Este artículo establece penas para quienes violen las inmunidades de un Jefe de Estado o agente diplomático. La protección de estas figuras es crucial para mantener relaciones internacionales estables.
Violación de inmunidad de Jefe de Estado o de Agente Diplomático El que viola las inmunidades del Jefe de un Estado o de algún agente diplomático, o ultraja en la persona de éstos a un Estado extranjero, o arrebata o degrada los emblemas de la soberanía de una Nación amiga en acto de menosprecio, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Incumplir este artículo puede llevar a sanciones penales y afectar las relaciones diplomáticas del país, lo que podría tener repercusiones en el comercio y la cooperación internacional.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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