Este articulo penaliza la captación de recursos del público sin autorización. Las penas pueden llegar hasta seis años de prisión.
Instituciones financieras ilegales El que, por cuenta propia o ajena, se dedica directa o indirectamente a la captación habitual de recursos del público, bajo la forma de depósito, mutuo o cualquier modalidad, sin contar con permiso de la autoridad competente, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa. Si para dichos fines el agente hace uso de los medios de comunicación social, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si planeas captar fondos del público, asegúrate de tener los permisos necesarios. Operar sin autorización puede resultar en penas de prisión y multas significativas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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