CP

Artículo 110. Infanticidio

El infanticidio se castiga con penas de uno a cuatro años para madres que matan a sus hijos durante el parto. Este artículo reconoce el estado emocional de la madre en circunstancias críticas.

infanticidiomadrepenapartodelito

Texto Legal

Infanticidio La madre que mata a su hijo durante el parto o bajo la influencia del estado puerperal, será reprimida con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años, o con prestación de servicio comunitario de cincuentidós a ciento cuatro jornadas. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo ofrece una pena más leve para las madres en situaciones extremas, lo que puede ser relevante en la defensa de casos de infanticidio. Es crucial presentar evidencia del estado emocional de la madre.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 110 del CP?

El infanticidio se castiga con penas de uno a cuatro años para madres que matan a sus hijos durante el parto. Este artículo reconoce el estado emocional de la madre en circunstancias críticas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 110 de la CP?

Este artículo ofrece una pena más leve para las madres en situaciones extremas, lo que puede ser relevante en la defensa de casos de infanticidio. Es crucial presentar evidencia del estado emocional de la madre.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 110 del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 110 CP desde tu celular