CP

Artículo 303. Expulsión de extranjeros

Los extranjeros que cumplan pena de prisión serán expulsados del país, prohibiéndose su reingreso. Esto afecta a aquellos con antecedentes penales.

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Texto Legal

Pena de expulsión El extranjero que haya cumplido la pena privativa de libertad impuesta o se le haya concedido un beneficio penitenciario será expulsado del país, quedando prohibido su reingreso. Artículo modificado por la Ley 30219 , publicada el 8 de julio de 2014 (link: bit.ly/3KvhykD ). CAPÍTULO IV: DELITOS CONTRA EL ORDEN MIGRATORIO Capítulo incorporado por la Ley 27202 , publicada el 15 de noviembre de 1999 (link: lpd.pe/0Ybz3 ).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si su empresa emplea extranjeros, es importante estar al tanto de su estatus legal y antecedentes, ya que cualquier problema legal puede resultar en su expulsión y prohibición de reingreso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 303 del CP?

Los extranjeros que cumplan pena de prisión serán expulsados del país, prohibiéndose su reingreso. Esto afecta a aquellos con antecedentes penales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 303 de la CP?

Si su empresa emplea extranjeros, es importante estar al tanto de su estatus legal y antecedentes, ya que cualquier problema legal puede resultar en su expulsión y prohibición de reingreso.

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