CP

Artículo 368. Resistencia a la autoridad

Sanciona la desobediencia a ordenes de funcionarios publicos, con penas que varian segun la gravedad del acto. Este articulo busca mantener el orden y respeto a la autoridad.

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Texto Legal

F.- Vulneración del inmueble, zona o área declarada intangible alrededor del perímetro de los establecimientos penitenciarios El que indebidamente, edifica, construye, fabrica o establece vivienda, morada, habitación u otro tipo de asentamiento en un bien, zona o área declarada intangible alrededor del perímetro de los establecimientos penitenciarios, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años. La pena privativa de libertad será no menor de cinco ni menor de nueve años cuando el agente coloque o instale ilegalmente antenas transmisoras de internet, telefonía móvil o satelital en la zona, área o bien antes referida. Artículo incorporado por el DL 1688 , publicado el 2 de octubre de 2024 (link: lpd.pe/pzjwV ).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Desobedecer a una autoridad puede resultar en penas severas, lo que puede afectar la vida cotidiana y generar un clima de desconfianza hacia las instituciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 368 del CP?

Sanciona la desobediencia a ordenes de funcionarios publicos, con penas que varian segun la gravedad del acto. Este articulo busca mantener el orden y respeto a la autoridad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 368 de la CP?

Desobedecer a una autoridad puede resultar en penas severas, lo que puede afectar la vida cotidiana y generar un clima de desconfianza hacia las instituciones.

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