Se sanciona con penas de hasta cuatro años a quienes impiden el ejercicio de funciones publicas mediante violencia. Este articulo refuerza la proteccion a los funcionarios en el cumplimiento de su deber.
Violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones El que emplea intimidación o violencia contra un funcionario público o contra la persona que le presta asistencia en virtud de un deber legal o ante requerimiento de aquél, para impedir o trabar la ejecución de un acto propio de legítimo ejercicio de sus funciones, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años o con prestación de servicio comunitario de ochenta a ciento cuarenta jornadas. Artículo modificado por la Ley 27937 , publicada el 12 de febrero de 2003 (link: bit.ly/3KsqhUR ). Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Impedir el ejercicio de funciones publicas puede tener consecuencias graves, incluyendo penas de privacion de libertad, lo que puede afectar la estabilidad social y la confianza en las instituciones.
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