CP

Artículo 7. Retroactividad benigna

Si una nueva ley despenaliza un hecho, la pena impuesta se extingue automáticamente. Esto garantiza que los reos no sean castigados por conductas que ya no son consideradas delitos.

retroactividaddespenalizacionderechos humanos

Texto Legal

Retroactividad benigna Si, según la nueva ley, el hecho sancionado en una norma anterior deja de ser punible, la pena impuesta y sus efectos se extinguen de pleno derecho. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo ofrece una salida a quienes han sido condenados por delitos que ya no son punibles, lo que puede liberar a personas y reducir la carga en el sistema penitenciario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7 del CP?

Si una nueva ley despenaliza un hecho, la pena impuesta se extingue automáticamente. Esto garantiza que los reos no sean castigados por conductas que ya no son consideradas delitos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7 de la CP?

Este articulo ofrece una salida a quienes han sido condenados por delitos que ya no son punibles, lo que puede liberar a personas y reducir la carga en el sistema penitenciario.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 7 del CP?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 7 CP desde tu celular