CP

Artículo 115. Aborto consentido

El aborto consentido se castiga con penas de uno a cuatro años, aumentando si hay muerte de la mujer. Este artículo aborda la responsabilidad penal en abortos realizados con consentimiento.

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Texto Legal

Aborto consentido El que causa el aborto con el consentimiento de la gestante, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. Si sobreviene la muerte de la mujer y el agente pudo prever este resultado, la pena será no menor de dos ni mayor de cinco años. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo establece que el consentimiento no exime de responsabilidad penal, especialmente si hay consecuencias fatales. Es crucial evaluar los riesgos legales antes de proceder con un aborto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 115 del CP?

El aborto consentido se castiga con penas de uno a cuatro años, aumentando si hay muerte de la mujer. Este artículo aborda la responsabilidad penal en abortos realizados con consentimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 115 de la CP?

Este artículo establece que el consentimiento no exime de responsabilidad penal, especialmente si hay consecuencias fatales. Es crucial evaluar los riesgos legales antes de proceder con un aborto.

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