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Artículo 1111. La autoridad jurisdiccional ejecutora que reciba exhorto...

La autoridad jurisdiccional ejecutora que reciba exhorto con las inserciones necesarias, conforme a derecho para la ejecución de una sentencia u otra resolución judicial, cumplirá con lo que disponga la autoridad jurisdiccional requirente, siempre que lo que haya de ejecutarse no fuere contrario...

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Texto Legal

La autoridad jurisdiccional ejecutora que reciba exhorto con las inserciones necesarias,
conforme a derecho para la ejecución de una sentencia u otra resolución judicial, cumplirá con lo que
disponga la autoridad jurisdiccional requirente, siempre que lo que haya de ejecutarse no fuere contrario
a las Leyes de cada Entidad Federativa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1111 del CNPCF?

La autoridad jurisdiccional ejecutora que reciba exhorto con las inserciones necesarias, conforme a derecho para la ejecución de una sentencia u otra resolución judicial, cumplirá con lo que disponga la autoridad jurisdiccional requirente, siempre que lo que haya de ejecutarse no fuere contrario...

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