CP

Artículo 154. Violación de la intimidad

Este articulo penaliza la violación de la intimidad personal o familiar, estableciendo penas específicas. Es fundamental para la protección de la privacidad.

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Texto Legal

B.- Difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual El que, sin autorización, difunde, revela, publica, cede o comercializa imágenes, materiales audiovisuales, audios con contenido sexual reales, incluidos aquellos que hayan sido elaborados o modificados por medios digitales o tecnológicos, de cualquier persona, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años y con treinta a ciento veinte días-multa. La pena privativa de libertad será no menor de tres ni mayor de seis años y de ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: 1. Cuando la víctima mantenga o haya mantenido una relación de pareja con el agente, son o han sido convivientes o cónyuges. 2. Cuando para materializar el hecho utilice redes sociales o cualquier otro medio que genere una difusión masiva. La pena privativa de libertad será no menor de seis ni mayor de diez años y con veinte a trescientos sesenta y cinco días-multa, cuando la víctima tenga menos de 18 años de edad. La pena privativa de libertad será no menor de diez ni mayor de quince años y con cincuenta a trescientos sesenta y cinco días-multa, cuando la víctima tenga menos de 14 años de edad. Artículo incorporado por el DL 1410 , publicado el 12 de setiembre de 2018 (link: bit.ly/43TkzSw ). Luego, este artículo fue modificado por el DL 1625 , publicado el 8 de agosto de 2024 (link: lpd.pe/266BG ).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las empresas deben proteger la información personal de sus empleados y clientes, ya que la violación de la intimidad puede resultar en sanciones legales y daños a la reputación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 154 del CP?

Este articulo penaliza la violación de la intimidad personal o familiar, estableciendo penas específicas. Es fundamental para la protección de la privacidad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 154 de la CP?

Las empresas deben proteger la información personal de sus empleados y clientes, ya que la violación de la intimidad puede resultar en sanciones legales y daños a la reputación.

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