Este articulo sanciona la subvaluacion de mercaderias adquiridas con tipo de cambio preferencial, imponiendo penas severas por la venta a precios superiores. La regulación es estricta en este aspecto.
B. – [Intermediación transaccional fraudulenta] El que por cuenta propia o ajena realiza o desempeña actividades propias de los agentes de intermediación, sin contar con la autorización para ello, efectuando transacciones o induciendo a la compra o venta de valores, por medio de cualquier acto, práctica o mecanismo engañoso o fraudulento y siempre que los valores involucrados en tales actuaciones tengan en conjunto un valor de mercado superior a cuatro (4) UIT, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno (1) ni mayor de cinco (5) años. Artículo incorporado por la Ley 27649 , publicada el 23 de enero de 2002 (link: bit.ly/3OFoiz0 ).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si su empresa importa mercaderias con tipo de cambio preferencial, debe asegurarse de cumplir con los precios autorizados, ya que la subvaluacion puede resultar en penas de hasta cuatro años de prision.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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