CP

Artículo 199. Contabilidad paralela

Mantener contabilidad paralela para obtener ventajas indebidas es un delito que puede llevar a penas de dos a cinco años. Este articulo busca asegurar la transparencia financiera.

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Texto Legal

Contabilidad paralela El que, con la finalidad de obtener ventaja indebida, mantiene contabilidad paralela distinta a la exigida por la ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa. Artículo modificado por la Ley 31501 , publicada el 29 de junio de 2022 (link: bit.ly/45cxP64 ). Ver jurisprudencia aquí . CAPÍTULO VII: EXTORSIÓN

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si llevas la contabilidad de una empresa, debes seguir las normas legales. La contabilidad paralela puede resultar en penas severas y afectar tu negocio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 199 del CP?

Mantener contabilidad paralela para obtener ventajas indebidas es un delito que puede llevar a penas de dos a cinco años. Este articulo busca asegurar la transparencia financiera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 199 de la CP?

Si llevas la contabilidad de una empresa, debes seguir las normas legales. La contabilidad paralela puede resultar en penas severas y afectar tu negocio.

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