Las posturas se formularán por escrito, salvo que los Consejos de la Judicatura establezcan otros mecanismos para ello expresando, la misma parte postora o su representante con facultades para ello, lo siguiente: I. El nombre, capacidad legal y domicilio de la parte postora; II.
Las posturas se formularán por escrito, salvo que los Consejos de la Judicatura
establezcan otros mecanismos para ello expresando, la misma parte postora o su representante con
facultades para ello, lo siguiente:
En caso de que una postura no cumpla con los anteriores requisitos, la autoridad jurisdiccional le
requerirá al postor que satisfaga los omitidos, que deberán ser subsanados dentro del día siguiente, y en
caso de que ese día se celebre la subasta, deberá realizarse antes de su inicio, caso contrario, se tendrá
por no hecha la postura.
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