CNPCF

Artículo 1118. Son reglas especiales de competencia tratándose de sucesiones en el ámbito

Son reglas especiales de competencia tratándose de sucesiones en el ámbito internacional, las siguientes: I. Es competente para conocer de una sucesión, incluida su liquidación y tutela testamentaria, la autoridad jurisdiccional de la última residencia del causante de la misma al momento de su...

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Texto Legal

Son reglas especiales de competencia tratándose de sucesiones en el ámbito
internacional, las siguientes:

I.Es competente para conocer de una sucesión, incluida su liquidación y tutela testamentaria,

la autoridad jurisdiccional de la última residencia del causante de la misma al momento de su
fallecimiento, ausencia o desaparición. Si no hubiera tenido domicilio o se desconociera, lo
será la del lugar de la ubicación de los bienes inmuebles, en su defecto, la del lugar del
fallecimiento, y

II.Si la persona hubiese tenido domicilio en el territorio nacional y falleció en el extranjero y no

se hubiese iniciado en el extranjero la sucesión dentro de los siguientes tres meses a partir
de la fecha de su fallecimiento, será competente la autoridad jurisdiccional nacional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1118 del CNPCF?

Son reglas especiales de competencia tratándose de sucesiones en el ámbito internacional, las siguientes: I. Es competente para conocer de una sucesión, incluida su liquidación y tutela testamentaria, la autoridad jurisdiccional de la última residencia del causante de la misma al momento de su...

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