CP

Artículo 178. Responsabilidad alimentaria

El juez penal tiene la obligación de decidir sobre la responsabilidad alimentaria de los progenitores en casos de delitos, asegurando el sustento y bienestar de los menores. Esto incluye la asignación de alimentos incluso durante la investigación fiscal.

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Texto Legal

A.- Tratamiento terapéutico El condenado a pena privativa de libertad efectiva por los delitos comprendidos en este capítulo, previo examen médico y psicológico que determine su aplicación, será sometido a un tratamiento terapéutico a fin de facilitar su readaptación social. Artículo incorporado por la Ley 26293 , publicada el 14 de febrero de 1994 (link: lpd.pe/k7mYZ ); y luego modificado por la Ley 30838 , publicada el 4 de agosto de 2018 (link: bit.ly/3rTMhBE ). Ver jurisprudencia aquí . CAPÍTULO X: PROXENETISMO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo implica que, si se enfrenta a un proceso penal, es posible que deba cumplir con obligaciones alimentarias desde el inicio del caso, lo que puede afectar su situación financiera y familiar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 178 del CP?

El juez penal tiene la obligación de decidir sobre la responsabilidad alimentaria de los progenitores en casos de delitos, asegurando el sustento y bienestar de los menores. Esto incluye la asignación de alimentos incluso durante la investigación fiscal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 178 de la CP?

Este articulo implica que, si se enfrenta a un proceso penal, es posible que deba cumplir con obligaciones alimentarias desde el inicio del caso, lo que puede afectar su situación financiera y familiar.

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