CP

Artículo 233. Acaparamiento de bienes

Este articulo sanciona el acaparamiento de bienes esenciales, con penas de cuatro a seis años. La ley busca prevenir la alteracion de precios y proteger a los consumidores.

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Texto Legal

Acaparamiento El que provoca escasez o desabastecimiento de bienes y servicios esenciales para la vida y la salud de las personas, mediante la sustracción o acaparamiento, con la finalidad de alterar los precios habituales en su beneficio, y con perjuicio de los consumidores, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa. Artículo derogado por el DL 1034 , publicado el 25 de junio de 2008 (link: bit.ly/3rNvJuO ); y después incorporado por la Ley 31040 , publicada el 29 de agosto de 2020 (link: bit.ly/3rMtmsb ).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El acaparamiento de bienes puede llevar a sanciones severas y dañar la reputacion de su negocio, por lo que es fundamental actuar con responsabilidad en la gestion de inventarios.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 233 del CP?

Este articulo sanciona el acaparamiento de bienes esenciales, con penas de cuatro a seis años. La ley busca prevenir la alteracion de precios y proteger a los consumidores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 233 de la CP?

El acaparamiento de bienes puede llevar a sanciones severas y dañar la reputacion de su negocio, por lo que es fundamental actuar con responsabilidad en la gestion de inventarios.

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