Este artículo penaliza el manejo ilegal de residuos tóxicos, con penas de 4 a 6 años. Busca proteger el ambiente de desechos peligrosos.
C.- Delito de financiamiento de la minería ilegal El que financia la comisión de los delitos previstos en los artículos 307°-A o sus formas agravadas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de doce años y con cien a seiscientos días-multa. Artículo incorporado por el DL 1102 , publicado el 29 de febrero de 2012 (link: bit.ly/47dWf0J ).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si su empresa maneja residuos peligrosos, debe cumplir estrictamente con las normativas para evitar sanciones severas y daños ambientales.
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Art. 307. Tráfico ilegal de residuos peligrosos
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