CP

Artículo 97. Proteccion de la reparacion civil

Los actos que disminuyan el patrimonio del condenado son nulos en cuanto afecten la reparacion civil. Esto protege los derechos de los agraviados.

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Texto Legal

Protección de la reparación civil Los actos practicados o las obligaciones adquiridas con posterioridad al hecho punible son nulos en cuanto disminuyan el patrimonio del condenado y lo hagan insuficiente para la reparación, sin perjuicio de los actos jurídicos celebrados de buena fe por terceros. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cualquier intento de ocultar o disminuir activos puede resultar en sanciones adicionales y complicar la situacion financiera del condenado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 97 del CP?

Los actos que disminuyan el patrimonio del condenado son nulos en cuanto afecten la reparacion civil. Esto protege los derechos de los agraviados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 97 de la CP?

Cualquier intento de ocultar o disminuir activos puede resultar en sanciones adicionales y complicar la situacion financiera del condenado.

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