CP

Artículo 430. Supresión de documentos

Se castiga la supresión, destrucción u ocultamiento de documentos que puedan causar perjuicio a otros. Las penas son similares a las de falsificación de documentos.

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Texto Legal

Supresión, destrucción u ocultamiento de documentos El que suprime, destruye u oculta un documento, en todo o en parte de modo que pueda resultar perjuicio para otro, será reprimido con la pena señalada en los artículos 427 y 428, según sea el caso. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La destrucción o ocultamiento de documentos puede generar problemas legales graves, incluyendo la pérdida de evidencia en disputas comerciales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 430 del CP?

Se castiga la supresión, destrucción u ocultamiento de documentos que puedan causar perjuicio a otros. Las penas son similares a las de falsificación de documentos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 430 de la CP?

La destrucción o ocultamiento de documentos puede generar problemas legales graves, incluyendo la pérdida de evidencia en disputas comerciales.

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