Los funcionarios que cometen delitos en este capítulo enfrentan penas de inhabilitación de uno a tres años. Esto se suma a las penas privativas de libertad.
Inhabilitación Cuando algunos de los delitos previstos en este Capítulo sea cometido por un funcionario o servidor público o notario, con abuso de sus funciones, se le impondrá, además, la pena de inhabilitación de uno a tres años conforme al artículo 36, incisos 1 y 2.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los funcionarios públicos deben ser especialmente cuidadosos, ya que cualquier delito puede resultar en la pérdida de su capacidad para ejercer funciones públicas, afectando su carrera y reputación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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