CP

Artículo 176. Tocamientos sin consentimiento

Este artículo tipifica los tocamientos y actos libidinosos sin consentimiento, estableciendo penas que varían según la gravedad de la conducta. Se busca proteger la integridad de las personas.

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Texto Legal

A.- Tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de menores El que sin propósito de tener acceso carnal regulado en el artículo 170, realiza sobre un menor de catorce años u obliga a este a efectuar sobre sí mismo, sobre el agente o tercero, tocamientos indebidos en sus partes íntimas, actos de connotación sexual en cualquier parte de su cuerpo o actos libidinosos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de nueve ni mayor de quince años. Artículo incorporado por la Ley 26293 , publicada el 14 de febrero de 1994 (link: lpd.pe/k7mYZ ); y modificado por los siguientes dispositivos: 1. Ley 27459 , publicada el 26 de mayo de 2001 (link: bit.ly/45bNpi5) . 2. Ley 28251 , publicada el 8 de junio de 2004 (link: lpd.pe/px7Q8 ). 3. Ley 28704 , publicada el 5 de abril de 2006 (link: bit.ly/3Yi9oBZ ). 4. Ley 30838 , publicada el 4 de agosto de 2018 (link: bit.ly/3rTMhBE ). Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La ley protege a las personas de conductas sexuales no consentidas. Las penas reflejan la seriedad del delito, y los infractores pueden enfrentar consecuencias legales severas, lo que subraya la importancia del consentimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 176 del CP?

Este artículo tipifica los tocamientos y actos libidinosos sin consentimiento, estableciendo penas que varían según la gravedad de la conducta. Se busca proteger la integridad de las personas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 176 de la CP?

La ley protege a las personas de conductas sexuales no consentidas. Las penas reflejan la seriedad del delito, y los infractores pueden enfrentar consecuencias legales severas, lo que subraya la importancia del consentimiento.

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