El juez puede eximir de sanción a quienes cometan delitos con pena no mayor a dos años, si su responsabilidad es mínima. Esto ofrece una oportunidad para evitar sanciones severas.
Exención de pena El juez puede eximir de sanción en los casos en que el delito esté previsto en la ley con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con pena limitativa de derechos o con multa si la responsabilidad del agente fuere mínima. Artículo modificado por la Ley 29407 , publicada el 18 de setiembre de 2009 (link: bit.ly/3OfqVGe ). Ver jurisprudencia aquí . CAPÍTULO VII: REHABILITACIÓN
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si tu delito es menor y la responsabilidad es mínima, podrías evitar una pena, lo que te permite seguir adelante sin una carga penal significativa.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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