CP

Artículo 158. Ejercicio de la accion penal

Los delitos de este capitulo son perseguibles por accion privada, salvo excepciones. Esto implica que la victima debe iniciar el proceso penal.

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Texto Legal

Ejercicio de la acción penal Los delitos previstos en este Capítulo son perseguibles por acción privada, salvo en el caso del delito previsto en los artículos 154-A, 154-B y 155. Artículo modificado por los siguientes dispositivos: 1. Ley 30171 , publicada el 10 de marzo de 2014 (link: bit.ly/3OHEPCz ). 2. DL 1237 , publicado el 26 de setiembre de 2015 (link: bit.ly/3Qo6bPb ). 3. DL 1625 , publicado el 8 de agosto de 2024 (link: lpd.pe/266BG ). CAPÍTULO III: VIOLACIÓN DE DOMICILIO

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer la naturaleza de la persecucion penal permite a las victimas tomar decisiones informadas sobre si proceder legalmente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 158 del CP?

Los delitos de este capitulo son perseguibles por accion privada, salvo excepciones. Esto implica que la victima debe iniciar el proceso penal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 158 de la CP?

Conocer la naturaleza de la persecucion penal permite a las victimas tomar decisiones informadas sobre si proceder legalmente.

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