CP

Artículo 293. Venta de animales peligrosos

Este articulo penaliza la venta de animales alimentados con desechos sólidos, con penas de uno a cuatro años de prisión y multas.

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Texto Legal

Venta de animales de consumo peligroso El que, en lugares públicos, vende, preparados o no, animales alimentados con desechos sólidos, contraviniendo leyes, reglamentos o disposiciones establecidas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas que manejan animales para consumo deben asegurarse de cumplir con las normativas de alimentación y venta, ya que el incumplimiento puede resultar en sanciones penales y daños a la salud pública.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 293 del CP?

Este articulo penaliza la venta de animales alimentados con desechos sólidos, con penas de uno a cuatro años de prisión y multas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 293 de la CP?

Las empresas que manejan animales para consumo deben asegurarse de cumplir con las normativas de alimentación y venta, ya que el incumplimiento puede resultar en sanciones penales y daños a la salud pública.

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