El interno que se evade del regimen semi-abierto enfrenta una pena de dos a cuatro años de privacion de libertad. Este articulo establece las consecuencias legales para quienes no retornan al establecimiento penitenciario.
B.- Evasión del régimen semi-abierto El interno sentenciado que, habiendo accedido al régimen semi-abierto, se evade o no retorna injustificadamente al establecimiento penitenciario, es reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años. Artículo incorporado por el DL 1736 , publicado el 12 de febrero de 2026 (link: lpd.pe/zZ78r )
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si un interno no regresa al penal, puede enfrentar una pena adicional que complica su situación legal y prolonga su tiempo de encarcelamiento.
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