CP

Artículo 368. Resistencia a la autoridad

Sanciona la desobediencia a ordenes de funcionarios publicos, con penas que varian segun la gravedad del acto. Este articulo busca mantener el orden y respeto a la autoridad.

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Texto Legal

B.- Ingreso indebido de materiales o componentes con fines de elaboración de equipos de comunicación en centros de detención o reclusión El que indebidamente ingresa, intenta ingresar o permite el ingreso a un centro de detención o reclusión, materiales o componentes que puedan utilizarse en la elaboración de antenas, receptores u otros equipos que posibiliten o faciliten la comunicación telefónica celular o fija, radial, vía internet u otra análoga del interno, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años. Si el agente se vale de un menor de edad o de su condición de autoridad, abogado defensor, servidor o funcionario público para cometer o permitir que se cometa el hecho punible descrito, la pena privativa será no menor de tres ni mayor de seis años e inhabilitación, conforme al artículo 36, incisos 1 y 2, del presente Código. Artículo incorporado por la Ley 29867 , publicada el 22 de mayo de 2012 (link: bit.ly/3qfIrCe ).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Desobedecer a una autoridad puede resultar en penas severas, lo que puede afectar la vida cotidiana y generar un clima de desconfianza hacia las instituciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 368 del CP?

Sanciona la desobediencia a ordenes de funcionarios publicos, con penas que varian segun la gravedad del acto. Este articulo busca mantener el orden y respeto a la autoridad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 368 de la CP?

Desobedecer a una autoridad puede resultar en penas severas, lo que puede afectar la vida cotidiana y generar un clima de desconfianza hacia las instituciones.

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