CP

Artículo 144. Fingimiento de embarazo o parto

Fingir un embarazo o parto para otorgar derechos a un supuesto hijo puede resultar en penas de uno a cinco años de prisión. Este delito busca proteger la integridad de los derechos familiares.

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Texto Legal

Fingimiento de embarazo o parto La mujer que finge embarazo o parto, para dar a un supuesto hijo derechos que no le corresponden, será reprimida con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cinco años. La misma pena privativa de libertad y, además, inhabilitación de uno a tres años, conforme al Artículo 36 inciso 4, se aplicará al médico u obstetra que cooperen en la ejecución del delito. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Fingir un embarazo puede llevar a consecuencias legales severas, incluyendo prisión. Esto puede afectar la vida familiar y social de la persona involucrada, así como la de aquellos que se ven afectados por la falsedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 144 del CP?

Fingir un embarazo o parto para otorgar derechos a un supuesto hijo puede resultar en penas de uno a cinco años de prisión. Este delito busca proteger la integridad de los derechos familiares.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 144 de la CP?

Fingir un embarazo puede llevar a consecuencias legales severas, incluyendo prisión. Esto puede afectar la vida familiar y social de la persona involucrada, así como la de aquellos que se ven afectados por la falsedad.

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