CP

Artículo 9. Momento de comisión del delito

El momento de la comisión se define por la acción u omisión del autor, independientemente del resultado. Esto es clave para establecer la responsabilidad penal.

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Texto Legal

Momento de comisión del delito El momento de la comisión de un delito es aquél en el cual el autor o partícipe ha actuado u omitido la obligación de actuar, independientemente del momento en que el resultado se produzca. Ver jurisprudencia aquí . CAPÍTULO III: APLICACIÓN PERSONAL

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es fundamental para determinar la responsabilidad en casos donde el resultado del delito se produce en un momento distinto al de la acción, lo que puede ser crucial en la defensa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del CP?

El momento de la comisión se define por la acción u omisión del autor, independientemente del resultado. Esto es clave para establecer la responsabilidad penal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la CP?

Este articulo es fundamental para determinar la responsabilidad en casos donde el resultado del delito se produce en un momento distinto al de la acción, lo que puede ser crucial en la defensa.

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