CP

Artículo 447. Ingreso de animales en inmueble ajeno

Este articulo establece sanciones para quienes introduzcan animales en propiedades ajenas sin permiso, con penas de multa. La ley busca proteger los derechos de los propietarios.

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Texto Legal

Ingreso de animales en inmueble ajeno El encargado de la custodia de ganado o de animal doméstico que lo introduce o lo deja entrar en inmueble ajeno sin causar daño, no teniendo derecho o permiso para ello, será reprimido hasta con veinte días-multa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si su empresa tiene animales, asegúrese de que no ingresen a propiedades ajenas para evitar sanciones y conflictos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 447 del CP?

Este articulo establece sanciones para quienes introduzcan animales en propiedades ajenas sin permiso, con penas de multa. La ley busca proteger los derechos de los propietarios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 447 de la CP?

Si su empresa tiene animales, asegúrese de que no ingresen a propiedades ajenas para evitar sanciones y conflictos legales.

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