CP

Artículo 356. Induccion a no votar

Sanciona a quienes inducen a un elector a no votar o a votar de una manera determinada mediante dádivas o promesas, con penas de uno a cuatro años.

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Texto Legal

Inducción a no votar o hacerlo en sentido determinado El que, mediante dádivas, ventajas o promesas trata de inducir a un elector a no votar o a votar en un sentido determinado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Ofrecer incentivos para manipular el voto puede resultar en penas severas. Si participas en campañas, asegúrate de actuar dentro del marco legal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 356 del CP?

Sanciona a quienes inducen a un elector a no votar o a votar de una manera determinada mediante dádivas o promesas, con penas de uno a cuatro años.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 356 de la CP?

Ofrecer incentivos para manipular el voto puede resultar en penas severas. Si participas en campañas, asegúrate de actuar dentro del marco legal.

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