Suprimir o extraviar correspondencia ajena se sanciona con servicio comunitario. Se protege el derecho a la comunicacion.
Supresión o extravío indebido de correspondencia El que, indebidamente, suprime o extravía de su destino una correspondencia epistolar o telegráfica, aunque no la haya violado, será reprimido con prestación de servicio comunitario de veinte a cincuentidós jornadas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este delito puede afectar la confianza en los servicios de mensajeria y generar conflictos entre las partes involucradas.
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