CP

Artículo 413. Evasión mediante violencia

Este articulo castiga a quienes se evaden de la prisión usando violencia o amenazas con penas de hasta tres años. Se protege la seguridad en los centros de detención.

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Texto Legal

Evasión mediante violencia o amenaza El que, estando legalmente privado de su libertad, se evade por medio de violencia o amenaza, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Evadirse de la prisión puede resultar en penas adicionales, lo que puede complicar la situación legal del evadido.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 413 del CP?

Este articulo castiga a quienes se evaden de la prisión usando violencia o amenazas con penas de hasta tres años. Se protege la seguridad en los centros de detención.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 413 de la CP?

Evadirse de la prisión puede resultar en penas adicionales, lo que puede complicar la situación legal del evadido.

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