para quienes no retornan al establecimiento penitenciario.

evasiónrégimen semi-abiertopena privativa de libertad
Art.
414

Artículo 414. Favorecimiento a la fuga

Quien ayuda a un preso a evadirse puede ser sancionado con pena de dos a ocho años, dependiendo de su condición. Este articulo penaliza tanto la asistencia como la violencia utilizada para facilitar la fuga.

fugafavorecimientopena privativa de libertad
Art.
415

Artículo 415. Amotinamiento de detenido o interno

El amotinamiento en un establecimiento penitenciario conlleva penas de cuatro a ocho años. Este articulo castiga severamente los disturbios que amenazan la seguridad del recinto.

amotinadodetenidopena privativa de libertad
Art.
416

Artículo 416. Fraude procesal

Inducir a error a un funcionario para obtener una resolución ilegal puede resultar en penas de dos a cuatro años. Este articulo busca proteger la integridad del proceso judicial.

fraudeproceso judicialpena privativa de libertad
Art.
417

Artículo 417. Ejercicio arbitrario de derecho

Ejercer justicia por mano propia puede resultar en servicio comunitario de veinte a cuarenta jornadas. Este articulo desincentiva la violencia y promueve el uso de la autoridad legal.

justiciaderechoservicio comunitario
Art.
417

Artículo 417. Ejercicio arbitrario de derecho

Ejercer justicia por mano propia puede resultar en servicio comunitario de veinte a cuarenta jornadas. Este articulo desincentiva la violencia y promueve el uso de la autoridad legal.

justiciaderechoservicio comunitario
Art.
418

Artículo 418. Prevaricato

Los jueces o fiscales que actúan en contra de la ley pueden ser sancionados con penas de tres a doce años. Este articulo protege la integridad del sistema judicial.

prevaricatojuecespena privativa de libertad
Art.
419

Artículo 419. Detención ilegal

Los jueces que ordenan detenciones sin motivo legal pueden ser sancionados con penas de dos a cuatro años. Este articulo protege los derechos de los detenidos.

detenciónilegalpena privativa de libertad
Art.
420

Artículo 420. Prohibición de conocer un proceso

Los jueces o fiscales que conocen un proceso en el que han patrocinado anteriormente pueden ser sancionados con penas de hasta dos años. Este articulo busca evitar conflictos de interés.

conflicto de interésjuecespena privativa de libertad
Art.
421

Artículo 421. Patrocinio indebido

Los abogados que cambian de bando en un proceso pueden ser sancionados con penas de hasta dos años. Este articulo protege la integridad del proceso judicial.

patrocinioabogadopena privativa de libertad
Art.
422

Artículo 422. Negativa a administrar justicia

Los jueces que se niegan a administrar justicia pueden ser sancionados con penas de uno a cuatro años. Este articulo busca garantizar el acceso a la justicia.

justiciajuecespena privativa de libertad
Art.
423

Artículo 423. Negativa a cumplir obligaciones

Los auxiliares de justicia que no cumplen con sus obligaciones pueden ser sancionados con penas de hasta un año. Este articulo asegura el funcionamiento adecuado del sistema judicial.

obligacionesnotariopena privativa de libertad
Art.
424

Artículo 424. Omisión de acción penal

Los fiscales que omiten ejercer la acción penal pueden ser sancionados con penas de uno a cuatro años. Este articulo busca asegurar la diligencia en la persecución de delitos.

acción penalfiscalpena privativa de libertad
Art.
425

Artículo 425. Definicion de funcionario publico

Este articulo define quiénes son considerados funcionarios o servidores públicos, abarcando diversas categorías. Es fundamental para entender las responsabilidades y obligaciones legales.

funcionario públicodefiniciónresponsabilidades
Art.
425

Artículo 425. Definicion de funcionario publico

Este articulo define quiénes son considerados funcionarios o servidores públicos, abarcando diversas categorías. Es fundamental para entender las responsabilidades y obligaciones legales.

funcionario públicodefiniciónresponsabilidades
Art.
426

Artículo 426. Inhabilitación por delitos específicos

Este artículo establece las penas de inhabilitación para delitos que no la contemplan, con un rango de uno a cinco años. Se especifican condiciones que pueden llevar a una inhabilitación perpetua, como la participación en organizaciones criminales o el aprovechamiento de situaciones de calamidad pública.

