CP

Artículo 291. Ejercicio malicioso de la medicina

Este articulo sanciona a quienes, siendo médicos, prometen curaciones infalibles, con penas de hasta dos años o servicio comunitario.

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Texto Legal

Ejercicio malicioso y desleal de la medicina El que, teniendo título, anuncia o promete la curación de enfermedades a término fijo o por medios secretos o infalibles, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con prestación de servicio comunitario de veinte a cincuentidós jornadas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los médicos deben ser transparentes y realistas en sus promesas a los pacientes, ya que cualquier incumplimiento puede resultar en sanciones y afectar su reputación profesional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 291 del CP?

Este articulo sanciona a quienes, siendo médicos, prometen curaciones infalibles, con penas de hasta dos años o servicio comunitario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 291 de la CP?

Los médicos deben ser transparentes y realistas en sus promesas a los pacientes, ya que cualquier incumplimiento puede resultar en sanciones y afectar su reputación profesional.

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