CP

Artículo 130. Injuria

La injuria se castiga con servicio comunitario o multas. Este articulo regula las ofensas verbales y busca proteger el honor de las personas.

injuriahonordelitos menores

Texto Legal

Injuria El que ofende o ultraja a una persona con palabras, gestos o vías de hecho, será reprimido con prestación de servicio comunitario de diez a cuarenta jornadas o con sesenta a noventa días-multa. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante ser cuidadoso con las palabras en situaciones conflictivas, ya que las ofensas pueden resultar en sanciones legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 130 del CP?

La injuria se castiga con servicio comunitario o multas. Este articulo regula las ofensas verbales y busca proteger el honor de las personas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 130 de la CP?

Es importante ser cuidadoso con las palabras en situaciones conflictivas, ya que las ofensas pueden resultar en sanciones legales.

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