Los rebeldes que se someten a la autoridad antes de ser intimados pueden quedar exentos de pena, salvo los promotores. Esto busca incentivar la rendicion pacifica.
Exención de la pena y responsabilidad de promotores Los rebeldes, sediciosos o amotinados que se someten a la autoridad legítima o se disuelven antes de que ésta les haga intimaciones, o lo hacen a consecuencia de ellas, sin haber causado otro mal que la perturbación momentánea del orden, están exentos de pena. Se exceptúan a los promotores o directores, quienes serán reprimidos con pena privativa de libertad no mayor de la mitad del máximo de la señalada para el delito que se trataba de perpetrar.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si te encuentras en una situacion de rebelion, someterte a la autoridad puede ser una salida para evitar penas severas, pero ten en cuenta que los lideres no tienen esta opcion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo