Este articulo establece que las penas por delitos contra el patrimonio cultural se imponen sin perjuicio del decomiso de materiales y bienes culturales obtenidos indebidamente. Se busca proteger el patrimonio cultural del Estado.
Decomiso Las penas previstas en este capítulo, se imponen sin perjuicio del decomiso en favor del Estado, de los materiales, equipos y vehículos empleados en la comisión de los delitos contra el patrimonio cultural, así como de los bienes culturales obtenidos indebidamente, sin perjuicio de la reparación civil a que hubiere lugar. Artículo modificado por la Ley 27244 , publicada el 26 de diciembre de 1999 (link: bit.ly/3DGLh6n ) . TÍTULO IX: DELITOS CONTRA EL ORDEN ECONÓMICO CAPÍTULO I: ABUSO DEL PODER ECONÓMICO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El decomiso de bienes puede afectar la operacion de su negocio si se involucra en actividades ilegales, por lo que es crucial mantener la legalidad en todas las transacciones.
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