inhabilitaciondelitosorganizacion criminal
Art.
427

Artículo 427. Falsificación de documentos

Se sanciona la elaboración y uso de documentos falsos con penas de privación de libertad que varían según el tipo de documento. La falsificación de documentos públicos conlleva penas más severas que la de documentos privados.

falsificaciondocumentospena privativa
Art.
428

Artículo 428. Falsedad ideológica

Este artículo penaliza la inserción de declaraciones falsas en documentos públicos, con penas de prisión y multas. La falsedad ideológica se castiga severamente, especialmente si causa perjuicio a terceros.

falsedaddocumentos publicospena privativa
Art.
428

Artículo 428. Falsedad ideológica

Este artículo penaliza la inserción de declaraciones falsas en documentos públicos, con penas de prisión y multas. La falsedad ideológica se castiga severamente, especialmente si causa perjuicio a terceros.

falsedaddocumentos publicospena privativa
Art.
429

Artículo 429. Omisión de declaraciones

Este artículo penaliza la omisión de declaraciones en documentos públicos o privados que deberían constar. La pena varía de uno a seis años de prisión.

omisiondocumentospena privativa
Art.
430

Artículo 430. Supresión de documentos

Se castiga la supresión, destrucción u ocultamiento de documentos que puedan causar perjuicio a otros. Las penas son similares a las de falsificación de documentos.

supresiondocumentospena privativa
Art.
431

Artículo 431. Certificado médico falso

Se sanciona a los médicos que expiden certificados médicos falsos, con penas de prisión e inhabilitación. La gravedad de la pena aumenta si se simula una condición para internar a una persona en un hospital.

certificado medicofalsedadinhabilitacion
Art.
431

Artículo 431. Certificado médico falso

Se sanciona a los médicos que expiden certificados médicos falsos, con penas de prisión e inhabilitación. La gravedad de la pena aumenta si se simula una condición para internar a una persona en un hospital.

certificado medicofalsedadinhabilitacion
Art.
432

Artículo 432. Inhabilitación para funcionarios

Los funcionarios que cometen delitos en este capítulo enfrentan penas de inhabilitación de uno a tres años. Esto se suma a las penas privativas de libertad.

inhabilitacionfuncionariosdelitos
Art.
433

Artículo 433. Equiparación a documento público

Se establece que ciertos documentos, como testamentos y títulos de crédito, tienen la misma consideración que los documentos públicos. Esto afecta la validez y el tratamiento legal de estos documentos.

documento publicoequiparacionvalidez
Art.
434

Artículo 434. Falsificación de sellos oficiales

Se sanciona la fabricación o falsificación de sellos y timbres oficiales, con penas que varían según el uso que se les dé. Las penas son más severas si se utilizan como auténticos.

falsificacionsellostimbrado
Art.
435

Artículo 435. Falsificación de marcas oficiales

Se penaliza la fabricación o falsificación de marcas o contraseñas oficiales, con penas de hasta tres años de prisión. Esto incluye el uso de marcas de procedencia ilícita.

falsificacionmarcascontraseñas
Art.
436

Artículo 436. Inhabilitación para delitos de marcas

Los funcionarios que cometen delitos relacionados con marcas o sellos oficiales enfrentan inhabilitación de uno a tres años, además de penas privativas de libertad.

inhabilitacionmarcasfuncionarios
Art.
437

Artículo 437. Marcas extranjeras equiparadas

Las disposiciones sobre falsificación de sellos y marcas oficiales también se aplican a sellos y marcas de procedencia extranjera. Esto asegura un tratamiento legal uniforme.

marcasextranjerasequivalencia
Art.
438

Artículo 438. Falsedad genérica

Se penaliza la falsedad que no esté especificada en los capítulos anteriores, con penas de prisión de dos a cuatro años. Esto incluye la usurpación de identidad o calidad.

falsedadidentidadpena privativa
Art.
438

Artículo 438. Falsedad generica agravada

Este articulo penaliza la expedicion de certificados o diplomas falsos que atribuyan grados academicos o titulos profesionales sin que el beneficiario haya cursado los estudios correspondientes. La pena puede ser de tres a cinco años de prision y multas significativas.

falsedadcertificadostítulos
Art.
439

Artículo 439. Fabricacion de instrumentos para falsificar

Este articulo establece penas para quienes fabriquen o posean instrumentos destinados a la falsificacion de documentos oficiales. La pena puede oscilar entre tres y seis años de prision.

falsificacioninstrumentospena privativa
Art.
440

Artículo 440. Disposiciones comunes sobre faltas

Este articulo detalla las disposiciones aplicables a las faltas, incluyendo la no punibilidad de la tentativa y la prescripcion de la accion penal. Establece que la investigacion es responsabilidad de la autoridad policial.

faltasdisposicionesprescripcion
Art.
441

Artículo 441. Lesion dolosa y culposa

Este articulo sanciona las lesiones dolosas y culposas, estableciendo penas que van desde servicios comunitarios hasta multas, dependiendo de la gravedad de la lesión y la relación entre el agresor y la víctima.

lesionespenaservicio comunitario
Art.
442

Artículo 442. Maltrato

Este articulo penaliza el maltrato físico o psicológico, especialmente en contextos de vulnerabilidad, con penas que incluyen servicios comunitarios y multas. Las sanciones son más severas si la víctima es menor o tiene alguna discapacidad.

maltratopenaservicio comunitario
Art.
443

Artículo 443. Articulo derogado

Este articulo ha sido derogado por la Ley 30819, por lo que ya no tiene validez legal.

derogadoleyinvalidez
Art.
444

Artículo 444. Hurto simple y daño

Este articulo sanciona el hurto simple y el daño a bienes de bajo valor, estableciendo penas de servicios comunitarios o multas. La restitucion del bien sustraido es obligatoria.

hurtodañopena
Art.
444

Artículo 444. Hurto simple y daño

Este articulo sanciona el hurto simple y el daño a bienes de bajo valor, estableciendo penas de servicios comunitarios o multas. La restitucion del bien sustraido es obligatoria.

hurtodañopena
Art.
445

Artículo 445. Proteccion de señales satelitales

Este articulo penaliza la recepcion no autorizada de señales satelitales codificadas, estableciendo penas de servicios comunitarios o multas. La ley busca proteger los derechos de los distribuidores legales.

señalessatélitepena
Art.
446

Artículo 446. Usurpacion breve

Este articulo sanciona la entrada breve a terrenos cercados sin permiso del dueño, con penas de multa. La ley busca proteger la propiedad privada.

usurpaciónpropiedadmulta
Art.
447

Artículo 447. Ingreso de animales en inmueble ajeno

Este articulo establece sanciones para quienes introduzcan animales en propiedades ajenas sin permiso, con penas de multa. La ley busca proteger los derechos de los propietarios.

animalesingresomulta
Art.
448

Artículo 448. Juegos prohibidos

Este articulo sanciona la organizacion o participacion en juegos prohibidos, estableciendo penas de multa. La ley busca regular actividades de juego en el pais.

juegosprohibidosmulta
Art.
449

Artículo 449. Perturbacion de la tranquilidad

Este articulo penaliza la perturbacion de la tranquilidad en lugares publicos, especialmente en estado de ebriedad o drogadiccion, con penas de multa.

perturbacióntranquilidadmulta
Art.
450

Artículo 450. Otras faltas

Este articulo sanciona diversas conductas consideradas faltas, desde proposiciones inmorales hasta la destruccion de plantas en espacios publicos, con penas de servicio comunitario.

faltasconductasservicio comunitario
Art.
450

Artículo 450. Otras faltas

Este articulo sanciona diversas conductas consideradas faltas, desde proposiciones inmorales hasta la destruccion de plantas en espacios publicos, con penas de servicio comunitario.

faltasconductasservicio comunitario
Art.
451

Artículo 451. Faltas contra la seguridad pública

Este articulo establece las sanciones para quienes descuidan la vigilancia de insanos mentales, omiten precauciones en lugares públicos o causan peligros a la seguridad. Las penas incluyen servicio comunitario y multas, dependiendo de la gravedad de la falta.

seguridad publicafaltassanciones
Art.
452

Artículo 452. Faltas contra la tranquilidad pública

Este articulo sanciona las conductas que perturban el orden y la paz pública, incluyendo faltas de respeto a la autoridad y molestias a vecinos. Las penas van desde servicio comunitario hasta multas, dependiendo de la infracción.

tranquilidad publicafaltassanciones

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